RESOLUCION 189
Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 1999

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTA: La Decisión 425, que contiene el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Decisión 425 dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;

RESUELVE:

Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.

Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos, y los feriados establecidos por la legislación peruana, los cuales se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 3.- Los días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas, se darán a conocer oportunamente.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los once días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

SEBASTIAN ALEGRETT RUIZ

Secretario General

ANEXO

DIAS INHABILES PARA EL AÑO 1999

Jueves 1 de abril

Viernes 2 de abril

Viernes 30 de abril

Lunes 28 de junio

Martes 29 de junio

Miércoles 28 de julio

Jueves 29 de julio

Viernes 30 de julio

Viernes 27 de agosto

Lunes 30 de agosto

Viernes 8 de octubre

Lunes 1 de noviembre

Martes 2 de noviembre

Miércoles 8 de diciembre

Lunes 27 de diciembre