Los incumplimientos en la Comunidad Andina

Por Jorge Castro Bernieri
Asesor legal de la Secretaría General de la Comunidad Andina. 
jcastro@comunidadandina.org

El Secretario General de la Comunidad Andina, Sebastián Alegrett, convocó recientemente a una reunión de juristas de la región para analizar el funcionamiento de la institucionalidad comunitaria y el grado en que nuestros países cumplen con los compromisos que asumen en el marco del proceso de integración.

Al aproximarse el quinto aniversario de la nueva institucionalidad andina, la ocasión es propicia para hacer un balance de su funcionamiento. En los últimos años, los países de la CAN hemos mantenido un alto crecimiento de nuestro comercio intracomunitario, inclusive en medio de la incertidumbre y la recesión de la economía internacional. A su vez, los intercambios entre las cinco naciones se concentran en productos de alto valor agregado y gran capacidad de generación de empleo.

Como consecuencia del aumento de nuestros intercambios, se ha generado la necesidad de un marco jurídico detallado que desarrolle temas tales como reglamentos técnicos, requisitos sanitarios en el comercio, reglas de origen y normas sobre competencia. En poco menos de cinco años, la Secretaría General ha emitido sobre todos estos temas más de 630 Resoluciones. Su antecesor, la Junta del Acuerdo de Cartagena, produjo 500 Resoluciones en más de 26 años.

El aumento en el intercambio intracomunitario ha generado lógicos conflictos en la interpretación y aplicación de normas. La Secretaría General recibe al año cientos de consultas y denuncias acerca de posibles incumplimientos o diferencias de interpretación. La mayoría de estos casos se resuelve con la intervención de la Secretaría General. En algunos casos, hace falta un pronunciamiento formal sobre el incumplimiento de las normas. Durante los cinco años, la Secretaría General ha emitido más de 260 pronunciamientos en estas materias.

En algunos casos, los incumplimientos persisten a pesar de la intervención de la Secretaría General, por lo que ésta se ve obligada a dirigirse al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina para solicitar su pronunciamiento. La Secretaría General ha presentado unas 57 demandas de este tipo. Entre las sentencias emitidas por el Tribunal Andino, unas 18 están en trámite de ser cumplidas por los países señalados. No se trata de un número excesivamente alto, considerando que se trata de sentencias relativamente recientes (la mayoría no tiene más de dos años). Para tener una idea, en Europa hay más de 100 sentencias del Tribunal de Justicia que están aún en trámite de cumplimiento.

De la reunión convocada por el Secretario General surgieron conclusiones que vale la pena resaltar. Los juristas nacionales invitados destacaron que el cumplimiento pleno y oportuno de los compromisos que los países asumen en el marco del proceso de integración, y especialmente de las sentencias emitidas por el Tribunal Andino, constituyen elementos esenciales para alcanzar los objetivos del proceso de integración.

Los juristas destacaron la necesidad de establecer mecanismos regulares de financiamiento que garanticen el funcionamiento eficiente y la autonomía de los órganos comunitarios andinos, especialmente del Tribunal de Justicia. La limitación de recursos ha influido entre otras cosas en el escaso nivel de difusión que tiene en la actualidad la normativa comunitaria a nivel de jueces nacionales, abogados y empresas privadas. En tal sentido, los juristas destacaron la importancia que tienen los jueces nacionales para garantizar la tutela judicial efectiva del Derecho comunitario.

Estas conclusiones de los juristas ayudarán a la Secretaría General a elaborar propuestas para fortalecer la institucionalidad andina que es, sin duda, uno de los grandes activos de nuestro proceso de integración.