Decisión 552
Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico
Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
RELACIONES EXTERIORES,
VISTOS: Los artículos 1 y 16 del
Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a través de la Decisión 406; el
Capítulo sobre Relaciones Externas incorporado al Acuerdo de Cartagena mediante
el artículo 4 del Protocolo de Sucre; y la Decisión 458 que aprueba los
Lineamientos de la Política Exterior Común;
CONSIDERANDO: Que los Ministros
de Relaciones Exteriores y de Defensa de los Países Miembros de la Comunidad
Andina reunidos en Lima, el 17 de junio de 2002, suscribieron el “Compromiso
de Lima: Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los
gastos destinados a la Defensa Externa”, mediante el cual convinieron en
adoptar, entre otras, medidas urgentes para combatir el tráfico ilícito de
armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, dada su
vinculación con el problema mundial de las drogas, el terrorismo, la
delincuencia transnacional organizada y las actividades mercenarias y otras
conductas criminales;
Que, con base en los mandatos
ministeriales, el Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la
Confianza de la Comunidad Andina, creado en el mencionado Compromiso de Lima,
acordó durante su primera reunión, realizada en Bogotá el 28 de febrero de
2003, impulsar el diseño e implementación de un Plan Andino para Prevenir,
Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos
sus aspectos, posteriormente refrendado en la X Reunión del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores el 11 de marzo de 2003;
Que el tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz,
la seguridad, la gobernabilidad, la estabilidad y el orden democrático
institucional de los Países Miembros de la Comunidad Andina y atenta asimismo
contra la aspiración de nuestras sociedades a alcanzar mayores niveles de
desarrollo político, económico, social y cultural, sostenibles en el largo
plazo;
Que el tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras en todos sus aspectos es un problema de alcance global
vinculado con el terrorismo y otras formas de violencia política, el problema
mundial de las drogas, la delincuencia transnacional organizada, las actividades
mercenarias y otras conductas criminales, flagelos todos que los Países
Miembros de la Comunidad Andina están resueltos a combatir;
Que los Países Miembros se
encuentran comprometidos con la observancia del Derecho Internacional y con los
principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, particularmente el
respeto de la soberanía nacional, la no intervención en los asuntos internos
de los Estados Miembros, el derecho de legítima defensa individual y colectiva
establecido en el Artículo 51 de dicha Carta, el derecho a la
autodeterminación de los pueblos y el derecho de los Estados Miembros a
desarrollar sus propios sistemas de defensa para garantizar la seguridad
nacional;
Que los Países Miembros de la
Comunidad Andina acordaron implementar el Programa de Acción de las Naciones
Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas
Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, adoptado en Nueva York en julio de
2001;
Que los Países Miembros de la
Comunidad Andina han ratificado la Convención Interamericana contra la
Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos
y otros materiales relacionados, suscrita en Washington en noviembre de 1997;
Que los Países Miembros de la
Comunidad Andina respaldaron las recomendaciones del Seminario Regional para
América Latina y el Caribe de evaluación y seguimiento de la Conferencia de
las Naciones Unidas sobre tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos, realizado en Santiago en noviembre de 2001;
Que los Países Miembros de la
Comunidad Andina aprobaron el Reglamento Modelo de la Comisión Interamericana
para el Control del Abuso de Drogas (“CICAD”), con el fin de establecer una
serie de medidas y procedimientos armonizados para vigilar y controlar el
comercio internacional de armas de fuego, sus partes y componentes y municiones
para evitar el tráfico ilícito de las mismas, así como su desviación para
usos y propósitos ilegales;
Que el problema de la
proliferación de armas ilícitas solo puede ser solucionado en forma extensiva,
amplia e integrada mediante el fortalecimiento de las capacidades de regular y
cumplir con todos los aspectos que gobiernan la fabricación, importación,
exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte,
tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso legal de este tipo de armas,
así como el establecimiento de mecanismos de cooperación comunitarios para
tales efectos; y,
Que la Secretaría General ha
presentado la Propuesta 102/Rev. 1 sobre el Plan Andino para la Prevención,
Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en
todos sus aspectos;
DECIDE:
Artículo Único.-
Establecer el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, contenido
en el documento anexo a la presente Decisión.
Dada en el Recinto Quirama,
Departamento de Antioquia, República de Colombia, a los veinticinco días del
mes de junio del año dos mil tres.
ANEXO I
PLAN ANDINO PARA LA PREVENCIÓN,
COMBATE Y ERRADICACIÓN
DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS EN
TODOS SUS ASPECTOS
DEFINICIONES
Para efectos de la
implementación del presente Plan se entenderá por:
a) Actores privados:
empresas y/o entidades privadas, así como personas naturales, que fabriquen,
importen, exporten, transfieran, comercialicen, sirvan de intermediarios,
transporten, tengan, oculten, usurpen, porten o requieran el uso de armas
pequeñas y ligeras para su normal operación.
b) Actores públicos:
instituciones públicas vinculadas con el diseño o la implementación de las
políticas, estrategias o acciones relacionadas con el presente Plan, incluidas
las Fuerzas Militares, Fuerzas de Policía, Organismos Nacionales de Seguridad,
los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno,
Justicia, el Poder Judicial, Autoridades Aduaneras y de Migración, entre otras.
c) Armas pequeñas y ligeras:
las armas pequeñas son las destinadas al uso personal y las ligeras las
destinadas al uso de varias personas que forman un equipo. En la categoría de
armas pequeñas están incluidos: los revólveres y las pistolas automáticas y
semiautomáticas, las escopetas, los fusiles y las carabinas, las pistolas
ametralladoras, los fusiles de asalto y las ametralladoras ligeras, así como
las armas del mismo tipo, de fabricación informal. La categoría de armas
ligeras comprende: las ametralladoras pesadas, los lanzagranadas portátiles
bajo el cañón y montados, los cañones antiaéreos portátiles, los cañones
antitanques portátiles, los cañones sin retroceso, los sistemas de
lanzadores portátiles de cohetes y misiles antitanques, los sistemas de
lanzadores portátiles de misiles antiaéreos y los morteros de calibres
inferiores a 100 milímetros, así como las armas del mismo tipo, de
fabricación informal. Las municiones y los explosivos forman parte integrante
de las armas pequeñas y las armas ligeras utilizadas en los conflictos y
comprenden: los cartuchos (balas) de armas pequeñas, los proyectiles y misiles
para armas ligeras, las granadas antipersonal y antitanque de mano, las minas
terrestres, los explosivos y los contenedores móviles con misiles o proyectiles
de sistemas antiaéreos y antitanques para una sola acción.
d) Instituciones responsables
de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes:
autoridades nacionales competentes en materia de control, vigilancia y
aplicación de la legislación comunitaria andina y nacional relacionada con el
presente Plan, incluidos los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa,
Interior o Gobierno, Justicia, Ministerio Público, el Poder Judicial, así como
las Fuerzas Militares, las Fuerzas de Policía, Autoridades Aduaneras y de
Migraciones, entre otras, según su competencia.
e) Comité de Coordinación
Nacional -Punto Focal Nacional-: es el mecanismo encargado de impulsar la
implementación del presente Plan en cada País Miembro. Podrá contar con una
Presidencia y una Secretaría Técnica, a fin de facilitar el logro de sus
objetivos, y estar integrado por representantes de, entre otros, los
Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia,
el Poder Judicial, las Fuerzas Militares, las Fuerzas de Policía, Autoridades
Aduaneras y de Migraciones, así como de la sociedad civil.
f) Seguridad: desde una
perspectiva andina la seguridad es entendida como la situación en la que el
Estado y la sociedad se encuentran protegidos frente a amenazas o riesgos
susceptibles de afectar el desarrollo integral y el bienestar de sus ciudadanos,
así como el libre ejercicio de sus derechos y libertades en un contexto de
plena vigencia democrática. En ese sentido, la seguridad es un concepto de
carácter multidimensional y comprehensivo que abarca asuntos de índole
política, económica, social y cultural, y se ve reflejada en las políticas en
ámbitos tan diversos como los del fortalecimiento de la institucionalidad
democrática y el estado de derecho, la defensa, la salud, el ambiente, la
economía, el desarrollo económico y la prevención de desastres naturales,
entre otros.
g) Sociedad civil: la
entidad social colectiva en la cual los ciudadanos se relacionan entre sí y con
el Estado. Desde esta perspectiva, estaría compuesta por una inmensa diversidad
de organizaciones, incluidos los movimientos sociales, las asociaciones
profesionales o voluntarias, las organizaciones de base, las organizaciones no
gubernamentales, los sindicatos, las cooperativas, las instituciones académicas
y filantrópicas, las comunidades locales, las organizaciones de género y de
juventudes, así como las organizaciones de carácter religioso, entre otras. En
algunos casos los medios de comunicación independientes y el sector informal
también son considerados parte de la sociedad civil. Dentro de los roles
adscritos a la sociedad civil se encuentran, entre otros, los de participar en
el proceso de toma de decisiones al interior de la Comunidad Andina e impulsar
la rendición de cuentas por parte de los aparatos estatales, con miras a
establecer una gobernabilidad efectiva. Para efectos del presente instrumento,
la sociedad civil incluiría el amplio espectro de organizaciones que cuenten
con el mandato de coadyuvar a la capacitación, la investigación teórica y
aplicada, la facilitación de políticas públicas, la asistencia social y de
desarrollo, el monitoreo y la evaluación de la temática vinculada a la
seguridad.
OBJETIVOS:
1. Elaborar, implementar y
sustentar una estrategia integral para la prevención, combate y erradicación
del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, la
cual deberá tomar en cuenta los vínculos existentes entre el tráfico ilícito
y la proliferación de dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la
corrupción y el problema mundial de las drogas, así como el objetivo de largo
plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión;
2. Fortalecer la capacidad de los
Países Miembros para implementar medidas contra la fabricación, importación,
exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte,
tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y
ligeras, así como para identificar, confiscar y, cuando corresponda, destruir
este tipo de armamento;
3. Propiciar el desarrollo de una
cultura de paz a través de programas educativos y de difusión dirigidos a
generar una conciencia ciudadana sobre la problemática de la proliferación,
circulación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, que involucren a
todos los sectores de la sociedad;
4. Institucionalizar programas
nacionales y subregionales, así como los mecanismos de acción
correspondientes, para prevenir, controlar y erradicar el tráfico ilícito de
armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; y,
5. Desarrollar este Plan dentro
del marco del pleno respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional
Humanitario.
PRINCIPIOS:
Para el logro de los objetivos
del presente Plan, se tendrán en cuenta los siguientes principios:
1. Integralidad: Es integral
porque comprende todos los aspectos relacionados con la problemática de la
proliferación y el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.
2. Responsabilidad Compartida: Se
sustenta en la responsabilidad compartida de todos los actores vinculados
con esta problemática y en la búsqueda conjunta de soluciones en los ámbitos
subregional andino, regional, hemisférico y mundial.
3. Respeto al Derecho
Internacional: Respeta plenamente los principios y normas del derecho
internacional.
4. Respeto a la jurisdicción
interna de los Estados: Respeta plenamente la soberanía e integridad
territoriales, así como la no intervención en los asuntos internos.
5. Solidaridad: Se instrumenta a
través de la cooperación y de la solidaridad entre los pueblos.
6. Complementariedad: Contribuye
al desarrollo de las políticas nacionales sobre la materia y de la Política
Exterior Común, para la profundización del proceso andino de integración.
MECANISMOS:
1. El Consejo Andino de Ministros
de Relaciones Exteriores es el órgano responsable de la definición,
coordinación y seguimiento de la Política Comunitaria de Seguridad Andina y,
en ese marco, del Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos. Para tales
efectos, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores se reunirá,
cuando lo considere pertinente, con sus homólogos de Defensa.
2. El Grupo de Alto Nivel en
materia de Seguridad y Fomento de la Confianza, de conformidad con lo
establecido por el “Compromiso de Lima”, será el órgano ejecutivo de la
Política Comunitaria de Seguridad Andina y, en ese marco, del presente Plan.
3. Establecer un Comité
Operativo encargado de coordinar, armonizar e implementar los esfuerzos para
prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras
en todos sus aspectos. Los Países Miembros designarán tres representantes
ante dicho Comité.
El Comité creará los grupos de
trabajo especializados que estime pertinente. Dichos grupos de trabajo estarán
integrados por las autoridades competentes en la materia de dos o más Países
Miembros. Los países no participantes podrán solicitar su incorporación en
cualquier momento.
4. La Secretaría General de la
Comunidad Andina, particularmente la unidad responsable, actuará como
Secretaría Técnica del presente Plan.
MODALIDADES DE ACCIÓN:
1. Abordar de manera integral la
problemática de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos.
2. Intercambiar información y
cooperar en todos los asuntos relacionados con las armas pequeñas y ligeras
ilícitas en todos sus aspectos.
3. Promover la investigación,
elaboración y recopilación de información y estadísticas en la Subregión,
así como el diálogo y la cooperación entre los gobiernos y la sociedad civil.
4. Impulsar el desarrollo de una
Agenda Coordinada de Acción, concreta e integrada en materia de seguridad en la
subregión andina.
5. Intercambiar experiencias y
organizar cursos, con miras a mejorar el nivel de capacitación de los
funcionarios de los Países Miembros de la Comunidad Andina.
6. Impulsar campañas de toma de
conciencia sobre los peligros y efectos negativos del uso indiscriminado y
tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.
LINEAMIENTOS DE ACCIÓN:
A. En el ámbito nacional:
De conformidad con la Agenda
Coordinada de Acción y de su Plan Operativo anexo, a nivel nacional, los
Países Miembros, con base en las legislaciones nacionales, y las normas,
reglamentos y procedimientos administrativos y operativos, controlarán la
fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización,
intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso
ilícitos de armas pequeñas y ligeras y adoptarán, dentro de sus
posibilidades, entre otras, las siguientes medidas:
1. Fortalecer o establecer
mecanismos de coordinación nacional con la infraestructura institucional
correspondiente, responsables de la orientación de políticas, la
investigación y el monitoreo de todos los aspectos de la proliferación,
control y tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.
2. Incrementar la capacidad de
las instituciones y de los funcionarios responsables de la prevención, combate
y erradicación de la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras, así
como el mejoramiento de sus equipos y recursos para lograr resultados concretos
en el mediano y largo plazo.
3. Recomendar la adopción, a la
brevedad posible y cuando corresponda, de las medidas de carácter legislativo y
de otra naturaleza necesarias para tipificar como delito penal bajo las leyes
nacionales, la fabricación, importación, exportación, transferencia,
comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento,
usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras.
4. Desarrollar e implementar,
cuando corresponda, programas nacionales para:
a) El manejo responsable de las
armas pequeñas y ligeras lícitas;
b) La entrega voluntaria de
armas pequeñas y ligeras ilícitas;
c) La identificación y la
destrucción de las armas pequeñas y ligeras ilícitas, por parte de las
autoridades nacionales competentes, y de los excedentes de inventario, de las
armas obsoletas o de aquellas confiscadas que reposen en poder del Estado, a
menos que se haya autorizado oficialmente otro destino y siempre que las armas
se hayan marcado y registrado en la forma debida;
d) La generación de conciencia
ciudadana sobre el problema de la proliferación y tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras;
e) La adopción de normas o
reglamentos nacionales apropiados para mejorar y reforzar las leyes que
regulan la posesión lícita por parte de civiles de armas de fuego,
municiones, explosivos y otros materiales relacionados;
f) El control transparente de
las transferencias de armas pequeñas y ligeras por parte de productores,
comercializadores, corredores, y otros agentes, así como la embarcación y el
tránsito;
g) La participación activa de
la sociedad civil en la formulación e implementación de un programa de
acción nacional para abordar el problema de manera integral y sostenible; y,
h) La concienciación,
capacitación y entrenamiento de los actores públicos y privados vinculados
con la implementación de las medidas necesarias para prevenir, combatir y
erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus
aspectos.
5. Promover la suscripción y
entrada en vigencia de acuerdos bilaterales o multilaterales de carácter
vinculante con países vecinos o con terceros países, o su adhesión a los
mismos, a efectos de establecer un sistema común de control efectivo, incluidos
el registro y confiscación de armas pequeñas y ligeras ilícitas en las zonas
de frontera.
6. Diseñar e implementar
políticas y medidas proactivas dirigidas a generar las condiciones políticas,
económicas, sociales y culturales que reduzcan la demanda y uso ilícito de
armas pequeñas y ligeras por parte de individuos, grupos de individuos o
comunidades.
B. En el ámbito subregional
andino:
1. Crear un Comité Operativo
encargado de coordinar y armonizar los esfuerzos para prevenir, combatir y
erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus
aspectos.
2. Establecer un mecanismo de
intercambio de información, dirigido a promover la armonización de los
estándares de capacitación y de las legislaciones nacionales vigentes de las
autoridades competentes en la materia de los Países Miembros. Dicho mecanismo
podrá contar con la asesoría técnica de los organismos internacionales
especializados en la materia.
3. Promover la codificación y
armonización de legislaciones que regulan la fabricación, importación,
exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte,
tenencia, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, de conformidad con
la Constitución Nacional de cada País Miembro. Los estándares mínimos
comunes definidos por los Países Miembros deberán incluir, pero no limitarse
a, el marcaje de las armas fabricadas en la Subregión, registro y control sobre
las importaciones, exportaciones y comercio lícito de dichos materiales.
4. Fortalecer la cooperación
subregional y hemisférica entre las autoridades nacionales competentes
encargadas de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes
vinculadas con las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos. Dichos
esfuerzos deberán incluir, pero no limitarse a, la capacitación y el
intercambio de información para apoyar acciones comunes y coordinadas de
control y reducción del tráfico ilícito transfronterizo de armas pequeñas y
ligeras, y la suscripción de acuerdos para tales efectos.
5. Velar por que los fabricantes,
comercializadores, intermediarios y traficantes ilícitos de armas pequeñas y
ligeras, así como a quienes transfieran este tipo de armamento a individuos o
grupos al margen de la ley en violación de la reglamentación nacional,
subregional o hemisférica en la materia, sean debidamente sancionados.
6. Comprometerse a mantener un
diálogo permanente con la sociedad civil de los Países Miembros de la
Comunidad Andina, que incluya a los más diversos actores y agentes, públicos y
privados, a fin de generar acciones cooperativas que faciliten la prevención,
combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos.
7. Procurar que todos los
programas para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de
armas pequeñas y ligeras se complementen con programas de desarrollo a todos
los niveles con el fin de reducir la demanda local de armas.
C. En el ámbito internacional:
1. Concertar, en el marco de la
Política Exterior Común Andina, posiciones conjuntas en los diversos foros
internacionales vinculados con la materia e impulsar estrategias para la
universalización de mecanismos de cooperación sobre la misma; y,
2. Presentar y difundir el
presente Plan Andino, así como sus logros y avances, en las Reuniones Bienales
de Estados sobre la Implementación del Programa de Acción de las Naciones
Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas
Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos.
IMPLEMENTACIÓN:
Para efectos de la ejecución del
presente Plan los Países Miembros acuerdan asimismo implementar la Agenda
Coordinada de Acción y su Plan Operativo anexos.
ANEXO II
AGENDA COORDINADA DE ACCIÓN
Con el propósito de promover el
tratamiento integral de la problemática planteada por el tráfico ilícito de
armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; y definir e implementar una
Agenda Coordinada de Acción para la Subregión que promueva la seguridad
ciudadana y andina, y asegure que todos los Países Miembros cuenten con las
normas, reglamentos y procedimientos administrativos requeridos para ejercer un
efectivo control sobre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos.
Acordamos:
1. Marco Institucional
1.1. Promover la búsqueda
compartida de soluciones sustentables a la problemática planteada por el
tráfico ilícito de las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, a
través de la implementación sostenida de acciones concertadas y coordinadas
de mediano y largo plazo.
1.2. Establecer y hacer operativo
un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- en cada País
Miembro, responsable de diseñar e implementar las medidas necesarias para
encarar dicha problemática y velar por la cabal ejecución de esta Agenda
Coordinada de Acción a nivel nacional.
1.3. Encomendar a la unidad
responsable en la Secretaría General de la Comunidad Andina, de conformidad
con los mandatos establecidos en el Compromiso de Lima, la coordinación
subregional de la Agenda Coordinada de Acción.
2. Cooperación y Coordinación
Subregional
2.1. Asegurar la sostenibilidad,
en el mediano y largo plazo, de su compromiso con el logro de los objetivos
consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, a
través de la unidad responsable en la Secretaría General.
2.2. Elaborar, implementar y
sustentar una estrategia integral para el combate contra la proliferación y
tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, la cual deberá tomar en cuenta
los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de
dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial
de las drogas, así como el objetivo de mediano y largo plazo de alcanzar la
paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión.
2.3. Promover la cooperación y
el intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales-, las instituciones responsables de velar por el
cumplimiento y cabal aplicación de las leyes y del presente Plan, y las
organizaciones internacionales pertinentes vinculadas a la materia, con el
propósito de abordar de manera coordinada la problemática de la proliferación
ilícita de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.
2.4. Cooperar con los expertos y
con representantes de la sociedad civil interesados en la materia, con el fin de
prevenir, combatir y erradicar el problema de la proliferación y tráfico
ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.
2.5. Promover la búsqueda
conjunta de apoyo internacional para implementar la Agenda Coordinada de
Acción.
3. Medidas Legislativas
3.1. Recomendar la incorporación
a la legislación nacional, cuando sea necesario y con carácter prioritario, de
disposiciones reglamentarias sobre los siguientes aspectos:
3.1.1. Tenencia, ocultamiento,
usurpación, porte y uso de armas pequeñas y ligeras.
3.1.2. Fabricación,
importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación,
transporte, marcaje, registro y control de armas pequeñas y ligeras.
3.1.3. Control efectivo de
fabricantes, comercializadores, intermediarios, financiadores y
transportadores de armas pequeñas y ligeras.
3.1.4. Incautación y
confiscación por parte del Estado de todas las armas pequeñas y ligeras
fabricadas, transportadas o que se encuentren en tránsito sin, o en
violación de, las licencias, permisos o autorizaciones escritas
correspondientes, así como la aplicación de las sanciones previstas en las
legislaciones nacionales.
3.1.5. Lavado de activos
vinculados al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus
aspectos.
3.2. Tipificar como delito penal
bajo la legislación nacional la fabricación, importación, exportación,
transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia,
ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras,
incluidas las armas de fabricación casera.
3.3. Promover la armonización
legislativa y el establecimiento de estándares mínimos para regular la
fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización,
intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso
ilícitos de armas pequeñas y ligeras.
3.4. Impulsar la adopción de las
medidas de carácter legislativo o de otra naturaleza necesarias para combatir
los delitos relacionados con el terrorismo, el problema mundial de las drogas y
la corrupción, vinculados con el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras
en todos sus aspectos.
4. Medidas Operativas y de
Fortalecimiento Institucional
4.1. Recomendar el diseño e
implementación, por parte de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto
Focal Nacional-, de un Plan Nacional sobre la materia.
4.2. Establecer o desarrollar las
bases de datos nacionales y los sistemas de comunicación, incluidos los
equipos especializados, para monitorear y controlar la fabricación,
importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación,
transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas
pequeñas y ligeras en el territorio nacional y a través de las fronteras, de
conformidad con el Plan Operativo para la Implementación de la presente Agenda.
4.3. Desarrollar o mejorar los
programas nacionales de capacitación para fortalecer a las instituciones
responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de la presente
Agenda Coordinada de Acción.
4.4. Establecer, de considerarlo
necesario, grupos de trabajo especializados conformados por las autoridades
nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal aplicación de la
presente Agenda Coordinada de Acción.
4.5. Fortalecer la capacidad de
la Secretaría General de la Comunidad Andina para coordinar la implementación
de la Agenda Coordinada de Acción, a través de la unidad responsable.
4.6. Apoyar y promover programas
de intercambio y capacitación entre la Secretaría General, los Comités de
Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y líderes comunitarios o
representantes de la sociedad civil, dirigidos a fortalecer su capacidad y a
asegurar un diálogo constructivo que se traduzca en acciones concretas.
4.7. Propiciar el eficaz
aprovechamiento del conocimiento y la experiencia acumulados, incluidos aquellos
de la sociedad civil, para abordar el problema del tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.
4.8. Promover la cooperación
subregional entre las instituciones nacionales responsables de velar por el
cumplimiento y cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción,
así como con otras agencias e instituciones internacionales pertinentes, con el
fin de combatir el crimen transnacional, incrementar la seguridad y fomentar la
comprensión mutua entre las comunidades fronterizas. Dicha cooperación
podría incluir, entre otras acciones, el fortalecimiento de las medidas del
fomento de la confianza en la subregión andina.
4.9. Propiciar el desarrollo de
la capacidad de investigación a nivel subregional para apoyar a los Comités de
Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, mediante la puesta en marcha
de programas de investigación, a mediano y largo plazo, sobre la materia.
5. Control, Confiscación,
Sanción, Distribución, Recolección y Destrucción
5.1. Fortalecer la capacidad de
las instituciones nacionales competentes para controlar y dar cuenta de las
armas en posesión del Estado, a través de, entre otros, la verificación y
actualización de sus registros y/o inventarios de armas pequeñas y ligeras.
5.2. Asegurar la estricta
rendición de cuentas al organismo nacional competente y el seguimiento efectivo
de todas las armas distribuidas y de propiedad del Estado.
5.3. Garantizar el almacenamiento
seguro de las armas en posesión del Estado.
5.4. Establecer un mecanismo
efectivo para el almacenamiento de las armas pequeñas y ligeras ilícitas
confiscadas o recuperadas por el Estado, en espera del resultado de las
investigaciones que las liberarán para su destrucción o, de considerarlo
pertinente, su traspaso al Estado.
5.5. Identificar y destruir
inventarios excedentes u obsoletos de armas pequeñas y ligeras en posesión del
Estado.
5.6. Garantizar y mantener
actualizado el registro de importadores, comercializadores, intermediarios y
armeros de armas pequeñas y ligeras, que permita el control de estos agentes y
de sus operaciones comerciales en la Subregión, así como de las empresas de
seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y
ligeras para su normal operación y, las personas naturales.
5.7. Garantizar la estricta
rendición de cuentas al organismo nacional competente y el control efectivo de
todas las armas de propiedad, porte y tenencia de fabricantes, importadores,
comercializadores, intermediarios, armeros y usuarios, incluidas las empresas
de seguridad privada, mineras y otras que requieren el uso de armas pequeñas y
ligeras para su normal operación y, las personas naturales.
5.8. Propiciar el trabajo
conjunto entre las instituciones responsables de velar por el cumplimiento y
cabal aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción y las comunidades
locales, con el propósito de identificar y erradicar los almacenamientos
ilegales de armas.
5.9. Promover programas
voluntarios de entrega y recolección de armas.
5.10. Asegurar la destrucción de
las armas ilícitas recolectadas o incautadas o, de considerarlo pertinente, su
traspaso al Estado.
5.11. Promover programas de
legalización de armas pequeñas y ligeras, con el propósito de incrementar y
actualizar las bases de datos nacionales.
6. Intercambio, Archivo y
Actualización de la Información
6.1. Difundir las políticas,
reglamentos y legislación relacionados con las armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos.
6.2. Promover el intercambio de
información y la uniformidad de las bases de datos nacionales, a través de los
Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la unidad
responsable de la Secretaría General.
6.3. Fomentar, de considerarlo
necesario, el intercambio de información entre los Comités de Coordinación
Nacional -Puntos Focales Nacionales- y las instituciones nacionales
responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes
sobre, entre otros, los individuos, las organizaciones criminales y sus
asociados, los tipos de armas pequeñas y ligeras, las fuentes, las rutas de
distribución, los destinos, métodos de transporte y apoyo financiero de
dichas organizaciones o individuos. El intercambio de información podrá
enfocar, asimismo, actividades criminales como el terrorismo y el tráfico de
drogas ilícitas vinculados con la materia.
7. Conciencia Ciudadana
7.1. Propiciar el desarrollo de
una cultura de paz.
7.2. Diseñar e implementar
programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre la
problemática de las armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos,
que involucren a todos los sectores de la sociedad.
7.3. Diseñar e implementar
programas de educación y de generación de conciencia ciudadana sobre el
manejo, almacenamiento y uso responsables de las armas de fuego.
7.4. Promover la inclusión de,
así como la cooperación con, todos los sectores de la sociedad, incluido el
sector empresarial, para prevenir y erradicar el problema de las armas pequeñas
y ligeras ilícitas en todos sus aspectos.
ANEXO III
PLAN OPERATIVO PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA COORDINADA DE ACCIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA
Introducción
De conformidad con los objetivos
consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos y su Agenda
Coordinada de Acción adoptados en junio de 2003, el presente Plan Operativo
establece las acciones comunitarias dirigidas a desarrollar las capacidades
técnicas e institucionales de nuestras sociedades para afrontar de manera
integral la problemática vinculada con las armas pequeñas y ligeras en todos
sus aspectos, así como para promover y facilitar la cooperación y el
intercambio de información y experiencias al interior de la Subregión, a fin
de garantizar el compromiso creciente y sostenido de los Países Miembros de la
Comunidad Andina con el logro de dichos objetivos.
PLAN OPERATIVO
1. Marco institucional
Los Países Miembros acordaron:
1.1 “Promover la búsqueda
compartida de soluciones sustentables a la problemática planteada por el
tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, a través
de la implementación sostenida de acciones concertadas y coordinadas de mediano
y largo plazo.”
1.2 “Establecer y hacer
operativo un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- en cada
País Miembro, responsable de diseñar e implementar las medidas necesarias para
encarar dicha problemática y velar por la cabal ejecución de la Agenda
Coordinada de Acción a nivel nacional.”
Ejecución:
Los Países Miembros se
comprometen a establecer un Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal
Nacional-, en un plazo de cuatro meses a partir de la suscripción de la Agenda
Coordinada de Acción.
Para tales efectos, los Países
Miembros realizarán, en un plazo máximo de tres meses a partir de la
suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, un seminario/taller o reuniones
interinstitucionales dirigidas a establecer y fortalecer el Comité de
Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional- sobre armas pequeñas y ligeras
en todos sus aspectos. Dicho Comité contará con las siguientes funciones:
a) Coordinar con la Secretaría
General la ejecución de la Agenda Coordinada de Acción;
b) Coordinar y trabajar
conjuntamente con los otros Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales
Nacionales-;
c) Coordinar y trabajar
conjuntamente con la sociedad civil;
d) Facilitar el intercambio y
la difusión de información;
e) Conducir y facilitar la
investigación de los temas previamente decididos por el Comité;
f) Identificar y aprovechar las
experiencias adquiridas;
g) Incrementar la capacidad
para abordar de manera sostenible el problema de las armas pequeñas y
ligeras; y,
h) Las demás funciones que
estime pertinente.
1.3 “Encomendar a la unidad
responsable en la Secretaría General de la Comunidad Andina, de conformidad
con los mandatos establecidos en el Compromiso de Lima, la coordinación
subregional de la Agenda Coordinada de Acción.”
Ejecución:
La Secretaría General de la
Comunidad Andina, particularmente la unidad responsable, actuará como
Secretaría Técnica y tendrá las siguientes funciones:
a) Promover, en coordinación
con el Comité Operativo, la ejecución de la Agenda Coordinada de Acción,
incluida la programación anual de reuniones y de trabajos conjuntos;
b) Coordinar y trabajar
conjuntamente con los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales
Nacionales-;
c) Trabajar conjuntamente con
las organizaciones regionales e internacionales pertinentes;
d) Elaborar un inventario de
las líneas de cooperación existentes en la materia y canalizar tal
información a los Países Miembros a través del Comité Operativo y de los
Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-;
e) Apoyar la coordinación y el
trabajo conjunto con la sociedad civil;
f) Apoyar el intercambio y la
difusión de información;
g) Promover y facilitar la
investigación de acuerdo con los requerimientos del Comité Operativo;
h) Identificar y aprovechar las
experiencias adquiridas; e,
i) Fortalecer la capacidad para
abordar de manera sostenible el problema de las armas pequeñas y ligeras en
todos sus aspectos.
2. Cooperación y Coordinación
Subregional
Los Países Miembros acordaron:
2.1 “Asegurar la
sostenibilidad, en el mediano y largo plazo, de su compromiso con el logro de
los objetivos consagrados en el Plan Andino para la Prevención, Combate y
Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus
aspectos, a través de la unidad responsable en la Secretaría General.”
Ejecución:
Los Países Miembros, con el
apoyo de la Secretaría General, sostendrán una Conferencia Ministerial
anual, de preferencia en el país que ejerza la Presidencia de la Comunidad
Andina, con el objeto de evaluar los avances en la implementación del Plan
Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de
Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, y de formular los lineamientos
para seguir impulsando su ejecución.
2.2 “Elaborar, implementar y
sustentar una estrategia integral para el combate contra la proliferación y
tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, la cual deberá tomar en cuenta
los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de
dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial
de las drogas, así como el objetivo de mediano y largo plazo de alcanzar la
paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión.”
Ejecución:
Se desarrollarán, entre otras,
las siguientes actividades:
a) La Secretaría General, con
la asistencia de los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales-, elaborará planes anuales a fin de implementar la
Agenda Coordinada de Acción.
b) Realizar un foro anual de
reflexión y debate de las debilidades y fortalezas para la implementación de
la Agenda Coordinada de Acción. Dicho foro se celebrará, sucesivamente, en
cada uno de los Países Miembros y reunirá a participantes provenientes de
los Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales-, la
Secretaría General y otras organizaciones internacionales pertinentes, así
como expertos y representantes de la sociedad civil.
c) La Conferencia Ministerial
mencionada en la ejecución del numeral 2.1, también estará dirigida a
evaluar los resultados de la estrategia comunitaria y a formular lineamientos
para seguir impulsándola.
d) Apoyo a la investigación y
a los programas educativos que tienen por objeto mejorar la comprensión de la
sociedad en su conjunto, de los vínculos existentes entre la proliferación
de armas pequeñas y los conflictos, así como entre el control de dichas
armas y la paz, la estabilidad y el bienestar subregionales.
e) Apoyo a los proyectos de
desarrollo a todo nivel susceptibles de reducir la demanda local de armas
pequeñas y ligeras y de brindar alternativas viables de progreso a los
habitantes de las zonas fronterizas.
2.3 “Promover la cooperación
y el intercambio de información entre los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales-, las instituciones responsables de velar por el
cumplimiento y cabal aplicación de las leyes y del presente Plan, y las
organizaciones internacionales pertinentes vinculadas a la materia, con el
propósito de abordar de manera coordinada la problemática de la
proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”
Ejecución:
Promover la cooperación y el
intercambio de información mediante, entre otros:
a) La realización de un
seminario/taller anual para el personal de los Comités de Coordinación
Nacional -Puntos Focales Nacionales- y la Secretaría General de la Comunidad
Andina, dirigido a promover los trabajos conjuntos y a evaluar la estrategia
común del presente Plan.
b) La publicación y difusión,
por parte de la Secretaría General, de un Boletín Semestral -el cual podría
inclusive ser virtual- que sirva como un medio para el intercambio de
información e ideas entre los Comités de Coordinación Nacional -Puntos
Focales Nacionales-, las autoridades nacionales responsables de velar por el
cumplimiento y la cabal aplicación del presente Plan Andino en la Subregión,
organizaciones internacionales pertinentes y la sociedad civil.
c) La promoción de programas
de intercambio de personal entre los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales- y con otras agencias y organizaciones, incluidas
las de la sociedad civil, con el propósito de compartir información y
experiencias.
d) La promoción activa de
trabajos conjuntos e intercambio de información entre los Comités de
Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y centros académicos,
institutos especializados, centros de investigación, el sector empresarial,
líderes y expertos de las comunidades locales, y otras fuentes de
conocimiento sobre la materia.
e) La creación de un mecanismo
de diálogo con la sociedad civil por parte de los Comités de Coordinación
Nacional -Puntos Focales Nacionales-, mediante el cual las instituciones,
organizaciones y representantes de la sociedad civil interesados puedan
interactuar con el objeto de incrementar la cooperación y el intercambio de
información.
2.4 “Cooperar con los
expertos y con representantes de la sociedad civil interesados en la materia,
con el fin de prevenir, combatir y erradicar el problema de la proliferación
y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”
Ejecución:
Promover la cooperación
mediante, entre otros:
a) Recomendar a la sociedad
civil que incorpore la temática de las armas pequeñas y ligeras en la agenda
de sus encuentros subregionales pertinentes que aborden, entre otros, los
siguientes aspectos de la seguridad: desarrollo socio-económico;
gobernabilidad y corrupción; inestabilidad política y terrorismo;
resolución de conflictos; lucha contra el crimen organizado; lucha contra el
problema mundial de las drogas; refugiados y migraciones, etc.
b) El intercambio de
información y de experiencias adquiridas entre expertos, representantes de
la sociedad civil y otras instituciones de la Subregión involucradas en la
materia.
c) El apoyo a las iniciativas
del sector empresarial, de las comunidades locales y de otros actores
involucrados, dirigidos a disminuir la dinámica de la proliferación de armas
pequeñas y ligeras así como a minimizar sus efectos en la sociedad.
d) La realización de una
reunión consultiva anual de la Secretaría General con expertos,
representantes de la sociedad civil, del sector empresarial y de comunidades
locales, dirigida a intercambiar experiencias sobre temas y actividades
relacionados con la problemática de las armas pequeñas y ligeras en todos
sus aspectos, con miras a preparar la Conferencia Ministerial de evaluación
sobre el particular.
2.5 “Promover la búsqueda
conjunta de apoyo internacional para implementar la Agenda Coordinada de
Acción.”
Ejecución:
La Secretaría General de la
Comunidad Andina gestionará ante los países amigos y organismos
internacionales cooperantes los recursos técnicos y financieros para apoyar el
desarrollo del marco institucional y la ejecución de la Agenda Coordinada de
Acción, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Anexo IV del
presente Plan Operativo.
Los Países Miembros, de acuerdo
a sus capacidades, contribuirán a financiar las actividades de sus Comités
de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y reforzarán el
presupuesto institucional de la Secretaría General de la Comunidad Andina en lo
pertinente.
3. Medidas Legislativas
Los Países Miembros acordaron:
3.1 “Recomendar la
incorporación a la legislación nacional, cuando sea necesario y con carácter
prioritario, disposiciones reglamentarias sobre los siguientes aspectos:
3.1.1 Tenencia, ocultamiento,
usurpación, porte y uso de armas pequeñas y ligeras.
3.1.2 Fabricación,
importación, exportación, transferencia, comercialización,
intermediación, transporte, marcaje, registro y control de armas pequeñas
y ligeras.
3.1.3 Control efectivo de
fabricantes, comercializadores, intermediarios, financiadores y
transportadores de armas pequeñas y ligeras.
3.1.4 Incautación,
confiscación y sanción por parte del Estado de todas las armas pequeñas y
ligeras fabricadas, transportadas o que se encuentren en tránsito sin, o en
violación de, las licencias, permisos o autorizaciones escritas
correspondientes, así como aplicar la sanción prevista en las legislaciones
nacionales.
3.1.5 Lavado de activos
vinculados al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus
aspectos.”
3.2 “Tipificar como delito
penal bajo la legislación nacional la fabricación, importación, exportación,
transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia,
ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras,
incluidas las armas de fabricación casera.”
3.3 “Promover la armonización
legislativa y el establecimiento de estándares mínimos para regular la
fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización,
intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso
ilícitos de armas pequeñas y ligeras.”
3.4 “Impulsar la adopción de
las medidas de carácter legislativo o de otra naturaleza necesarias para
combatir los delitos relacionados con el problema mundial de las drogas, el
terrorismo y la corrupción, vinculados con el tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”
Ejecución:
a) Los Países Miembros se
comprometen a remitir a la Secretaría General, en un plazo máximo de un mes
a partir de la suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, copias de la
legislación nacional vigente sobre la fabricación, importación,
exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte,
tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas
y ligeras en todos sus aspectos.
b) La Secretaría General, en
un plazo máximo de tres meses a partir de la suscripción de la Agenda
Coordinada de Acción, realizará un estudio comparativo de las mencionadas
legislaciones nacionales y elaborará una propuesta para el establecimiento
de estándares mínimos a nivel subregional.
c) La Secretaría General
realizará, en colaboración con los Comités de Coordinación Nacional
-Puntos Focales Nacionales- y en un plazo máximo de seis meses a partir de la
suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, un seminario/taller
subregional dirigido a establecer los estándares mínimos requeridos en las
legislaciones nacionales y a diseñar un programa para la revisión de las
legislaciones, monitoreo de los avances y plazos para la implementación de
las acciones contempladas en los numerales 3.2, 3.3 y 3.4 de la Agenda
Coordinada de Acción. Asimismo, el seminario/taller estará dirigido a
evaluar el establecimiento de un mecanismo de control comunitario sobre el
problema de las armas pequeñas y ligeras, así como de un programa para la
lucha contra la corrupción, en un plazo máximo de nueve meses a partir de la
suscripción de la Agenda Coordinada de Acción. Las conclusiones y
recomendaciones del seminario/taller deberán ser presentadas a la
consideración de la Conferencia Ministerial de evaluación.
d) Los Países Miembros se
comprometen además, en un plazo máximo de dieciséis meses a partir de la
suscripción de la Agenda Coordinada de Acción, a revisar sus legislaciones
nacionales correspondientes con el propósito de verificar la incorporación
a las mismas de todas las disposiciones recomendadas en los numerales 3.2, 3.3
y 3.4 de la mencionada Agenda, tomando en cuenta los estándares mínimos
establecidos de conformidad con el numeral 3.1, de acuerdo con los mecanismos
legales y constitucionales vigentes en cada País.
4. Medidas Operativas y de
Fortalecimiento Institucional
Los Países Miembros acordaron:
4.1 “Recomendar el diseño e
implementación, por parte de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto
Focal Nacional-, de un Plan Nacional sobre la materia.”
Ejecución:
Los Países Miembros diseñarán
e implementarán, a través de cada Comité de Coordinación Nacional -Punto
Focal Nacional- y de considerarlo necesario, un Plan Nacional sobre la materia.
Para tales efectos, solicitarán el apoyo técnico y financiero a la comunidad
internacional.
4.2 “Establecer o desarrollar
las bases de datos nacionales y los sistemas de comunicación, incluidos los
equipos especializados, para monitorear y controlar la fabricación,
importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación,
transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas
pequeñas y ligeras en el territorio nacional y a través de las fronteras, de
conformidad con el Plan Operativo para la Implementación de la presente
Agenda.”
4.3 “Desarrollar o mejorar los
programas nacionales de capacitación para fortalecer a las instituciones
responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de la presente
Agenda Coordinada de Acción.”
4.4 “Establecer, de
considerarlo necesario, grupos de trabajo especializados conformados por las
autoridades nacionales responsables de velar por el cumplimiento y cabal
aplicación de la presente Agenda Coordinada de Acción.”
Ejecución:
En un plazo máximo de cuatro
meses a partir de su establecimiento, cada Comité de Coordinación Nacional
-Punto Focal Nacional- realizará tres reuniones interinstitucionales
dirigidas a identificar los requerimientos de capacitación y posibles programas
sobre el particular; el establecimiento de la base de datos nacional; y, el
fortalecimiento o desarrollo de los sistemas de comunicación.
Las mencionadas bases de datos
estarán situadas en cada Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal
Nacional- e incluirán, sin limitarse a, la siguiente información sobre:
fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización,
intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso
ilícitos de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; igualmente,
aquellas robadas, perdidas, incautadas y recuperadas, así como las destruidas y
programadas para su destrucción. Cada Comité de Coordinación Nacional -Punto
Focal Nacional- informará a la Secretaría General sobre las acciones que
emprenderá para poner en marcha sus programas de capacitación y de
instalación de la base de datos nacional.
4.5 “Fortalecer la capacidad de
la Secretaría General de la Comunidad Andina para coordinar la implementación
de la Agenda Coordinada de Acción, a través de la unidad responsable.”
4.6 “Apoyar y promover
programas de intercambio y capacitación entre la Secretaría General, los
Comités de Coordinación Nacional -Puntos Focales Nacionales- y líderes
comunitarios o representantes de la sociedad civil, dirigidos a fortalecer su
capacidad y a asegurar un diálogo constructivo que se traduzca en acciones
concretas.”
4.7 “Propiciar el eficaz
aprovechamiento del conocimiento y la experiencia acumulados, incluidos
aquellos de la sociedad civil, para abordar el problema del tráfico ilícito de
armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.”
Ejecución:
Para tales efectos, los Países
Miembros se comprometen a:
a) Realizar un seminario/taller
subregional por año, dirigido a fortalecer la capacidad de todos los actores
vinculados con la implementación de la Agenda Coordinada de Acción, con el
fin de intercambiar ideas y revisar las metodologías acordadas. Dichos
seminarios/talleres se celebrarán, sucesivamente, en cada uno de los Países
Miembros y reunirán a participantes provenientes de los Puntos Focales
Nacionales -Comité de Coordinación Nacional- y de la Secretaría