Chile vuelve a la CAN como Miembro Asociado luego de 30 años de ausencia

Ministros andinos aprueban Decisión sobre su incorporación

Lima, 8 junio 2007. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina aprobaron hoy, mediante una norma comunitaria, los alcances de la participación de Chile en los órganos, mecanismos y medidas de la Comunidad Andina, dejando expedito el camino para su participación efectiva como País Miembro Asociado.

La norma comunitaria fue aprobada en una reunión ampliada del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores con la Comisión de la CAN efectuada por videoconferencia, bajo la presidencia del Canciller de Bolivia, David Choquehuanca.

En la reunión, los representantes de los países andinos coincidieron en resaltar la importancia de la Decisión aprobada y expresar su seguridad en que contribuirá a fortalecer la unidad andina. Manifestaron también que esperan la presencia de la Presidenta de Chile en la Cumbre Presidencial Andina de Tarija, a la que ha sido invitada especialmente.

Según la Decisión, las materias de interés recíproco de los Países Miembros de la CAN y la República de Chile son el Desarrollo Humano y Social Incluyente, MIPYMEs, Fomento a la Educación, Salud, Energía, Fomento a la Cooperación para el Comercio y la Inversión, Coordinación frente al Asia- Pacífico, Intercambios para profundizar las relaciones CAN-UE, Medio Ambiente, Impulso a la Ciencia y Tecnología, Democracia y Derechos Humanos, entre otros.

Además de algunas áreas de trabajo específicas que señala la norma, en el tema de la Democracia y los Derechos Humanos los Países Miembros de la Comunidad Andina convinieron en abrir a la adhesión de Chile el Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia” y a la Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, para ello anunciaron la emisión de una nueva Decisión que regule la participación de Chile y otros países que decidan adherirse a estos instrumentos.

La Decisión señala también que las relaciones comerciales existentes entre los Países Miembros de la CAN y Chile seguirán rigiéndose por lo previsto en los Acuerdos de Complementación Económica suscritos por ambas partes en el marco del Tratado de Montevideo de 1980.

Otro alcance de la normativa andina aprobada hoy señala que la Comisión Mixta CAN-Chile, creada mediante la Decisión 645 en setiembre del 2006, seguirá reuniéndose, por lo menos, una vez al año para evaluar la aplicación de los acuerdos asumidos así como para profundizar los alcances de los mismos.

En el aspecto institucional, la República de Chile será invitada a participar con derecho a voz, en las reuniones ordinarias y extraordinarias de los tres órganos máximos del Sistema Andino de Integración -Consejo Presidencial, Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión, que integran los titulares de Comercio Exterior-, así como de otros 22 órganos, entre Consejos, Comités y Mesas de Trabajo que forman parte del aparato institucional andino, conforme se enumera en la propia Decisión.

Como se recuerda, la Comunidad otorgó a Chile la condición de País Miembro Asociado el 20 de setiembre de 2006, mediante la Decisión 645. Este país, fue fundador de la CAN en 1969 y se retiró de ella en 1976.