EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA
AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD
ANDINA,
VISTOS: El literal k) del Artículo 7 del Reglamento del
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (Decisión 407), el Artículo
13 del Reglamento de la Secretaría General (Decisión 409) y las Decisiones 644 y
656; y,
CONSIDERANDO: El acuerdo del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores en reunión ampliada de designar próximamente al nuevo
Secretario General de la Comunidad Andina;
La iniciativa presentada por el Secretario General (E) de la
Comunidad Andina de enmarcar el mencionado acuerdo dentro del ordenamiento
jurídico de la Comunidad Andina y en particular dentro del artículo 13 del
Reglamento de la Secretaría General establecido en la Decisión 409;
DECIDE:
Artículo 1.- Prorróguese en esta oportunidad el plazo
de vacancia contenido en el artículo 13 de la Decisión 409 “Reglamento de la
Secretaría General de la Comunidad Andina”, hasta el 1 de marzo de 2007.
Artículo 2.- Durante el plazo a que se refiere el
artículo anterior, el señor Alfredo Fuentes Hernández continuará ejerciendo las
funciones de Secretario General que le fueran encargadas mediante Decisiones
640, 644 y 656 de 2006.
Dada en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, a los ocho días del
mes de diciembre del año dos mil seis.