RESOLUCION 344
Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2000

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTA: La Decisión 425, que contiene el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Decisión 425 dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;

RESUELVE:

Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.

Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos, y los feriados establecidos por la legislación peruana que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 3.- Los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas, se darán a conocer oportunamente.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de febrero del año dos mil.

 

 

 

SEBASTIAN ALEGRETT RUIZ

Secretario General

 

 

ANEXO

Jueves 20 de abril de 2000

Viernes 21 de abril de 2000

Lunes 1 de mayo de 2000

Jueves 29 de junio de 2000

Viernes 28 de julio de 2000

Miércoles 30 de agosto de 2000

Miércoles 1 de noviembre de 2000

Viernes 8 de diciembre de 2000

Lunes 25 de diciembre de 2000