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El Programa de Liberación andino garantiza el libre comercio, es
decir la eliminación de gravámenes o restricciones de todo
orden, para aquellos bienes calificados como originarios de un
País Miembro. El origen de una mercancía elaborada en un País
Miembro se evalúa en función a las disposiciones vigentes en el
marco comunitario.
La Comunidad Andina cuenta con
normas propias para la calificación del origen de las
mercancías, adoptadas por medio de la
Decisión 416 de julio de 1997. En ella se establecen los
criterios que deben cumplir las mercancías para ser consideradas
como originarias de un País Miembro y, luego de ello,
beneficiarse de las ventajas que le otorga el mercado ampliado.
Existe la posibilidad de fijar
Requisitos Específicos de Origen cuando las Normas Especiales
para la Calificación y Certificación del Origen de las
Mercancías (Decisión
416) no resultan adecuadas para determinada producción. Para
ello se cuenta con la
Decisión 417, que establece los respectivos criterios y
procedimientos.
Las normas de origen son
fundamentales para asegurar que los beneficios del mercado
ampliado alcancen sólo a los productos de los países
comprometidos en un proceso de integración. A través de ellas,
se establecen las condiciones mínimas que debe cumplir una
mercancía para ser considerada originaria.
Las Entidades y Funcionarios
habilitados en los Países Miembros para emitir certificados de
origen son notificados a la Secretaría General, esta información
se actualiza en el “Sistema Andino de Firmas Autorizadas para la
calificación y certificación del origen” – SAFA.
Actividades en
marcha
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La Secretaría General
actualizó los Requisitos Específicos de Origen en la
nomenclatura vigente, ejercicio que ha sido puesto a
consideración de los expertos de los Países Miembros.
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Se han adelantado asimismo
acciones con miras al perfeccionamiento de la normativa
andina sobre origen.
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La Secretaría General tiene
también como labor permanente en materia de origen, la
administración y actualización del Sistema Andino de Firmas
Autorizadas de los funcionarios de los Países Miembros que
pueden emitir certificados de origen para las exportaciones
a los demás países andinos.
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Se viene trabajando en la
facilitación de la certificación de origen, con el objeto de
mejorar los trámites de exportación en el área andina.
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