Cuadragesimosegundo Período de Sesiones
Ordinarias de la Comisión
12 al 16 de mayo de 1986
Lima - Perú

DECISION 209
Creación del Sistema Subregional de Coordinación de la Pequeña y Mediana Industria

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El literal k) del Artículo 7 del Acuerdo de Cartagena y la Propuesta 157 de la Junta;

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Reactivación del Proceso Andino de Integración y la Estrategia Industrial, establecen como actividad prioritaria el apoyo a la Pequeña y Mediana Industria Subregional;

Que para la consolidación y desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria es necesario estimular una adecuada coordinación entre las entidades que ofrecen y utilizan los servicios para el apoyo y promoción de este estrato industrial.

DECIDE:

Artículo 1.- Crear el Sistema Subregional de Coordinación de la Pequeña y Mediana Industria.

Artículo 2.- Son objetivos del Sistema Subregional de Coordinación de la Pequeña y Mediana Industria los siguientes:

a) Promover el desarrollo y fortalecimiento de la Pequeña y Mediana Industria.

b) Propiciar la armonización de políticas de fomento y la cooperación horizontal en programas de apoyo a la Pequeña y Mediana Industria.

c) Propender a una participación más activa de la Pequeña y Mediana Industria en el proceso de integración.

d) Establecer un mecanismo de coordinación para la ejecución del Programa Subregional de Apoyo a la Pequeña y Mediana Industria.

Artículo 3.- Son órganos del Sistema Subregional de Coordinación de la Pequeña y Mediana Industria.

a) El Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria.

b) Los Comités Nacionales de la Pequeña y Mediana Industria.

Artículo 4.- El Comité Subregional estará integrado por dos representantes titulares por cada País Miembro. Cada representante titular tendrá un alterno.

Los representantes titulares y alternos deberán pertenecer a los Comités Nacionales y ser acreditados ante la Junta por los organismos señalados en el literal i) del Artículo 15 del Acuerdo de Cartagena.

Artículo 5.- Corresponde al Comité Subregional:

a) Asesorar a la Comisión y la Junta en los aspectos relacionados con la promoción y el apoyo a la Pequeña y Mediana Industria.

b) Colaborar en la ejecución del Programa Subregional de Apoyo a la Pequeña y Mediana Industria.

c) Establecer los mecanismos de coordinación y cooperación que sean necesarios para lograr los objetivos de esta Decisión.

Artículo 6.- El comité Subregional tendrá un Presidente, cargo que desempeñará el representante del País Miembro que ejerza la Presidencia de la Comisión en el período respectivo.

El Comité Subregional deberá sesionar con la presencia de por lo menos dos tercios de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán con el voto afirmativo de por lo menos dos tercios de sus miembros.

Artículo 7.- La Junta tendrá a su cargo la Secretaría del Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria.

Artículo 8.- Los Países Miembros constituirán los Comités Nacionales de la Pequeña y Mediana Industria y los integrarán con representantes de los organismos gubernamentales encargados de la planificación y la política industrial, de los gremios y entidades de promoción y desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.

Artículo 9.- Corresponde a los Comités Nacionales en los respectivos Países Miembros:

a) Evaluar el desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria, en especial relacionado al Programa Subregional de Apoyo.

b) Proponer al Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria, las medidas que estime necesarias para el mejor desarrollo del Programa Subregional de Apoyo a la Pequeña y Mediana Industria.

c) Propender la mayor participación de la Pequeña Industria en el proceso de integración.

Disposiciones Transitorias

Artículo A.- Los Países Miembros procederán, dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de esta Decisión, a designar sus representantes ante el Comité Subregional de la Pequeña y Mediana Industria, acreditándolos ante la Junta.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis.

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