Tribunal Andino confirma competencia de la CAN en armonización tributaria
Lima, 27 nov. 2009.- El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina comunicó ayer que ha emitido una sentencia que declara sin lugar la demanda interpuesta por un ciudadano colombiano contra las Decisiones 578, 599 y 600 de la Comisión relativas a doble tributación, armonización de impuestos indirectos (IVA-IGV) y armonización de impuestos selectivos al consumo.
La demanda se fundamentó básicamente en el argumento de que las referidas normas comunitarias violan la soberanía del Estado colombiano y la supremacía de su Constitución, al haber ejercido mediante dichas Decisiones poderes que corresponden a los órganos legislativos nacionales.
En su sentencia, el Tribunal, a tiempo de reafirmar los principios de autonomía y primacía del ordenamiento jurídico comunitario, precisó que las Decisiones tributarias adoptadas por la Comisión son necesarias para lograr un proceso adecuado de armonización en cuanto a impuestos tipo valor agregado y tipo selectivo al consumo. No encontró ninguna disposición que no fuera pertinente y efectiva para alcanzar los fines de la integración subregional andina.
Consideró, finalmente, que estos regímenes tributarios con bases estructurales comunes permiten generar transparencia y fluidez similar en los mercados internos y, de esta manera, se puede mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico internacional.