RESOLUCION 824
Modificación de la Resolución 790 de la Secretaría General
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTAS: Las Decisiones 371 y 579 de la Comisión de la Comunidad
Andina y la Resolución 790 de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO: Que la Decisión 579 trasladó las subpartidas 0207.11.00
“Carne de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados” y 0207.12.00
“Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelados” productos vinculados de la
Franja del Maíz Amarillo a la Franja de los Trozos de Pollo;
Que la Resolución 790 estableció los Precios Piso y Techo y
Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios para el período abril
2004 – marzo 2005;
Que, como parte de dicho traslado, es necesario actualizar el
ámbito de las Franjas del Maíz Amarillo y de los Trozos de Pollo;
RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Resolución 790 de la Secretaría
General, trasladando las subpartidas 0207.11.00 “Carne de gallo o gallina, sin
trocear, frescos o refrigerados” y 0207.12.00 “Carne de gallo o gallina, sin
trocear, congelados” del literal (A) de la Tabla 9 del Anexo II “TABLA ADUANERA
DEL MAIZ AMARILLO Y PRODUCTOS VINCU-LADOS”, página 22.36, al literal (A) de la
Tabla 13 del Anexo II “TABLA ADUANERA DE LOS TROZOS DE POLLO Y PRODUCTOS
VINCULADOS”, páginas 26.36 al 30.36.
Artículo 2.- Modificar en el APENDICE del Anexo II de la
Resolución 790 de la Secretaría General, página 31.36, en la columna FRANJA en
las subpartidas 0207.11.00 y 0207.12.00 Maíz Amarillo por Trozos de Pollo y en
la columna TABLA el 9 por el 13.
Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 17 de la
Decisión 425 de la Comisión, comuníquese a los Países Miembros la presente
Resolución.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los cinco días del mes de mayo
del año dos mil cuatro.
ALLAN WAGNER TIZON
Secretario General