DECISION 531
Modificación del artículo 2 de la Decisión 530
EL CONSEJO ANDINO DE
MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, EN REUNION AMPLIADA,
VISTOS: Los
Artículos 20, literal b), y 32 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 5 y 6
del Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en las
Decisiones 409 y 426 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores,
y la Decisión 530 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1 de la Decisión 530 del 7 de julio de 2002 el Consejo
Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en reunión ampliada, decidió
elegir al Señor Guillermo Fernández de Soto como Secretario General de la
Comunidad Andina;
Que
el artículo 2 de la Decisión 530 señala que el Secretario General electo
asumirá su cargo a más tardar el día 16 de setiembre de 2002; y,
Que, por motivos de índole particular es
necesario modificar el artículo 2 de la Decisión 530;
DECIDE:
Artículo
único.- Modificar el artículo 2 de la Decisión 530 de la siguiente manera:
“Artículo
2.- El Secretario General electo asumirá su cargo a más tardar el día 19 de
setiembre de 2002.”
Dada
en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, a los catorce días
del mes de setiembre del año dos mil dos.