RESOLUCION 1143
Precios Piso y Techo y Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios para el período abril de 2008 - marzo de 2009

 

       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

 

       VISTAS: Las Decisiones 371, 375, 383, 384, 392, 402, 403, 410, 411, 413, 422, 430, 432, 433, 453, 465, 469, 470, 482, 495, 496, 497, 507, 512, 518, 520, 535, 570, 579, 580, 628 y 641 de la Comisión de la Comunidad Andina; y las Resoluciones 1072 y 1123 de la Secretaría General;

 

       CONSIDERANDO: Que la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena estableció el método para el cálculo de los Precios Piso y Techo y las Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios;

 

       Que, de acuerdo con los artículos 19 y 21 de la referida Decisión, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina fijar mediante Resolución dichos precios para cada producto marcador, adjuntando las tablas aduaneras correspondientes;

 

       Que la Secretaría General realizó las consultas a que se refieren los artículos 19 y 21 de la citada Decisión;

 

       Que la Decisión 675 de la Comisión de la Comunidad Andina aprobó modificaciones a la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina – NANDINA, establecida mediante la Decisión 653;

 

RESUELVE:

 

       Artículo 1.- Fijar en los siguientes niveles los precios piso y techo de las franjas establecidas en la Decisión 371, para el período comprendido entre el 1 de abril de 2008 y el 31 de marzo de 2009, obtenidos con base en las series de precios históricos y demás parámetros que se especifican en el Anexo I de la presente Resolución:

 

Producto Marcador

Piso CIF (USD/t)

Techo CIF (USD/t)

Aceite crudo de palma

523

638

Aceite crudo de soya

570

674

Arroz blanco

304

346

Azúcar blanco

344

427

Azúcar crudo

253

323

Carne de cerdo

1 554

1 852

Cebada

153

172

Leche entera

2 407

2 794

Maíz amarillo

146

169

Maíz blanco

155

189

Soya en grano

280

331

Trigo

197

236

Trozos de pollo

1 637

1 837

       Artículo 2.- Establecer las tablas aduaneras a que se refiere el artículo 21 de la Decisión 371, las cuales se adjuntan como Anexo II a la presente Resolución.

 

       Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 17 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, aprobado mediante Decisión 425 de la Comisión, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución.

 

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, el primer día del mes de febrero del año dos mil ocho.

 

 

 

FREDY EHLERS

Secretario General

 

 

 

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