Sexagesimoquinto Período Ordinario
de Sesiones de la Comisión
31 de agosto de 1995
Lima - Perú
DECISION 380
Profundización de las Relaciones del Grupo
Andino con la Unión Europea
LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,
CONSIDERANDO:
Que es necesario profundizar los vínculos
entre el Grupo Andino y la Unión Europea, dada su creciente
importancia para los países andinos, individual y
colectivamente;
DECIDE:
Artículo 1.- Promover una
intensificación del diálogo del Grupo Andino con la Unión
Europea, dirigida a ampliar y profundizar las relaciones entre
los dos grupos de integración, en los campos económicos y de la
cooperación para el desarrollo social e institucional.
Artículo 2.- Encomendar a la
Junta del Acuerdo de Cartagena la preparación de un Proyecto de
Agenda para coordinar las iniciativas de cooperación con la
Unión Europea, dentro de los marcos del Nuevo Diseño
Estratégico del Grupo Andino, de los Convenios vigentes entre
los dos grupos y del propósito de intensificar el diálogo antes
referido.
Artículo 3.- Formalizar y
perfeccionar el mecanismo de cooperación que existe entre las
Embajadas Andinas acreditadas ante la Unión Europea, como
instrumento de apoyo al diálogo entre los órganos de la
integración andina y la Comisión de la Unión Europea. En tal
sentido, solicitar a los Embajadores iniciar gestiones
preparatorias dirigidas a realizar un encuentro en Bruselas de
los Miembros de la Comisión del Acuerdo de Cartagena con las
autoridades de la Comisión Europea.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los
treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y
cinco.