RESOLUCION 491
Precios de Referencia del
Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de
julio de 1997,
correspondientes a la Circular N° 56 del 2 de julio de 1997
LA JUNTA DEL ACUERDO DE
CARTAGENA,
VISTOS: El Tratado de
Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de
Cartagena y la Decisión 371 de la Comisión
sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios;
CONSIDERANDO: Que, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 22
de la Decisión 371, y para efectos de la
aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en
la Resolución 444, modificada con las
Resoluciones 462, 466 y 489, la Junta debe
comunicar quincenalmente a los Países Miembros
los Precios de Referencia del Sistema Andino de
Franjas de Precios;
Que es necesario facilitar a
las autoridades aduaneras nacionales la
aplicación oportuna de los Precios de
Referencia, evitando la necesidad de someter
dichos precios a ratificación mediante
disposiciones internas y publicación en diarios
oficiales;
Que, en virtud del Artículo
1 del Tratado de Creación del Tribunal de
Justicia del Acuerdo de Cartagena, las
Resoluciones de la Junta hacen parte del
ordenamiento jurídico andino;
Que de acuerdo al Artículo 5
del Tratado, los Países Miembros están
obligados a adoptar las medidas que sean
necesarias para asegurar el cumplimiento de las
normas que conforman el ordenamiento jurídico
del Acuerdo de Cartagena, y se comprometen,
asimismo, a no adoptar ni emplear medida alguna
que sea contraria a dichas normas o que de algún
modo dificulte su aplicación;
RESUELVE:
Artículo 1.- Los
Precios de Referencia del Sistema Andino de
Franjas de Precios correspondientes a la segunda