Sexagesimosegundo Período de Sesiones
Extraordinarias de la Comisión
09 - 10 de mayo de 1991
Bogotá - Colombia
DECISION 295
Inclusión de la Corporación Financiera
Holandesa (FMO) en la Nómina de Entidades con Opción al
Tratamiento de Capital Neutro para sus Inversiones
LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,
VISTOS: Los artículos 17 y 18 de la
Decisión 291 de la Comisión y la Propuesta 235 de la Junta;
CONSIDERANDO: Que la Corporación Financiera
Holandesa ha solicitado su inclusión en la nómina de entidades
con opción al tratamiento de capital neutro para sus
inversiones, que figura en el Anexo de la Decisión 291 de la
Comisión;
Que su convenio constitutivo y su reglamento
de políticas de inversión establece:
a) Que la
Corporación Financiera Holandesa
tiene por objeto contribuir al
avance de la actividades
empresarial en los países en
vías de desarrollo con el fin de
estimular su progreso económico
y social de acuerdo con las
finalidades que persiguen sus
Gobiernos y con la política del
Gobierno holandés en lo que
respecta a la cooperación para
el desarrollo;
b) Que,
asimismo, las operaciones de la
mencionada Corporación están
dirigidas a apoyar a las empresas
con participación local;
c) Que dicha
entidad registra actualmente
inversiones en cuatro de los
Países Miembros del Acuerdo de
Cartagena;
Que de conformidad con lo establecido en el
artículo 17 de la Decisión 291 de la Comisión, se considera
como capital neutro las inversiones de las entidades
gubernamentales extranjeras de cooperación para el desarrollo,
cualquiera que sea su naturaleza jurídica;
DECIDE:
Artículo
Unico.- Incluir a la
Corporación Financiera
Holandesa (FMO) en la
Nómina de entidades con
opción al Tratamiento de
Capital Neutro para sus
inversiones que figura en
el Anexo de la Decisión
291 de la Comisión.
Dada en la ciudad de Bogotá, Colombia, a los
diez días del mes de mayo de mil novecientos noventa y uno.