RESOLUCION 344
Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2000
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTA: La Decisión 425, que contiene el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Decisión 425 dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;
RESUELVE:
Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.
Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos, y los feriados establecidos por la legislación peruana que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 3.- Los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas, se darán a conocer oportunamente.
Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de febrero del año dos mil.
SEBASTIAN ALEGRETT RUIZ
Secretario General
ANEXO
Jueves 20 de abril de 2000
Viernes 21 de abril de 2000
Lunes 1 de mayo de 2000
Jueves 29 de junio de 2000
Viernes 28 de julio de 2000
Miércoles 30 de agosto de 2000
Miércoles 1 de noviembre de 2000
Viernes 8 de diciembre de 2000
Lunes 25 de diciembre de 2000