Ministros andinos
aprueban Decisión sobre su incorporación
Chile
vuelve a la CAN como Miembro Asociado
luego de 30 años de ausencia
Lima, 8 junio 2007.
El Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores y la Comisión de
la Comunidad Andina aprobaron hoy,
mediante una norma comunitaria, los
alcances de la participación de Chile en
los órganos, mecanismos y medidas de la
Comunidad Andina, dejando expedito el
camino para su participación efectiva
como País Miembro Asociado.
La norma comunitaria
fue aprobada en una reunión ampliada del
Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores con la Comisión de
la CAN efectuada por videoconferencia,
bajo la presidencia del Canciller de
Bolivia, David Choquehuanca.
En la reunión, los
representantes de los países andinos
coincidieron en resaltar la importancia
de la Decisión aprobada y expresar su
seguridad en que contribuirá a
fortalecer la unidad andina.
Manifestaron también que esperan la
presencia de la Presidenta de Chile en
la Cumbre Presidencial Andina de Tarija,
a la que ha sido invitada especialmente.
Según la Decisión,
las materias de interés recíproco de los
Países Miembros de la CAN y la República
de Chile son el Desarrollo Humano y
Social Incluyente, MIPYMEs, Fomento a la
Educación, Salud, Energía, Fomento a la
Cooperación para el Comercio y la
Inversión, Coordinación frente al Asia-
Pacífico, Intercambios para profundizar
las relaciones CAN-UE, Medio Ambiente,
Impulso a la Ciencia y Tecnología,
Democracia y Derechos Humanos, entre
otros.
Además de algunas
áreas de trabajo específicas que señala
la norma, en el tema de la Democracia y
los Derechos Humanos los Países Miembros
de la Comunidad Andina convinieron en
abrir a la adhesión de Chile el
Protocolo Adicional al Acuerdo de
Cartagena "Compromiso de la Comunidad
Andina por la Democracia" y a la Carta
Andina de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos, para ello anunciaron
la emisión de una nueva Decisión que
regule la participación de Chile y otros
países que decidan adherirse a estos
instrumentos.
La Decisión señala
también que las relaciones comerciales
existentes entre los Países Miembros de
la CAN y Chile seguirán rigiéndose por
lo previsto en los Acuerdos de
Complementación Económica suscritos por
ambas partes en el marco del Tratado de
Montevideo de 1980.
Otro alcance de la
normativa andina aprobada hoy señala que
la Comisión Mixta CAN-Chile, creada
mediante la Decisión 645 en setiembre
del 2006, seguirá reuniéndose, por lo
menos, una vez al año para evaluar la
aplicación de los acuerdos asumidos así
como para profundizar los alcances de
los mismos.
En el aspecto
institucional, la República de Chile
será invitada a participar con derecho a
voz, en las reuniones ordinarias y
extraordinarias de los tres órganos
máximos del Sistema Andino de
Integración -Consejo Presidencial,
Consejo de Ministros de Relaciones
Exteriores y la Comisión, que integran
los titulares de Comercio Exterior-, así
como de otros 22 órganos, entre
Consejos, Comités y Mesas de Trabajo que
forman parte del aparato institucional
andino, conforme se enumera en la propia
Decisión.
Como se recuerda, la
Comunidad otorgó a Chile la condición de
País Miembro Asociado el 20 de setiembre
de 2006, mediante la Decisión 645. Este
país, fue fundador de la CAN en 1969 y
se retiró de ella en 1976.