Aprueban actualización de Declaración Andina del Valor

Lima, 2 jun. 2009.- Mediante una resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina, se aprobó la actualización de la Declaración Andina del Valor (DAV), que establece los datos comunes que se exigirán a los importadores con fines de valoración.

Asimismo, mediante esa misma resolución, se estableció el 1 de junio de 2010 como fecha límite para la implementación en los Países Miembros de la presentación de la DAV, así como la correspondiente transmisión electrónica de datos por parte de los usuarios. La actualización de la DAV forma parte de las acciones de los países andinos y la Secretaría General dirigidas a completar la legislación comunitaria existente sobre valoración aduanera, con miras de facilitar a las administraciones aduaneras la determinación del valor en aduana y para dar un trato uniforme a todas las importaciones efectuadas al Territorio Aduanero de la Comunidad Andina.

Cabe recordar que la legislación andina sobre valoración incorpora, a través de la Decisión 571 el Acuerdo sobre Valoración de la OMC el cual constituye un estándar normativo sobre el tema de gran aceptación internacional por la mayoría de países.

Dicha Decisión fue complementada, mediante la Resolución 846, por el Reglamento Comunitario sobre la aplicación del valor en aduana de las mercancías importadas al Territorio Aduanero Comunitario, el cual contiene el detalle y los procedimientos de aplicación de la Decisión 571.

En tal sentido, la DAV se presentará como documento soporte de la Declaración Aduanera de las mercancías importadas, independientemente de que proceda o no la aplicación del primer método “Valor de Transacción de las mercancías importadas”.

La Vigésima Primera Reunión del Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, realizada en Lima, del 4 al 8 de mayo de 2009, se recomendó actualizar la reglamentación sobre la Declaración Andina del Valor, así como su formato y sus instrucciones de llenado; y, prorrogar la fecha límite para su presentación y para la transmisión electrónica de datos, en atención a que, si bien se había avanzado en la estandarización física y electrónica de la Declaración Andina del Valor en los Países Miembros, quedan aún pendientes una serie de actividades a realizarse para su implementación.