Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo ya tiene reglamento

Lima, 26 set. 2005.- La Secretaría General de la Comunidad Andina aprobó el viernes último el Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decisión 584), con lo que esta norma comunitaria, dirigida a impulsar acciones de prevención de riesgos derivados del trabajo en el ámbito geográfico de la CAN, puede ahora ser aplicada plenamente.

La Comunidad Andina queda dotada, de esta manera, de una avanzada normativa en esta materia, acorde con los últimos avances obtenidos en el ámbito internacional.

El Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene por objeto promover y regular las acciones que se deben desarrollar en los centros de trabajo de los Países Miembros de la Comunidad Andina a fin de disminuir o eliminar los daños a la salud del trabajador, mediante la aplicación de medidas de control y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.

Para tal efecto, los cinco países deberán implementar o perfeccionar sus sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo, mediante acciones que propugnen políticas de prevención y de participación del Estado, de los empleadores y de los trabajadores.

El Consejo Consultivo Laboral Andino ha programado, en este marco, una serie de acciones y actividades destinadas a difundir esta norma comunitaria en cada uno de los países andinos. En Cochabamba, Bolivia, se inició hoy un seminario de divulgación y análisis de esta temática, con la participación de las autoridades de los Ministerios de Trabajo, Salud y del Medio Ambiente, así como 70 representantes de distintas zonas del país.

En Caracas, Venezuela, se realizará próximamente el “I Encuentro de Formación de Formadores”, con la participación de académicos, especialistas de la OIT e invitados internacionales vinculados con la temática de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

La aprobación del Reglamento fue resultado de varias reuniones de coordinación impulsadas por el Comité Andino de Autoridades en Seguridad y Salud en el Trabajo (CAASST), en las que se afinaron los detalles técnicos que luego recibieron el respaldo político del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina y del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, allanando el camino para su revisión y aprobación por parte de la Secretaría General de la CAN.

El Consejo Asesor de Ministros de Trabajo, a través de su sitio web: www.camtandinos.org  brinda toda la información sobre esta materia, así como los textos completos de la Decisión 584 y el Reglamento recientemente aprobado.

Descargar las fotografías en alta resolución en Flickr