NORMAS DE ORIGEN



El Programa de Liberación andino garantiza el libre comercio, es decir la eliminación de gravámenes o restricciones de todo orden, para aquellos bienes calificados como originarios de un País Miembro. El origen de una mercancía elaborada en un País Miembro se evalúa en función a las disposiciones vigentes en el marco comunitario.

La Comunidad Andina cuenta con normas propias para la calificación del origen de las mercancías, adoptadas por medio de la Decisión 416 de julio de 1997. En ella se establecen los criterios que deben cumplir las mercancías para ser consideradas como originarias de un País Miembro y, luego de ello, beneficiarse de las ventajas que le otorga el mercado ampliado.

Existe la posibilidad de fijar Requisitos Específicos de Origen cuando las Normas Especiales para la Calificación y Certificación del Origen de las Mercancías (Decisión 416) no resultan adecuadas para determinada producción. Para ello se cuenta con la Decisión 417, que establece los respectivos criterios y procedimientos.

Las normas de origen son fundamentales para asegurar que los beneficios del mercado ampliado alcancen sólo a los productos de los países comprometidos en un proceso de integración. A través de ellas, se establecen las condiciones mínimas que debe cumplir una mercancía para ser considerada originaria.

Las Entidades y Funcionarios habilitados en los Países Miembros para emitir certificados de origen son notificados a la Secretaría General, esta información se actualiza en el “Sistema Andino de Firmas Autorizadas para la calificación y certificación del origen” – SAFA.

Actividades en marcha

  • La Secretaría General actualizó los Requisitos Específicos de Origen en la nomenclatura vigente, ejercicio que ha sido puesto a consideración de los expertos de los Países Miembros.

     

  • Se han adelantado asimismo acciones con miras al perfeccionamiento de la normativa andina sobre origen.

     

  • La Secretaría General tiene también como labor permanente en materia de origen, la administración y actualización del Sistema Andino de Firmas Autorizadas de los funcionarios de los Países Miembros que pueden emitir certificados de origen para las exportaciones a los demás países andinos.

     

  • Se viene trabajando en la facilitación de la certificación de origen, con el objeto de mejorar los trámites de exportación en el área andina.
     

 
 
 
   
Autoridades y firmas autorizadas para expedir Certificados de Origen
 
 
Bolivia
Colombia
Ecuador
Perú
Venezuela
 
Autoridades Gubernamentales Competentes
   
Preguntas más frecuentes
   
Requisitos específicos de origen vigentes en la Comunidad Andina
   
Formulario para el registro de firmas autorizadas para expedir certificados de origen
   
   
 
Normas de Origen de las Mercancías
Edición: Diciembre 2007