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El
transporte andino
Por
Guillermo Gómez Téllez
La República de Colombia
Bogotá, 2 de junio de 2004
En el área andina existen todos los
elementos necesarios para que haya un
eficiente transporte internacional de
carga por carretera.
Se tienen más de cinco mil kilómetros de
red vial, en relativo buen estado. Se
cuenta con un parque automotor bien
mantenido. Hay empresas organizadas que
operan el transporte internacional de
carga. Rige un marco jurídico zonal
razonable, producto de la experiencia,
como es la Decisión 399. Y finalmente
fluye dentro de los países andinos un
comercio que en 2003 superó los seis mil
millones de dólares.
Pero paradójicamente, no obstante los
anteriores elementos básicos, no existe
un transporte andino de carga por
carretera fluido que consulte las
necesidades de los actores de la
integración: generadores de carga,
transportistas, y consumidores. ¿Por qué
esta situación?
Son varios los factores que la explican.
El primero, la falta de uniformidad en
los controles y procedimientos en los
pasos de frontera; debido a las
distintas conformaciones técnico
gubernamentales en cada uno de los
países andinos, los requisitos para
pasar las fronteras son dispersos,
complicados, y no uniformes; las aduanas
de frontera, que debieran ser de paso,
actúan como aduanas de destino. El
segundo factor que no permite la
existencia de un transporte
internacional de carga por carretera
eficiente es la disparidad de las
estructuras administrativas
gubernamentales que controlan el
transporte terrestre de carga; por
ejemplo, en Colombia existe un
Ministerio de Transporte que como
entidad del más alto nivel estatal
enfoca y dirige las políticas de
transporte terrestre de carga con miras
generales de alcance multinacional; en
cambio, otros países no cuentan con esa
estructura gubernamental, como es el
caso del Ecuador, donde El Consejo
Nacional de Tránsito, entidad
secundaria, en el que tienen asiento y
poder de decisión los transportistas,
cumple las funciones que en Colombia
desarrolla el Ministerio de Transporte;
obviamente los propósitos y resultados
son distintos. Y el tercer factor que
atenta contra la normalidad del
transporte terrestre de carga en el área
andina es la debilidad de las políticas
de desarrollo en las zonas de frontera,
que siguen mirándose como simples líneas
divisorias, sin concepto de región. Allí
hay un problema social sin solución. En
tales condiciones los habitantes de
frontera, a quienes no ha llegado el
beneficio de la integración comercial y
económica, fincan en el transporte
internacional de carga una oportunidad
de beneficio, con sentido de
pertenencia.
Por eso la distorsión operativa de la
Decisión 399 que, a pesar de prever las
tres modalidades usuales en el
transporte internacional de carga por
carretera -directo, con cambio de la
unidad de tracción, y transbordo- sin
prelación de ninguna, en la práctica se
reduce a una: al transbordo obligatorio,
con todas las consecuencias nocivas que
apareja, como inseguridad de las cargas,
deterioros, mayores costos, y riesgo de
pérdidas.
Por supuesto, no puede olvidarse que la
operación normal del transporte
internacional de carga por carretera
pende, decisivamente, de la voluntad de
los gobiernos por cumplir y hacer
cumplir la normatividad andina y los
fallos del Tribunal Andino de Justicia.
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