RESOLUCION 794
Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2004

 

       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

 

       VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,

 

       CONSIDERANDO: Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Adminis-trativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;

 

RESUELVE:

 

       Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.

 

       Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos, ni los feriados establecidos por la legislación peruana que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

 

       Artículo 3.- Durante el período de vacaciones colectivas se suspenderá el cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos.

 

       Artículo 4.- Los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas del año dos mil cuatro, se darán a conocer oportunamente.

 

       Artículo 5.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

 

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cuatro.

 

 

 

ALLAN WAGNER TIZON

Secretario General

 

 

 

 

 

ANEXO

 

 

Jueves, 8 de abril de 2004

 

Viernes, 9 de abril de 2004

 

Martes, 29 de junio de 2004

 

Miércoles, 28 de julio de 2004

 

Jueves, 29 de julio de 2004

 

Lunes, 30 de agosto de 2004

 

Viernes, 8 de octubre de 2004

 

Lunes, 1 de noviembre de 2004

 

Miércoles, 8 de diciembre de 2004