Andinos mejorarán aplicación de norma que permite circular sólo con documentos de identidad
Andinos mejorarán aplicación de norma que permite circular sólo con documentos de identidad
Lima, 10 de abril 2002. Las autoridades de Migraciones de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela acordarán medidas para mejorar la aplicación de la norma comunitaria que permite a los turistas de los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) circular dentro de la subregión sólo con sus documentos de identidad.
En el marco de la reunión del Comité Andino de Autoridades de Migraciones (CAAM), que se realizará del 11 al 12 de abril en la sede de la Secretaría General de la CAN, analizarán la aplicación de la Decisión 503, previo informe de cada uno de los países sobre las acciones desarrolladas desde el 1 de enero del 2002, fecha en la que entró en vigencia la norma.
La Decisión 503 establece que los nacionales en cualquiera de los países miembros de la CAN podrán ser admitidos e ingresar a cualquiera de los otros de la subregión, en calidad de turistas, “mediante la sola presentación de uno de los documentos nacionales de identificación”, abriendo con ello la posibilidad de ahorrar trámite y costo de obtención obligatoria del Pasaporte.
Para el caso de Venezuela, que actualmente exige visa para la admisión de ciudadanos andinos a su país, la Decisión entrará en vigencia a más tardar el 31 de diciembre de 2004.
En la reunión de dos días, las autoridades andinas de Migraciones tomarán conocimiento del estudio relativo al estado de situación y eventual homologación de documentos nacionales de identificación, que viene desarrollando el Registro Nacional de Identificación y Registro Civil (RENIEC) de Perú.
Los principales documentos nacionales de identificación se denominan Cédula de Identidad en Bolivia y Venezuela, Cédula de Ciudadanía en Colombia y Ecuador y Documento Nacional de Identidad en Perú.
La agenda preliminar de la reunión de las autoridades de Migraciones contempla también el análisis del Pasaporte Andino, cuya creación fuera aprobada, en junio del 2001, por medio de la Decisión 504,por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores .
Para ello, se presentarán las Bases de Propuesta sobre las características técnicas específicas mínimas de nomenclatura y seguridad del Pasaporte Andino y se examinará, a propuesta de Venezuela, la coexistencia del pasaporte ordinario nacional y el Pasaporte Andino.
Otros temas de la agenda en materia migratoria son los informes de avances de los trabajos tendientes a la sustitución de la Decisión 116 Instrumento Andino de Migración Laboral y armonización de la legislación en migración, entre otros.