RESOLUCION 144
Revocatoria de la Resolución 136 del 7 de octubre de 1998, que contiene el Dictamen 36-98 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela respecto de obligaciones derivadas de la Decisión 391 sobre Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: La Quinta y Sexta Disposiciones Transitorias de la Decisión 391 de la Comisión, que contiene el Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, y los Artículos 5 y 23 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena; y,
CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de junio de 1997, la Junta del Acuerdo de Cartagena, mediante comunicación J/AJ/ F 281-97, solicitó al Gobierno de Venezuela que designe y acredite ante la Junta a su Autoridad Nacional Competente en materia de Acceso a Recursos Genéticos, asimismo a sus representantes ante el Comité Andino sobre Recursos Genéticos;
Que, con fecha 24 de julio de 1997, la Junta del Acuerdo de Cartagena envió al Gobierno de Venezuela la Nota de Observaciones J/AJ/F 369-97, a los efectos de lo previsto en el Artículo 23 del Tratado que crea el Tribunal de Justicia, concediéndole un plazo de 20 días calendario, contados a partir de su recepción, para que informara sobre la situación en que se encontraba el trámite de cumplimiento de la Quinta y Sexta Disposiciones Transitorias de la Decisión 391;
Que, con fecha 12 de agosto de 1997, mediante comunicación SG/AJ/F/418-97, la Secretaría General de la Comunidad Andina reiteró al Gobierno de Venezuela su solicitud de información sobre el cumplimiento de la Quinta y Sexta Disposiciones Transitorias de la Decisión 391;
Que, con fecha 10 de marzo de 1998, la Secretaría General envió al Gobierno de Venezuela la comunicación SG/AJ/F 200-98 ratificando el contenido de la Nota de Observaciones J/AJ/F 369-97 de fecha 24 de julio de 1997, solicitando acreditar ante esta Secretaría General tanto a su autoridad nacional competente en materia de Acceso a Recursos Genéticos, así como a sus representantes ante el Comité Andino sobre Recursos Genéticos;
Que, con fecha 20 de abril de 1998, el Gobierno de Venezuela informó a la Secretaría General que se estarían efectuando las consultas al organismo nacional competente y que pronto se daría a conocer el resultado de las mismas;
Que, con fecha 7 de octubre de 1998, la Secretaría General de la Comunidad Andina emitió la Resolución 136 que contiene el Dictamen 36-98 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela de la Decisión 391 al no acreditar ante la Secretaría General a su Autoridad Nacional Competente en materia de Acceso a Recursos Genéticos, asimismo a sus representantes ante el Comité Andino sobre Recursos Genéticos;
Que, con fecha 18 de agosto de 1998, el Gobierno de Venezuela envió a la Secretaría General la comunicación mediante la cual designa al Director de Vegetación del MARNR y al Presidente del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES) como sus representantes ante el Comité Andino sobre Recursos Genéticos;
Que, de acuerdo con lo anterior, procede la revocatoria de la Resolución 136 que contiene el Dictamen de Incumplimiento 36-98, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Decisión 425;
RESUELVE:
Artículo 1.- Revocar la Resolución 136 de la Secretaría General que contiene el Dictamen 36-98 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela, por haber acreditado a su Autoridad Nacional Competente en materia de Acceso a los Recursos Genéticos y designar a sus representantes ante el Comité Andino sobre Recursos Genéticos, dando cumplimiento a las normas del ordenamiento jurídico andino, específicamente la Quinta y Sexta Disposiciones Transitorias de la Decisión 391.
Artículo 2.- De conformidad con el artículo 17 de la Decisión 425, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
NICOLAS LLOREDA RICAURTE
Director General
Encargado de la Secretaría General