RESOLUCION 370
Dictamen 15-2000 de Cumplimiento Parcial por parte del Gobierno de Perú respecto de obligaciones derivadas de la Resolución 431 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, que establece los requisitos fitosanitarios aplicables al comercio de productos agrícolas
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Artículo 30, literal a) del Acuerdo de Cartagena, los artículos 4 y 24 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Resolución 431 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y la Resolución 205 de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo de 1999, la Secretaría General de la Comunidad Andina emitió la Resolución 205, publicada en la Gaceta Oficial 420 del 23 de marzo de 1999, que contiene el Dictamen de Incumplimiento 06-99 por parte del Gobierno de Perú; al haber expedido el Decreto Supremo Nē 019-98-AG, publicado con fecha 26 de octubre de 1998 en el Diario Oficial "El Peruano". Mediante dicho Decreto, el Gobierno de Perú suspendió el otorgamiento de los Requisitos Fitosanitarios para la importación de plantas y productos cítricos de los países afectados por las enferme-dades conocidas como Mancha Negra Guignardia citricarpa Kiely, Elsinoe australis y Xanthomonas axonopodis pv. citri de los cítricos, mencionando en sus considerandos que Bolivia y Ecuador se encontraban afectados por las plagas antes señaladas. Por lo anterior, esta Secretaría General señaló que el Gobierno de Perú no aplicaba las disposiciones contenidas en la Resolución 431 de la Junta en lo referente al comercio intrasubregional de cítricos, con lo cual incurría en incumplimiento de normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, en especial del artículo 4 del Tratado de Creación del Tribunal y de la propia Resolución 431;
Que, con fecha 26 de agosto de 1999, mediante fax Nē 525-99 MITINCI/VMINCI/ DNINCI, el Gobierno del Perú comunicó a la Secretaría General la expedición del Decreto Supremo Nē 029-99-AG, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 14 de agosto de 1999, mediante el cual había sido derogado el Decreto Supremo Nē 019-98-AG del 26 de octubre de 1998;
Que, al haberse derogado el Decreto Supremo Nē 019-98-AG del 26 de octubre de 1998, el Gobierno del Perú ha subsanado parcialmente el incumplimiento dictaminado mediante la Resolución 205 de la Secretaría General;
Que, no obstante, el incumplimiento persiste parcialmente al haberse establecido en el artículo 3ē del Decreto Supremo 029-99-AG, la facultad del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria del Perú -SENASA- para adoptar "nuevos requisitos fitosanitarios específicos complementarios para otras plagas cuarentenarias no contempladas" en dicho Decreto;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 30, literal a) del Acuerdo de Cartagena, corresponde a la Secretaría General velar por la aplicación del Acuerdo y por el cumplimiento de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Decisión 425, se señala que contra la presente resolución cabe el recurso de reconsideración dentro de los 45 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial;
RESUELVE:
Artículo 1.- Dictaminar que el Gobierno de Perú ha subsanado parcialmente el in-cumplimiento determinado por la Secretaría General de la Comunidad Andina mediante el Dictamen 06-99 emitido a través de la Resolución 205 del 22 de marzo de 1999, al haber derogado el Decreto Supremo Nē 019-98-AG, continuando la situación de incum-plimiento al facultarse al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria -SENASA- a adoptar nuevos requisitos fitosanitarios específicos complementarios para otras plagas cuarentenarias no contempladas en el Decreto Supremo No. 029-99-AG.
Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de marzo del año dos mil.
SEBASTIAN ALEGRETT
Secretario General