RESOLUCION 824
Modificación de la Resolución 790 de la Secretaría General

 

       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

 

       VISTAS: Las Decisiones 371 y 579 de la Comisión de la Comunidad Andina y la Resolución 790 de la Secretaría General; y,

 

       CONSIDERANDO: Que la Decisión 579 trasladó las subpartidas 0207.11.00 “Carne de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados” y 0207.12.00 “Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelados” productos vinculados de la Franja del Maíz Amarillo a la Franja de los Trozos de Pollo;

 

       Que la Resolución 790 estableció los Precios Piso y Techo y Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios para el período abril 2004 – marzo 2005;

 

       Que, como parte de dicho traslado, es necesario actualizar el ámbito de las Franjas del Maíz Amarillo y de los Trozos de Pollo;

 

RESUELVE:

 

       Artículo 1.- Modificar la Resolución 790 de la Secretaría General, trasladando las subpartidas 0207.11.00 “Carne de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados” y 0207.12.00 “Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelados” del literal (A) de la Tabla 9 del Anexo II “TABLA ADUANERA DEL MAIZ AMARILLO Y PRODUCTOS VINCU-LADOS”, página 22.36, al literal (A) de la Tabla 13 del Anexo II “TABLA ADUANERA DE LOS TROZOS DE POLLO Y PRODUCTOS VINCULADOS”, páginas 26.36 al 30.36.

 

       Artículo 2.- Modificar en el APENDICE del Anexo II de la Resolución 790 de la Secretaría General, página 31.36, en la columna FRANJA en las subpartidas 0207.11.00 y 0207.12.00 Maíz Amarillo por Trozos de Pollo y en la columna TABLA el 9 por el 13.

 

       Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 17 de la Decisión 425 de la Comisión, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución.

 

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro.

 

 

 

ALLAN WAGNER TIZON

Secretario General