Ministros de Comercio de la CAN examinarán el 20 de marzo
modalidades de protección de datos de pruebas

Lima, 22 feb. 2006.- Los Cancilleres y Ministros de Comercio de la Comunidad Andina (CAN) acordaron darse un plazo adicional para tomar una decisión respecto a las modalidades de protección de los datos de prueba para la comercialización de productos farmacéuticos y químicos agrícolas, en desarrollo del artículo 266 de la Decisión 486 sobre Propiedad Industrial.

En la reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores ampliada con la Comisión (Ministros de Comercio), celebrada este lunes en la sede de la Secretaría General de la CAN, los ministros convinieron que la Decisión que corresponde adoptar sobre el mencionado artículo sea examinada el próximo 20 de marzo, en Lima, por los titulares de Comercio Exterior, por tratarse de una competencia de la Comisión.

Los "datos de prueba" son la información derivada de los ensayos, pruebas y experimentos que realizan las empresas para verificar la seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos y químicos agrícolas, información cuya protección en la comercialización de estos productos se encuentra regulada por el mencionado artículo 266 de la Decisión 486 del año 2000.