 |
|
|
|
|
|
El Sistema Andino de Integración (SAI) es el conjunto de órganos e instituciones de la Comunidad Andina que tiene como finalidad permitir una coordinación efectiva entre sí para profundizar la integración subregional andina, promover su proyección externa y robustecer las acciones relacionadas con el proceso de integración.
El SAI está conformado por los siguientes órganos e instituciones: Consejo Presidencial Andino; Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; Comisión de la Comunidad Andina; Secretaría General de la Comunidad Andina; Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; Parlamento Andino; Consejo Consultivo Empresarial; Consejo Consultivo Laboral; Corporación Andina de Fomento; Fondo Latinoamericano de Reservas; Convenio Simón Rodríguez, Organismo Andino de Salud - Convenio Hipólito Unanue; y Universidad Andina Simón Bolívar.
Los órganos e instituciones se rigen por el Acuerdo de Cartagena, y por sus respectivos tratados constitutivos y sus protocolos modificatorios.
|
|

|
 |
Reuniones de
Representantes |
|
Los
Representantes
de las
instituciones
que conforman el
SAI se reúnen de
manera ordinaria
al menos una vez
al año y, en
forma
extraordinaria,
cada vez que lo
solicita
cualquiera de
sus
instituciones
integrantes, en
el lugar que se
acuerde antes de
su convocatoria.
Dichas reuniones
son convocadas y
presididas por
el presidente
del Consejo
Andino de
Ministros de
Relaciones
Exteriores. La
Secretaría
General de la
Comunidad Andina
actúa como
Secretaría de la
Reunión.
Con el fin de
lograr la mejor
coordinación del
Sistema Andino
de Integración,
el Presidente
del Consejo
Andino de
Ministros de
Relaciones
Exteriores
convocará y
presidirá la
Reunión de
Representantes
de las
instituciones
que conforman el
Sistema.
|
 |
Objetivos de las
reuniones
|
| |
a)
Intercambiar información
sobre las acciones
desarrolladas por las
respectivas
instituciones para dar
cumplimiento a las
Directrices emitidas por
el Consejo Presidencial
Andino;
b)
Examinar la posibilidad
y conveniencia de
acordar, entre todas las
instituciones o entre
algunas de ellas, la
realización de acciones
coordinadas, con el
propósito de coadyuvar
al logro de los
objetivos del Sistema
Andino de Integración;
y,
c) Elevar al Consejo
Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores en
reunión ampliada,
informes sobre las
acciones desarrolladas
en cumplimiento de las
Directrices recibidas.
|
|
 |
|
|
. |
|