RESOLUCION 040
Solicitud del Gobierno del Ecuador de prorrogar la Resolución 012

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El artículo 5 de la Decisión 370, la Resolución 364 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y la Resolución 012 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 012 se autorizó al Gobierno del Ecuador a diferir los gravámenes del Arancel Externo Común hasta un nivel de 0% por razones de emergencia nacional, para importar harina de pescado impropia para la alimentación humana, clasificada en la subpartida 2301.20.10;

Que el Gobierno del Ecuador, a través de la nota del Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca Nº 179 DINT del 10 de diciembre de 1997, solicitó a la Secretaría General prorrogar la vigencia de la Resolución a que se hace referencia en el párrafo anterior por un período de tres meses, dado que hasta la fecha no se ha podido realizar la importación solicitada por cuanto han surgido inconvenientes de orden aduanero;

Que el mismo Gobierno indicó que la situación de emergencia nacional como consecuencia de los efectos del fenómeno de la corriente de El Niño, oportunamente fundamentada, permanece inalterable;

Que el artículo 6 de la Resolución 364 estipula que de oficio o a solicitud del País Miembro interesado presentada antes del vencimiento de la medida, la Junta podrá prorrogar el diferimiento hasta por tres meses adicionales, si a su juicio existen motivos atendibles para ello;

Que las causas que motivaron la solicitud de diferimiento aún subsisten, por lo que corresponde atender la solicitud del Ecuador;

RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de la Resolución 012 hasta el 15 de marzo de 1998.

Artículo 2.- El Gobierno del Ecuador deberá informar a esta Secretaría General sobre las importaciones que realice al amparo de la presente Resolución.

Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

SEBASTIAN ALEGRETT RUIZ
Secretario General