Ministros de
Comercio de la CAN examinarán el 20 de
marzo
modalidades de protección de datos de
pruebas
Lima, 22 feb. 2006.-
Los Cancilleres y Ministros de Comercio
de la Comunidad Andina (CAN) acordaron
darse un plazo adicional para tomar una
decisión respecto a las modalidades de
protección de los datos de prueba para
la comercialización de productos
farmacéuticos y químicos agrícolas, en
desarrollo del artículo 266 de la
Decisión 486 sobre Propiedad Industrial.
En la reunión del
Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores ampliada con la
Comisión (Ministros de Comercio),
celebrada este lunes en la sede de la
Secretaría General de la CAN, los
ministros convinieron que la Decisión
que corresponde adoptar sobre el
mencionado artículo sea examinada el
próximo 20 de marzo, en Lima, por los
titulares de Comercio Exterior, por
tratarse de una competencia de la
Comisión.
Los "datos de prueba"
son la información derivada de los
ensayos, pruebas y experimentos que
realizan las empresas para verificar la
seguridad y eficacia de los productos
farmacéuticos y químicos agrícolas,
información cuya protección en la
comercialización de estos productos se
encuentra regulada por el mencionado
artículo 266 de la Decisión 486 del año
2000.