En reunión de subcomisión técnica binacional, Ecuador y Perú examinan límites de pesos y dimensiones de vehículos destinados al transporte internacional por carretera

Lima, 8 set. 2009.- Los temas límites de pesos y dimensiones de los vehículos destinados al transporte internacional por carretera, así como la habilitación de aquellos que tienen mayores dimensiones a los establecidos en Reglamento técnico establecido por Decisión 491 de la Comunidad Andina, fueron analizados en la reunión de la Subcomisión Técnica creada por la III Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana-Peruana sobre Transporte Internacional por Carretera.

La reunión se realizó los días 3 y 4 de de setiembre de 2009, en las oficinas de Gobernación y Plan Binacional-Capítulo Ecuador, en la ciudad de Machala-Ecuador, antecedida el 2 de setiembre por la capacitación de los transportistas peruanos y ecuatorianos sobre los alcances del Tránsito Aduanero internacional y control aduanero del transporte internacional por carretera.

Durante la reunión se analizó el tema referido a la habilitación de vehículos con mayores dimensiones a los establecidos en la Decisión 491 (Reglamento Técnico Andino sobre Límites de Pesos y Dimensiones destinados al Transporte Internacional de Pasajeros y Mercancías por Carretera) y se elaboró el documento denominado “Recomendaciones sobre pesos y dimensiones vehiculares propuestas por la Subcomisión Técnica – III Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana – Peruana”.

En el referido documento, se recomienda dar inicio a un período de prueba para la circulación de vehículos con semirremolques que superan las dimensiones establecidas en la Decisión 491, siendo necesario que ambos Países Miembros levanten la información sobre las dimensiones de las combinaciones de tracto-semirremolques, utilizados en las operaciones de transporte internacional de mercancías por carretera Perú-Ecuador, con el fin de obtener mayores elementos de juicio para efectuar las recomendaciones finales sobre esta materia.

El levantamiento de información por parte de Perú será realizado entre el 21 de Setiembre y el 5 de Octubre de 2009; y por parte de Ecuador entre el 6 y el 20 de Octubre del presente año, con la participación de técnicos de ambos países, para posteriormente evaluar los resultados los días 5 y 6 de Noviembre de 2009.

Asimismo, se recomendó la realización de la habilitación de vehículos e inscripción de las unidades de carga que superen los pesos y dimensiones máximas establecidas en la norma andina (art. 8 Decisión 399), en cuyo caso, en los certificados de habilitación vehicular y en el certificado de registro de la unidad de carga, se deberá agregar la siguiente leyenda: “Sólo podrá ser utilizado en el transporte internacional por carretera contando con la respectiva autorización especial”. La autorización especial será otorgada conforme a la legislación vigente de Perú y Ecuador, según corresponda.

Finalmente, ambas delegaciones, después de manifestar su complacencia por el éxito del evento de capacitación sobre asuntos aduaneros, recomendaron a las aduanas repetir este evento en la ciudad de Tumbes dentro de los próximos sesenta días, invitando a los operadores de transporte internacional por carretera.Tema: Ecuador, Perú, transporte internacional por carretera