Sexagesimoquinto Período Ordinario
de Sesiones de la Comisión
31 de agosto de 1995
Lima - Perú

DECISION 380
Profundización de las Relaciones del Grupo Andino con la Unión Europea

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

CONSIDERANDO:

Que es necesario profundizar los vínculos entre el Grupo Andino y la Unión Europea, dada su creciente importancia para los países andinos, individual y colectivamente;

DECIDE:

Artículo 1.- Promover una intensificación del diálogo del Grupo Andino con la Unión Europea, dirigida a ampliar y profundizar las relaciones entre los dos grupos de integración, en los campos económicos y de la cooperación para el desarrollo social e institucional.

Artículo 2.- Encomendar a la Junta del Acuerdo de Cartagena la preparación de un Proyecto de Agenda para coordinar las iniciativas de cooperación con la Unión Europea, dentro de los marcos del Nuevo Diseño Estratégico del Grupo Andino, de los Convenios vigentes entre los dos grupos y del propósito de intensificar el diálogo antes referido.

Artículo 3.- Formalizar y perfeccionar el mecanismo de cooperación que existe entre las Embajadas Andinas acreditadas ante la Unión Europea, como instrumento de apoyo al diálogo entre los órganos de la integración andina y la Comisión de la Unión Europea. En tal sentido, solicitar a los Embajadores iniciar gestiones preparatorias dirigidas a realizar un encuentro en Bruselas de los Miembros de la Comisión del Acuerdo de Cartagena con las autoridades de la Comisión Europea.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco.