RESOLUCION 794
Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2004
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTO:
El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Adminis-trativos dispone
que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días
hábiles de la Secretaría General;
RESUELVE:
Artículo
1.- A efectos del cómputo de los
plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.
Artículo
2.- No se considerarán días hábiles
los sábados, domingos, ni los feriados establecidos por la legislación peruana
que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo
3.- Durante el período de vacaciones
colectivas se suspenderá el cómputo de los plazos de los procedimientos
administrativos.
Artículo
4.- Los demás días inhábiles que
decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas del año dos
mil cuatro, se darán a conocer oportunamente.
Artículo
5.- Comuníquese a los Países
Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su
fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada
en la ciudad de Lima, Perú, a los veintisiete días del mes de enero del año dos
mil cuatro.
ALLAN WAGNER
TIZON
Secretario General
ANEXO
Jueves,
8 de abril de 2004
Viernes,
9 de abril de 2004
Martes,
29 de junio de 2004
Miércoles,
28 de julio de 2004
Jueves,
29 de julio de 2004
Lunes,
30 de agosto de 2004
Viernes,
8 de octubre de 2004
Lunes,
1 de noviembre de 2004
Miércoles,
8 de diciembre de 2004