Sexagesimoprimer Período Ordinario
de Sesiones de la Comisión
17 de diciembre de 1993
Lima - Perú

DECISION 349
Presupuesto del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena para el año 1994

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTO: El Artículo 16 del Tratado que crea el Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena,

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, de conformidad con el Artículo 23 de su Estatuto aprobado mediante Decisión 184, ha presentado a la Comisión el Proyecto de Presupuesto para el ejercicio de 1994 que figura adjunto al oficio No. 404-P-TJAC-93, de fecha 01 de octubre de 1993;

DECIDE:

Artículo 1.- Aprobar para el funcionamiento del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena durante el ejercicio de 1994, el presupuesto que consta en el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2.- Fijar la contribución de los Países Miembros a dicho Presupuesto en los siguientes montos:

Bolivia 8% US$ 64 800

Colombia 28% US$ 226 800

Ecuador 8% US$ 64 800

Perú 28% US$ 226 800

Venezuela 28% US$ 226 800

Artículo 3.- Los Países Miembros cancelarán las contribuciones previstas en el artículo 2 por trimestres adelantados, con excepción del primer pago que se cancelará en el curso del primer trimestre. Siempre que el Tribunal tenga que contraer préstamos por causa de atraso de los Países Miembros en el pago de sus contribuciones, los intereses resultantes se sumarán en forma proporcional a las respectivas contribuciones al ejercicio siguiente, salvo los intereses correspondientes a los aportes del primer trimestre que se cargarán al Presupuesto del Tribunal.

Artículo 4.- Autorizar al Tribunal para efectuar transferencias hasta el veinte por ciento del monto de las partidas. Si fuera necesario exceder dicho porcentaje, el Tribunal deberá solicitar la correspondiente autorización de la Comisión.

Artículo 5.- Los saldos no utilizados en la gestión anterior, constituirán un Fondo de Reserva para el ejercicio presupuestal siguiente.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres.

I. INGRESOS (US$)

Aportes de los Países Miembros 810 000

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II. EGRESOS (US$)

PERSONAL 615 120

Haber básico 436 170

Bonificaciones 72 000

Fondo de Previsión 54 298

Seguros Personales 37 652

Gastos de instalación y repatriación de

funcionarios 5 000

Vacaciones al país de origen 8 000

Refrigerios 2 000

PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES 5 000

VIAJES DE SERVICIO 40 000

UTILES Y SERVICIOS 53 000

Utiles y efectos de oficina 8 000

Libros y suscripciones 5 000

Comunicaciones y correo 20 000

Atenciones oficiales 6 000

Gastos bancarios 1 000

Servicios varios 13 000

LOCALES, EQUIPOS Y DIFUSION DEL

DERECHO COMUNITARIO 89 400

Alquiler de local 32 400

Adquisición de muebles y equipos 6 000

Mantenimientos varios 4 000

Seguros no personales 1 000

Fondo de Publicaciones 10 000

Programa de Investigación, Docencia y

Difusión del Derecho Comunitario 36 000

IMPREVISTOS 7 480

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                            TOTAL: 810 000

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