Sexagesimoctavo Período Ordinario
de Sesiones de la Comisión
02 de julio de 1996
Caracas - Venezuela

DECISION 392
Actualización del Anexo 2 de la Decisión 371 con base en la NANDINA establecida en la Decisión 381

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTAS: Las Decisiones 371, 375, 381 y 383 de la Comisión y la Propuesta 285/Rev. 1 de la Junta;

CONSIDERANDO:

Que los Anexos 2 y 5 de la Decisión 371 y la Decisión 375 definen los productos pertenecientes al Sistema Andino de Franjas de Precios, y los productos marcadores, con base en la NANDINA establecida en la Decisión 346;

Que la Decisión 381 establece una nueva nomenclatura NANDINA, modificando el código o la descripción, y en algunos casos el contenido de varias subpartidas pertenecientes al Sistema Andino de Franjas de Precios;

Que es necesario identificar los productos pertenecientes al Sistema Andino de Franjas de Precios, y de forma expresa los productos marcadores, en términos de la NANDINA establecida en la Decisión 381;

DECIDE:

Artículo 1.- Sustitúyase el contenido del Anexo 2 de la Decisión 371 por el texto siguiente:

PRODUCTOS DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS

Definidos con base en la NANDINA establecida en la Decisión 381

FRANJA DEL ACEITE CRUDO DE PALMA

Subpartida del Producto Marcador

1511.10.00 Aceite de palma, en bruto

Subpartidas de los Productos Vinculados

1501.00.10 Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo), excepto la de las partidas nos. 02.09 ó 15.03

1501.00.30 Grasa de ave, excepto la de las partidas nos. 02.09 ó 15.03

1502.00.11 Sebo en rama y demás grasas en bruto, desnaturalizados

1502.00.19 Sebo en rama y demás grasas en bruto, excepto desnaturalizados

1502.00.90 Las demás grasas de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida no. 15.03

1503.00.00 Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo

1506.00.10 Aceite de pie de buey

1506.00.90 Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente

1511.90.00 Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1513.11.00 Aceite de coco (de copra), en bruto

1513.19.00 Aceite de coco (de copra) y sus fracciones, excepto en bruto

1513.21.10 Aceite de almendra de palma, en bruto

1513.29.10 Aceite de almendra de palma y sus fracciones, excepto en bruto

1515.30.00 Aceite de ricino y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente

1516.20.00 Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo

1517.10.00 Margarina, excepto la margarina líquida

1517.90.00 Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida no. 15.16

1518.00.10 Linoxina

1518.00.90 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte ("estandolizados"), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida no. 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte, excepto linoxina

3823.11.00 Acido esteárico

3823.12.00 Acido oleico

3823.13.00 Acidos grasos del "tall oil"

3823.19.00 Los demás ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado

FRANJA DEL ACEITE CRUDO DE SOYA

Subpartida del Producto Marcador

1507.10.00 Aceite de soja (soya), en bruto, incluso desgomado

Subpartidas de los Productos Vinculados

1507.90.00 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1508.10.00 Aceite de maní (cacahuete, cacahuate), en bruto

1508.90.00 Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1512.11.00 Aceites de girasol o cártamo, en bruto

1512.19.00 Aceites de girasol o cártamo, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1512.21.00 Aceite de algodón, en bruto, incluso sin gosipol

1512.29.00 Aceite de algodón y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1514.10.00 Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, en bruto

1514.90.00 Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1515.21.00 Aceite de maíz, en bruto

1515.29.00 Aceite de maíz y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1515.50.00 Aceite de sésamo (ajonjolí) y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente

1515.90.00 Las demás grasas y aceites vegetales fijos, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente

FRANJA DEL ARROZ BLANCO

Subpartida del Producto Marcador

1006.30.00 Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado

Subpartidas de los Productos Vinculados

1006.10.90 Arroz con cáscara (arroz "paddy"), excepto para siembra

1006.20.00 Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo)

1006.40.00 Arroz partido

FRANJA DEL AZUCAR BLANCO

Subpartida del Producto Marcador

1701.99.00 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido, sin adición de aromatizante ni colorante

Subpartidas de los Productos Vinculados

1701.91.00 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido, con adición de aromatizante o colorante

1702.11.00 Lactosa y jarabe de lactosa, con un contenido de lactosa superior o igual al 99% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre producto seco

1702.19.10 Lactosa

1702.60.00 Las demás fructosas y jarabe de fructosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior al 50% en peso

1702.90.20 Azúcar y melaza caramelizados

1702.90.30 Azúcares con adición de aromatizante o colorante

1702.90.40 Los demás jarabes

1702.90.90 Maltosa y demás azúcares, en estado sólido, incluido el azúcar invertido

1703.10.00 Melaza de caña

1703.90.00 Melaza procedente de la extracción o del refinado del azúcar, excepto de caña

FRANJA DEL AZUCAR CRUDO

Subpartida del Producto Marcador

1701.11.90 Azúcar de caña, en bruto, sin adición de aromatizante ni colorante, en estado sólido

Subpartida de los Productos Vinculados

1701.12.00 Azúcar de remolacha, en bruto, sin adición de aromatizante ni colorante, en estado sólido

FRANJA DE LA CARNE DE CERDO

Subpartida del Producto Marcador

0203.29.00 Las demás carnes de animales de la especie porcina, congelada

Subpartidas de los Productos Vinculados

0203.11.00 Carne de animales de la especie porcina, en canales o medias canales, fresca o refrigerada

0203.12.00 Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesar, frescos o refrigerados

0203.19.00 Las demás carnes de animales de la especie porcina, frescas o refrigeradas

0203.21.00 Carne de animales de la especie porcina, en canales o medias canales, congelada

0203.22.00 Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesar, congelados

0210.12.00 Tocino entreverado de panza (panceta) y sus trozos, salados o en salmuera, secos o ahumados

0210.19.00 Las demás carnes de animales de la especie porcina, saladas o en salmuera, secas o ahumadas

FRANJA DE LA CEBADA

Subpartida del Producto Marcador

1003.00.90 Cebada, excepto para siembra

Subpartidas de los Productos Vinculados

1107.10.00 Malta (de cebada u otros cereales), sin tostar

1107.20.00 Malta (de cebada u otros cereales), tostada

FRANJA DE LA LECHE ENTERA

Subpartida del Producto Marcador

0402.21.19 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg

Subpartidas de los Productos Vinculados

0401.10.00 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso

0401.20.00 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 1% pero inferior o igual al 6%, en peso

0401.30.00 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 6% en peso

0402.10.10 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.10.90 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.21.11 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.21.91 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.21.99 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.29.11 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.29.19 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.29.91 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.29.99 Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.91.10 Leche evaporada, sin adición de azúcar ni otro edulcorante

0402.91.90 Las demás leches y natas (cremas), sin adición de azúcar ni otro edulcorante

0402.99.90 Las demás leches y natas (cremas), con adición de azúcar u otro edulcorante

0404.10.90 Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante, excepto el lactosuero parcial o totalmente desmineralizado

0404.90.00 Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte

0405.10.00 Mantequilla (manteca)

0405.20.00 Pastas lácteas para untar

0405.90.10 Mantequilla (manteca) deshidratada

0405.90.90 Las demás materias grasas de la leche

0406.30.00 Queso fundido, excepto el rallado o en polvo

0406.90.00 Los demás quesos, excepto frescos, rallados o en polvo, fundidos y de pasta azul

FRANJA DEL MAIZ AMARILLO

Subpartida del Producto Marcador

1005.90.11 Maíz duro (Zea mays convar. vulgaris o Zea mays var. indurata), amarillo, excepto para siembra

Subpartidas de los Productos Vinculados

0207.11.00 Carne de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados

0207.12.00 Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelados

0207.24.00 Carne de pavo (gallipavo), sin trocear, frescos o refrigerados

0207.25.00 Carne de pavo (gallipavo), sin trocear, congelados

0207.32.00 Carne de pato, ganso o pintada, sin trocear, frescos o refrigerados

0207.33.00 Carne de pato, ganso o pintada, sin trocear, congelados

1005.90.90 Los demás maíces, excepto maíz duro y maíz reventón, excepto para siembra

1007.00.90 Sorgo de grano (granífero), excepto para siembra

1108.12.00 Almidón de maíz

1108.19.00 Los demás almidones y féculas, excepto almidón de trigo y féculas de papa (patata) o yuca (mandioca).

1702.30.20 Jarabe de glucosa, sin fructosa o con un contenido de fructosa, en estado seco, inferior al 20% en peso

1702.30.90 Las demás glucosa sin fructosa o con un contenido de fructosa, en estado seco, inferior al 20% en peso, excepto dextrosa

1702.40.10 Glucosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior o igual al 20% pero inferior al 50%, en peso

1702.40.20 Jarabe de glucosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior o igual al 20% pero inferior al 50%, en peso

2302.10.00 Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos del maíz, incluso en "pellets"

2302.30.00 Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos del trigo, incluso en "pellets"

2302.40.00 Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los demás cereales, incluso en "pellets".

2308.90.00 Materias vegetales y desperdicios vegetales, residuos y subproductos vegetales, incluso en "pellets", del tipo de los utilizados para la alimentación de los animales, no expresados ni comprendidos en otra parte, excepto bellotas y castañas de Indias

2309.10.00 Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor

2309.90.10 Preparaciones forrajeras con adición de melazas o de azúcar

2309.90.90 Las demás preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales

3505.10.00 Dextrina y demás almidones y féculas modificados (por ejemplo: almidones y féculas pregelatinizados o esterificados)

3505.20.00 Colas a base de almidón, fécula, dextrina o demás almidones o féculas modificados

FRANJA DEL MAIZ BLANCO

Subpartida del Producto Marcador

1005.90.12 Maíz duro (Zea mays convar. vulgaris o Zea mays var. indurata), blanco, excepto para siembra

Subpartida de los Productos Vinculados

1102.20.00 Harina de maíz

FRANJA DE LA SOYA EN GRANO

Subpartida del Producto Marcador

1201.00.90 Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas, excepto para siembra

Subpartidas de los Productos Vinculados

1202.10.90 Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, con cáscara, excepto para siembra

1202.20.00 Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados

1205.00.90 Semillas de nabo o de colza, incluso quebrantadas, excepto para siembra

1206.00.90 Semilla de girasol, incluso quebrantada, excepto para siembra

1207.40.90 Semilla de sésamo (ajonjolí), incluso quebrantada, excepto para siembra

1207.99.90 Las demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantados, excepto para siembra

1208.10.00 Harina de habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya)

1208.90.00 Las demás harinas de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza

2301.20.10 Harina, polvo y "pellets", de pescado, impropios para la alimentación humana

2304.00.00 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en "pellets"

2306.10.00 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites de algodón, incluso molidos o en "pellets"

2306.30.00 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites de girasol, incluso molidos o en "pellets"

2306.70.00 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites del germen de maíz, incluso molidos o en "pellets"

2306.90.00 Las demás tortas y residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas nos. 23.04 ó 23.05

FRANJA DEL TRIGO

Subpartida del Producto Marcador

1001.10.90 Trigo duro, excepto para siembra

Subpartidas de los Productos Vinculados

1001.90.20 Los demás trigos, excepto para siembra

1001.90.30 Morcajo (tranquillón)

1101.00.00 Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)

1103.11.00 Grañones y sémola de trigo

1108.11.00 Almidón de trigo

FRANJA DE LOS TROZOS DE POLLO

Subpartida del Producto Marcador

0207.14.00 Trozos y despojos comestibles, de gallo o gallina, congelados

Subpartidas de los Productos Vinculados

0207.13.00 Trozos y despojos comestibles, de gallo o gallina, frescos o refrigerados

0207.26.00 Trozos y despojos comestibles, de pavo (gallipavo), frescos o refrigerados

0207.27.00 Trozos y despojos comestibles, de pavo (gallipavo), congelados

0207.34.00 Hígados grasos comestibles, de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados.

0207.35.00 Trozos y despojos comestibles, de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados, excepto hígados grasos

0207.36.00 Trozos y despojos comestibles, de pato, ganso o pintada, congelados

Artículo 2.- Sustitúyase el código de las subpartidas indicadas en el numeral 2 del Anexo 5 de la Decisión 371 por los siguientes:

0402.10.10 0402.21.99 0405.90.10 1006.10.90 1101.00.00

0402.10.90 0402.29.11 1001.10.90 1006.20.00 1103.11.00

0402.21.11 0402.29.19 1001.90.20 1006.30.00 1701.11.90

0402.21.19 0402.29.91 1005.90.11 1006.40.00 1701.12.00

0402.21.91 0402.29.99 1005.90.90 1007.00.90 1701.99.00

Artículo 3.- Sustitúyase el producto marcador identificado como "NANDINA 0207.41.00" que figura en el artículo 3 de la Decisión 375, por: "NANDINA 0207.14.00".

Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Caracas, Venezuela, a los dos días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis.