En junio de
2003, la Undécima Reunión del Consejo Andino
de Ministros de Relaciones Exteriores de la
Comunidad Andina aprobó la
Decisión 545 “Instrumento Andino de Migración
Laboral”, a través de la cual se adecua la
normativa comunitaria al objetivo del Mercado
Común y al derecho de los trabajadores andinos
a desplazarse y establecerse libremente en el
espacio comunitario.
En la
actualidad, el Consejo Asesor de Ministros de
Trabajo con el apoyo técnico de la
Organización Internacional para las
Migraciones (OIM), viene adelantando las bases
del proyecto reglamentario de dicho
Instrumento Andino.