E-comercio andino
Por Manuel José Cardenas
Portafolio
Bogotá, 27 de junio de 2000

No queda duda que el propósito para conformar un mercado común en la Comunidad Andina en el año 2005 esta estrechamente vinculado al correcto funcionamiento del mercado interior y, especialmente, a la libre circulación de servicios de la sociedad de la información entre los Países Miembros. Estos servicios deben prestarse a cambio de remuneración, a distancia, por vía electrónica, y a petición individual de un destinatario de servicios. Este plazo hasta el año 2005 coincide precisamente con el plazo que ha estimado el Gatner Group que se necesitará para la plena consolidación del Internet en general, y del comercio electrónico en particular, como red de redes, con rendimiento garantizado y un perfeccionamiento de los contratos de estos servicios.

La Secretaría General de la Comunidad Andina realizó durante el mes de mayo en su página web un debate virtual sobre el comercio electrónico con el fin de establecer el potencial del desarrollo empresarial del mismo, los obstáculos existentes y las medidas gubernamentales que con carácter prioritario deberían tomarse. Las respuestas fueron interesantes porque permitieron precisar que hasta ahora se están desperdiciando esas oportunidades, apenas el 2% de la población andina tiene Internet, falta una cultura sobre su uso, las políticas gubernamentales no son adecuadas, los costos de conexión a Internet son elevados, la infraestructura tecnológica es inadecuada y existe inseguridad jurídica. Quizás Colombia es el país que más ha avanzado para superar estas limitaciones pero de todas maneras de los 1085 empresarios consultados por Portafolio en la reciente encuesta sobre el "Clima de los Negocios" al ser preguntados sobre la importancia que le otorgan al Internet como herramienta de comercial el 36% la consideró muy importante, el 33.2 por ciento como importante, el 21 por ciento como poco importante y el 6.7 por ciento nada importante.

Del examen anterior queda claro que la Comunidad Andina debe iniciar un proceso para ir eliminando gradualmente los obstáculos políticos, técnicos y jurídicos que se oponen al mercado interior de servicios de la sociedad de la información y por eso es de celebrar que el acuerdo a que se llegó en la reunión del XII Consejo Presidencial Andino, que se realizó entre el 9 y 10 de junio pasado, al establecer, como uno de los temas del programa de acción 2000-2001, la aprobación de una normativa sobre comercio electrónico.

Para superar los problemas originados en la ausencia y diversidad de legislaciones existentes en esta materia debe avanzarse en el establecimiento de un marco jurídico claro, sencillo, gradual y compatible con las normas vigentes a escala internacional, que tenga especialmente en cuenta los siguientes aspectos:

-Libre circulación de servicios y productos de la sociedad de la información en los Países Miembros.

-Principio de la "equivalencia funcional" en virtud del cual los contratos celebrados por vía electrónica tendrán efectos jurídicos como si se hubieran celebrado sobre el papel.

-Reglas especiales sobre la firma electrónica.

-Normas generales sobre la venta a distancia y especialmente sobre el momento y lugar de la celebración de los contratos. La regla general para el correcto funcionamiento del mercado interior debería ser que la oferta comercial en línea deba ajustarse a la ley de origen.

-Libertad de establecimiento del prestador de servicios, acceso de los destinatarios y de las autoridades competentes a determinadas informaciones mínimas.

-Responsabilidad legal de los prestadores de servicios.

-Aplicación de los impuestos indirectos al comercio electrónico

-Protección a los derechos del consumidor.

Mientras en la Unión Europea se ha aprobado una reglamentación comunitaria sobre los estos y otros aspectos de la sociedad de la información en Estados Unidos se ha puesto más énfasis en al autorregulación, situación que se explica porque en la primera esa armonización es necesaria para el correcto funcionamiento del mercado interior de los países que lo conforman, situación que no se requiere en el segundo por tratarse de un solo país. De todas maneras en la Comunidad Andina podría buscarse también la participación del sector privado para elaborar determinados códigos de ética para la protección de datos en Internet que complementen la normativa comunitaria que se establezca.