RESOLUCION
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Por la cual
se deniega la autorización para
mantener la declaración de
emergencia fitosanitaria en el
territorio nacional de Colombia
para prevenir la entrada y
establecimiento de la plaga
denominada Cochinilla Rosada del
Hibisco Maconellicoccus
hirsutus (Green)
LA SECRETARIA GENERAL DE LA
COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Capítulo V que
regula el Programa de Liberación
y el Artículo 100 del Acuerdo de
Cartagena; la Decisión 515 de la
Comisión que aprueba el Sistema
Andino de Sanidad Agropecuaria; y,
CONSIDERANDO: Que el 26 de
julio de 2002, el Instituto
Colombiano Agropecuario
(ICA), notificó a la Secretaría
General la Resolución de
Emergencia Nº 01682 de 15 de
julio de 2002, por la cual se
mantiene la declaración de
emergencia fitosanitaria en el
territorio nacional de Colombia
para prevenir la entrada y establecimiento
de la plaga denominada Cochinilla
Rosada del Hibisco Maconellicoccus hirsutus (Green);
Que, de acuerdo con el
procedimiento establecido en el
artículo 32 de la Decisión 515,
las normas de emergencia deben ser
notificadas a la Secretaría
General por el Servicio Oficial de
Sanidad Agropecuaria que la
aplica, dentro de los tres (3) días
hábiles siguientes a la fecha de
su publicación oficial;
Que la citada Resolución
fue notificada a la Secretaría
General fuera del mencionado plazo
de tres (3) días hábiles;
Que, mediante comunicación
SG/F/4.5.1/1387-2002 de 14 de
agosto de 2002, la Secretaría
General puso en conocimiento de
este hecho al ICA sin haber
obtenido respuesta hasta la fecha,
ya habiendo vencido el plazo para
hacerlo;
Que, de conformidad con lo
establecido en el artículo 17 del
Reglamento de Procedimientos
Administrativos de la
Secretaría General,
se informa que contra la presente
Resolución cabe recurso de
reconsideración, dentro de los
cuarenta y cinco (45) días
siguientes a su publicación en la
Gaceta Oficial del Acuerdo de
Cartagena, así como acción de
nulidad ante el Tribunal de
Justicia de la Comunidad Andina,
dentro de los dos (2) años
siguientes a la fecha de su
entrada en vigencia;
RESUELVE:
Artículo Único.-
Denegar la autorización para la
aplicación de la medida de
emergencia adoptada por el
Instituto Colombiano Agropecuario
mediante la Resolución Nº 01682
del 15 de julio de 2002.
Dada en la ciudad de Lima,
Perú, a los veintisiete días del
mes de setiembre del año dos mil
dos.
GUILLERMO
FERNANDEZ DE SOTO
Secretario
General