Los Reglamentos Técnicos son
elaborados, adoptados y
aplicados en los Países Miembros
de la Comunidad Andina por los
diversos organismos de los
gobiernos centrales,
regionales/departamentales,
locales o municipales, o por
varios de éstos, en el ámbito de
sus respectivas competencias.
Con el fin de evitar que los
Reglamentos Técnicos se
constituyan en obstáculos
innecesarios al comercio
intrasubregional, la Comisión de
la Comunidad Andina aprobó, el
25 de junio de 2003, la
Decisión 562, a
través de la cual establece
requisitos y procedimientos para
su elaboración, adopción y
aplicación.
La
Decisión 562 propicia
una estructura armonizada de los
reglamentos técnicos nacionales
que emiten cada uno de los
Países Miembros y la Comisión de
la Comunidad Andina, lo que
permite que a cualquier
interesado, conocer los
requisitos técnicos obligatorios
que deben cumplir aquellos
productos comprendidos en los
reglamentos técnicos (RT).
Asimismo, contempla un
procedimiento de notificación y
contranotificación,
posibilitando que los países
miembros conozcan o tengan la
oportunidad de observar o
comentar los proyectos de RT que
otro País Miembro pretende
emitir. Asimismo facilita el
proceso de armonización de RT
nacionales lo cual tiene un gran
impacto en el comercio
intracomunitario y con terceros
países.
Esta norma comunitaria fue
actualizada por la
Decisión 615 que crea el
Sistema de Información de
Notificación y Reglamentación
Técnica de la Comunidad Andina (SIRT),
conformado por los cinco Puntos
Focales de los Países Miembros y
el comunitario en la Secretaría
General de la Comunidad Andina.
Estas seis antenas de
información interconectadas
permiten que el SIRT opere como
un Sistema de "ALERTA
EXPORTADOR" con lo cual un
agente comercial podrá conocer
los requisitos técnicos
obligatorios del producto que
intenta introducir en un país
andino determinado y en un
futuro próximo de cualquier país
signatario de la Organización
Mundial del Comercio.