Sexagesimosegundo Período de Sesiones
Extraordinarias de la Comisión
09 - 10 de mayo de 1991
Bogotá - Colombia

DECISION 295
Inclusión de la Corporación Financiera Holandesa (FMO) en la Nómina de Entidades con Opción al Tratamiento de Capital Neutro para sus Inversiones

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: Los artículos 17 y 18 de la Decisión 291 de la Comisión y la Propuesta 235 de la Junta;

CONSIDERANDO: Que la Corporación Financiera Holandesa ha solicitado su inclusión en la nómina de entidades con opción al tratamiento de capital neutro para sus inversiones, que figura en el Anexo de la Decisión 291 de la Comisión;

Que su convenio constitutivo y su reglamento de políticas de inversión establece:

a) Que la Corporación Financiera Holandesa tiene por objeto contribuir al avance de la actividades empresarial en los países en vías de desarrollo con el fin de estimular su progreso económico y social de acuerdo con las finalidades que persiguen sus Gobiernos y con la política del Gobierno holandés en lo que respecta a la cooperación para el desarrollo;

b) Que, asimismo, las operaciones de la mencionada Corporación están dirigidas a apoyar a las empresas con participación local;

c) Que dicha entidad registra actualmente inversiones en cuatro de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Decisión 291 de la Comisión, se considera como capital neutro las inversiones de las entidades gubernamentales extranjeras de cooperación para el desarrollo, cualquiera que sea su naturaleza jurídica;

DECIDE:

Artículo Unico.- Incluir a la Corporación Financiera Holandesa (FMO) en la Nómina de entidades con opción al Tratamiento de Capital Neutro para sus inversiones que figura en el Anexo de la Decisión 291 de la Comisión.

Dada en la ciudad de Bogotá, Colombia, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos noventa y uno.