Cusco 7 dic. 2004. El
Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores aprobó anoche la
solicitud de Chile de participar como
Observador en la Comunidad Andina, según
informó el Secretario General de la CAN,
Allan Wagner.
La solicitud del
gobierno de Chile fue dirigida, mediante
una comunicación, al Ministerio de
Relaciones Exteriores del Perú que tiene
a su cargo la Secretaría Pro Témpore del
Consejo Andino de Cancilleres.
Wagner recordó que
Chile fue originalmente miembro de la
Comunidad Andina, denominada
anteriormente Pacto Andino o Acuerdo de
Cartagena, y se apartó de ella en 1976.
"Ahora, en un contexto en que los países
y los grupos de integración comenzamos a
articularnos, Chile ha pedido
incorporarse como Observador, en camino
a una asociación con la CAN", subrayó.
Chile no es el único
país que ostenta el status de
Observador. En la VIII reunión del
Consejo Presidencial Andino, celebrada
en Trujillo en 1996, se acogió la
solicitud de Panamá de integrarse como
tal.
Asimismo, en la
reunión extraordinaria del Consejo
Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores, celebrada en Nueva York el
21 de septiembre de 2004, se acordó
extender una invitación a México en
calidad de Observador, en desarrollo de
la Directriz del Consejo Presidencial
Andino, reunido en Quito el 12 de julio
de 2004.
Otros países han
participado, en calidad de Invitados
Especiales, en reuniones del Consejo
Presidencial Andino. Paraguay participó
en la reunión de Sucre, Bolivia, de 1997
y Brasil en la reunión de Quirama,
Colombia, de 2003
Cabe señalar que, a
pesar de no ser miembro de la CAN, Chile
continúa participando en algunas
instituciones del Sistema Andino de
Integración (SAI) y en determinadas
normas del ordenamiento jurídico andino.
Participa en el
Organismo Andino de Salud - Convenio
Hipólito Unanue, que forma parte del
Sistema Andino de Integración. Asimismo,
es país accionista -categoría C- de la
Corporación Andina de Fomento,
institución financiera del SAI.
La posibilidad de
invitar a gobiernos de terceros países
como observadores está prevista tanto en
el reglamento del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores como
de la Comisión de la CAN. Aunque no hay
una norma escrita en el caso del Consejo
Presidencial Andino, sí es una práctica
consuetudinaria reconocida durante
varios años que confirma la viabilidad
de participación de gobiernos de
terceros países con el status de
Observador.