Decisión 639
Incorporación de Bolivia al Marco General para la Interconexión Subregional de Sistemas Eléctricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad

 

       LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

 

       VISTOS: Los artículos 3, literales i) y j), 22, 54, 104, 105 y 109 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 24 de la Decisión 536 de la Comisión de la Comunidad Andina;

 

       CONSIDERANDO: Que la Decisión 536, norma comunitaria que establece el Marco General para la Interconexión Subregional de Sistemas Eléctricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad, entró en vigencia el 19 de diciembre de 2002, fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena N° 878;

 

       Que el artículo 24 de la referida Decisión señala que las obligaciones y beneficios que se derivan del referido Marco General no serán aplicables a la República de Bolivia, hasta que dicho país solicite su incorporación a la misma;

 

       Que para que la incorporación se haga efectiva basta con que la República de Bolivia notifique formalmente su intención a la Comisión de la Comunidad Andina;

 

       Que con fecha 11 de enero de 2006, mediante facsímil N° VECE-DGIC-DIL-001/2006, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia solicitó formalmente a la Presidencia de la Comisión de la Comunidad Andina su incorporación a la Decisión 536;

 

       Que según lo previsto en la Decisión 536 la incorporación de la República de Bolivia deberá ser publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena;

 

DECIDE:

 

       Artículo Único.- Aplíquense plenamente a la República de Bolivia las obligaciones y beneficios que se derivan del Marco General para la Interconexión Subregional de Sistemas Eléctricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad adoptado mediante la Decisión 536, a partir de la fecha de publicación de la presente Decisión en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

 

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil seis.