Seminario "Las Políticas Exteriores
Comunes de la Comunidad Andina y de la
Unión Europea"
Intervención del Vice-Ministro de
Relaciones Exteriores del Perú,
Embajador Jorge Valdez
Lima, 18 de octubre de 1999
Dadas las
responsabilidades que el Perú ha asumido
con la Presidencia y Secretaría Pro-Témpore
del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores y con miras a
poner en aplicación una agenda de
prioridades para que la CAN actúe
conjuntamente en el escenario
internacional, resulta particularmente
significativo participar en este
ejercicio de reflexión sobre las
Políticas Exteriores Comunes de la
Comunidad Andina y de la Unión Europea.
Para esos efectos, la
experiencia europea resulta
indudablemente enriquecedora, sobre todo
cuando comprobamos que, a diferencia de
Europa, los países andinos se han
comprometido jurídicamente con las bases
de una política exterior y políticamente
con su aplicación progresiva, pero sin
contar para ello con un mercado común en
funcionamiento ni con las lecciones que
se derivan de ejercitar una cooperación
política reforzada durante un prolongado
período.
Como conocemos, el
Grupo Andino enfrentó su más grave
crisis en la década de los ochenta,
debido al incumplimiento generalizado de
los compromisos comunitarios, lo cual a
su vez no era ajeno a la crisis de la
deuda externa e, internamente, a
políticas públicas que ignoraban cuando
no contradecían abiertamente la
naturaleza y tendencias del mercado.
Vista desde una
perspectiva distinta podemos incluso
someter a verificación la hipótesis
según la cual la crisis andina fue
esencialmente política y que el Pacto
Andino confrontó una falta de liderazgo,
una débil cooperación política y un
fuerte déficit de direccionalidad
estratégica. Esta situación motivo que
los Mandatarios andinos asumieran el
gran reto de relanzar el proyecto andino
y de imprimirle -un nuevo impulso y
tomar directamente la dirección política
de] proceso mediante la creación de]
Consejo Presidencial Andino en mayo de
1990.
Este proceso de
relanzamiento de la integración andina
tiene tres momentos claves que
corresponden a las grandes decisiones
que vienen adoptándose para
profundizarla y consolidarla: Primero,
el Diseño Estratégico para la
Orientación del Grupo Andino, adoptado
en la Cumbre Presidencial de Galápagos
hace diez años, y que presenta una
visión renovada y moderna de la
integración andina, compatible con las
nuevas fuerzas que aparecían ya en esa
fecha y que hoy forman parte de realidad
cotidiana. Me refiero al papel principal
del sector privado, la apertura
económica y transnacionalización de las
economías y empresas.
Este diseño
estratégico, que incluye un. Plan de
Acción, planteaba dos grandes objetivos
para la acción. Primero, la
consolidación del espacio económico
andino, para cuyo efecto se detenía
básicamente en la creación de la Unión
Aduanera, que en último análisis viene a
ser el objeto explícito máximo del
Acuerdo de, Cartagena; y, segundo,
mejorar la articulación externa del
Grupo Andino, tanto respecto a su
inserción económica como a su acción
externa.
También se suscribe
la Declaración "Compromiso Andino de
Paz, Seguridad y Cooperación" que, entre
otros, planteaba ya el compromiso a
establecer medidas de fomento de la
confianza, coordinación de las políticas
en la lucha contra el terrorismo y el
narcotráfico y la celebración de
reuniones al nivel de Altos Mandos
Militares.
Estimo que estos
elementos constituyen semillas
importantes de la posterior política
exterior común andina, puesto que se
plantea como objetivo la "acción
conjunta frente a terceros países y en
los foros y negociaciones muItilaterales",
la cual, se reconocía ya, debía ser cada
vez más generalizada. De este modo se
afirma la necesidad de estructurar la
cooperación política fuera de las
fronteras del espacio andino, así como
del principio de gradualidad de dicha
política.
Igualmente
importante, se reconoce que el
mejoramiento del poder de negociación
conjunta frente a terceros está
estrechamente vinculado al
fortalecimiento del espacio económico
subregional, lo cual no podría ser de
otro modo, pues para ser creíble y
perdurable una acción externa conjunta
debe apoyarse en una realidad concreta,
y que mejor muestra de ello que una
integración económica efectiva.
Debe quedar claro,
sin embargo, que estos planteamientos no
significan que con anterioridad a
Galápagos el entonces Pacto Andino no
tuviera mecanismos ni adoptara acciones
en el ámbito externo. Por el contrario,
ya en 1979 se había creado el Consejo
Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores con el fin de
"institucionalizar la proyección externa
conjunta" y que tuvo una muy destacada
actuación en la búsqueda de soluciones a
conflictos regionales.
Pero con todo, el
Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores tuvo una actuación
esporádica y correspondía su naturaleza
a una instancia de consulta y
cooperación política, más que a un
órgano supranacional comunitario cuyas
decisiones fueran jurídicamente
vinculantes; aspectos todos ellos que sí
se presentan hoy el citado Consejo
Andino.
Seis años después del
Plan Estratégico de Galápagos, se aprobó
el rediseño Institucional del Pacto
Andino en la Cumbre Presidencial de
Trujillo de 1996, marcando con ello el
segundo gran hito político de la
presente década. En efecto, en esta
oportunidad, se aprobó el Protocolo
Modificatorio del Acuerdo de Cartagena
de Trujillo que crea la Comunidad Andina
de Naciones (CAN), en reemplazo del
Grupo Andino, como organización
supranacional y como proceso de
integración.
Este nuevo diseño
está orientado a cubrir el déficit de
liderazgo político y de direccionalidad
estratégica referido anteriormente. En
efecto, el nuevo Protocolo incorpora
jurídicamente en la estructura
institucional de la Comunidad Andina al
Consejo Presidencial Andino como órgano
máximo de la CAN, responsable de definir
la política de integración subregional
andina, así como al Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores como
órgano legislativo, cuyas decisiones son
jurídicamente vinculantes.
De este modo, con el
Protocolo de Trujillo que entró en
vigencia hace poco más de dos años, los
Ministros de Relaciones Exteriores de la
Comunidad Andina asumen la dirección y
coordinación política del proceso y
acumulan varias funciones que exigen
nuevas modalidades de articulación
institucional al interior de la
Comunidad Andina y una mayor cooperación
y consulta política entre sus miembros.
Estas responsabilidades están referidas,
entre otras, a la formulación de la
política exterior comunitaria; la
formulación, ejecución y evaluación de
la política general del proceso; la
coordinación de la posición conjunta de
los países miembros en foros y
negociaciones internacionales; y, la
suscripción de convenios y acuerdos con
terceros países sobre temas globales de
política exterior y cooperación.
El Protocolo de
Trujillo también crea el Sistema Andino
de Integración, definido como el sistema
que "... tiene como finalidad permitir
una coordinación efectiva de los órganos
e instituciones que lo conforman, para
profundizar en la integración
subregional andina, promover su
proyección externa y consolidar y
robustecer las acciones relacionadas con
el proceso de integración". Asimismo,
establece el orden de prelación de
fuentes por las que se rigen los órganos
e instituciones del sistema andino de
Integración, a saber, el Acuerdo de
Cartagena, sus respectivos tratados
constitutivos y sus Protocolos
Modificatorios.
Como he señalado,
estas modificaciones orgánicas y de
competencias procuran dotar de los
soportes institucionales apropiados para
que los Países Miembros puedan
profundizar el proceso de integración
andino y ampliarlo hacia esferas que
habían quedado formalmente fuera del
proyecto original, como son, además del
político, el dominio cultural, el
dominio social y el dominio de las
relaciones externas.
Es bajo esta nueva
perspectiva, que se dispone de los
fundamentos jurídicos y de las
instancias políticas necesarias para el
ejercicio de una política exterior
comunitaria, busca articular la acción
externa conjunta de los países miembro
de un modo más orgánico que el mas marco
restringido de la cooperación política.
Ello se concreta con la Decisión 458 que
aprueba los "Lineamientos de la Política
Exterior Común", la cual será materia de
un detenido análisis de este Seminario.
Solamente deseo puntualizar que dicha'
política fija los criterios y principios
que deberán regir la política exterior
andina y los mecanismos y las,
modalidades de acción.
Un tercer momento
cúspide de la Comunidad Andina
corresponde a mi modo de ver más a una
decisión y a una voluntad política, que
a una realidad actual. Me estoy
refiriendo al hecho que durante la XI
Cumbre Presidencial Andina, celebrada en
Cartagena de Indias, en mayo de 1999, es
decir hace unos 5 meses, los Presidentes
andinos acordaron el establecimiento del
Mercado Común a más tardar el año 2005.
Para ello dispusieron
que el Consejo de Ministros de
Relaciones Exteriores elabore y presente
a la próxima Cumbre Presidencial, que se
celebrará en Lima, en febrero dpal 2000,
un nuevo Proyecto Modificatorio del
Acuerdo de Cartagena orientado a obligar
jurídicamente a los Países andinos al
cumplimiento de los compromisos y
cronogramas para la libre circulación de
bienes, servicios, capitales y personas
en la subregión.
Mi impresión es que
la evolución de[ proceso de integración
andino tal como lo he descrito permite
resolver algunos de los elementos
básicos para ejercitar una política
exterior común. En primer lugar,
establece una base institucional
apropiada para definir, ejecutar y
supervisar una política exterior común;
segundo, aprueba el marco normativo que
obliga niveles de cooperación mayores
entre los países miembros; y, tercero,
vincula los avances en el ámbito externo
con la profundización de la cooperación
política y con la construcción del
mercado común.
En este orden de
ideas, la definición de una Política
Exterior Común viene a constituir un
pilar fundamental de la nueva etapa de
la integración andina, que se sustenta
en el compromiso de preservar y
profundizar los principios y acuerdos
del proceso andino y que en último
análisis corresponde a una convicción de
construir una unidad política y
económica andina.
Ahora bien, tal como
lo señaláramos en las discusiones
iniciales de la PEC, ella debe descansar
en algunos entendimientos sustantivos:
Primero, debe
adoptarse un enfoque gradual que permita
ir construyendo los elementos necesarios
de confianza, credibilidad y
conocimiento respecto al ejercicio de un
nuevo instrumento que tiene grandes
posibilidades, pero también sus riesgos.
Segundo, si bien la
PEC debe ser integral, su ejecución debe
comenzar a partir de un grupo de temas
de "baja intensidad" y no aspirar a
abordar asuntos problemáticos para sus
países miembros.
Tercero, la PEC, debe
tener una estricta correspondencia con
las políticas nacionales y con la
confianza mutua, y no puede aspirarse
aún a incorporar enfoques
supranacionales.
Cuarto, en la etapa
actual, la PEC debe servir a los países
andinos para aumentar el peso de
negociación de los participantes y su
presencia en el escenario internacional,
Quinto, la PEC debe
ser ejecutada por consenso.
Sexto, que la
cooperación política y la construcción
de un mercado común son condiciones
básicas para que la PEC evolucione a
formas superiores de acción.
En síntesis, los
países andinos nos hemos comprometido a
emprender una integración que comporta
nuevos cauces, fundados en un
diagnóstico que plantea el
fortalecimiento del regionalismo como
forma más eficiente de confrontar la
globalización y de insertarse
positivamente en la nueva economía
política mundial. En esta empresa no
contamos sino con el "acervo" para
evolucionar de formas comunes de
cooperación y consulta política hacia
una cooperación reforzada o hacia una
política exterior común sobre la base de
una agenda de "alta intensidad".
Por ello, resulta muy
importante este Seminario el cual espero
nos ayude a identificar con precesión
los elementos y también dificultades que
ha enfrentado la Unión Europea en la
definición y aplicación de una política
exterior común. Con estas palabras, doy
por inaugurado este evento.
Muchas gracias,