Sexagesimoprimer Período Ordinario
de Sesiones de la Comisión
17 de diciembre de 1993
Lima - Perú
DECISION 349
Presupuesto del Tribunal de Justicia del
Acuerdo de Cartagena para el año 1994
LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,
VISTO: El Artículo 16 del Tratado que crea
el Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena,
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal de Justicia del Acuerdo de
Cartagena, de conformidad con el Artículo 23 de su Estatuto
aprobado mediante Decisión 184, ha presentado a la Comisión el
Proyecto de Presupuesto para el ejercicio de 1994 que figura
adjunto al oficio No. 404-P-TJAC-93, de fecha 01 de octubre de
1993;
DECIDE:
Artículo 1.- Aprobar para el
funcionamiento del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena
durante el ejercicio de 1994, el presupuesto que consta en el
Anexo de la presente Decisión.
Artículo 2.- Fijar la
contribución de los Países Miembros a dicho Presupuesto en los
siguientes montos:
Bolivia 8% US$ 64 800
Colombia 28% US$ 226 800
Ecuador 8% US$ 64 800
Perú 28% US$ 226 800
Venezuela 28% US$ 226 800
Artículo 3.- Los Países
Miembros cancelarán las contribuciones previstas en el artículo
2 por trimestres adelantados, con excepción del primer pago que
se cancelará en el curso del primer trimestre. Siempre que el
Tribunal tenga que contraer préstamos por causa de atraso de los
Países Miembros en el pago de sus contribuciones, los intereses
resultantes se sumarán en forma proporcional a las respectivas
contribuciones al ejercicio siguiente, salvo los intereses
correspondientes a los aportes del primer trimestre que se
cargarán al Presupuesto del Tribunal.
Artículo 4.- Autorizar al
Tribunal para efectuar transferencias hasta el veinte por ciento
del monto de las partidas. Si fuera necesario exceder dicho
porcentaje, el Tribunal deberá solicitar la correspondiente
autorización de la Comisión.
Artículo 5.- Los saldos no
utilizados en la gestión anterior, constituirán un Fondo de
Reserva para el ejercicio presupuestal siguiente.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los
diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa
y tres.
I. INGRESOS (US$)
Aportes de los Países Miembros 810 000
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II. EGRESOS (US$)
PERSONAL 615 120
Haber básico 436 170
Bonificaciones 72 000
Fondo de Previsión 54 298
Seguros Personales 37 652
Gastos de instalación y repatriación de
funcionarios 5 000
Vacaciones al país de origen 8 000
Refrigerios 2 000
PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES 5 000
VIAJES DE SERVICIO 40 000
UTILES Y SERVICIOS 53 000
Utiles y efectos de oficina 8 000
Libros y suscripciones 5 000
Comunicaciones y correo 20 000
Atenciones oficiales 6 000
Gastos bancarios 1 000
Servicios varios 13 000
LOCALES, EQUIPOS Y DIFUSION DEL
DERECHO COMUNITARIO 89 400
Alquiler de local 32 400
Adquisición de muebles y equipos 6 000
Mantenimientos varios 4 000
Seguros no personales 1 000
Fondo de Publicaciones 10 000
Programa de Investigación, Docencia y
Difusión del Derecho Comunitario 36 000
IMPREVISTOS 7 480
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TOTAL:
810 000
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