DECISION 525
Características técnicas específicas mínimas de nomenclatura y seguridad del
Pasaporte Andino
EL CONSEJO ANDINO DE
MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,
VISTOS: Los Artículos 3 y 16 del
Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 458 y 504 del Consejo Andino de Ministros
de Relaciones Exteriores sobre Lineamientos de Política Exterior Común y sobre
la Creación del Pasaporte Andino; y la Propuesta 71/Rev. 1 de la Secretaría
General;
CONSIDERANDO: Que los Países
Miembros se han fijado como meta constituir el Mercado Común Andino a más
tardar en el año 2005;
Que la decisión soberana de cada
uno de los Países Miembros de crear el Pasaporte Andino, formalizada mediante
la Decisión 504 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, es un
paso de trascendental importancia en la construcción de una comunidad de
ciudadanos andinos y para la identificación internacional de la Comunidad
Andina como un conjunto de países comprometidos con un proyecto integrador
común;
Que la Decisión 504 dispone que el
Pasaporte Andino expedido por cada País Miembro debe basarse en un modelo
uniforme y contener características mínimas armonizadas en cuanto a
nomenclatura y elementos de seguridad, basadas en las recomendaciones de la
OACI;
Que, durante el XI Consejo
Presidencial Andino reunido en Cartagena en mayo de 1999, los Presidentes
acordaron disponer que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
adoptara las medidas necesarias a fin de que el Comité Andino de Migraciones
desarrollara una agenda de trabajo con especial énfasis en la armonización,
simplificación y unificación de los procedimientos migratorios, la homologación
de los documentos de identificación y circulación entre los Países Miembros,
así como el establecimiento de los mecanismos de intercambio de información y
coordinación entre las autoridades, con miras a avanzar, teniendo en cuenta la
situación particular de cada país, hacia la facilitación en la movilización de
las personas en la subregión andina, a más tardar en el año 2005;
Que, en el XIII Consejo Presidencial Andino reunido en
Carabobo en junio de 2001, los Jefes de Estado de los Países Miembros
instruyeron al Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM) que, con el
apoyo de la Secretaría General, eleve a consideración del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, a más tardar en diciembre de 2001, las
propuestas sobre la armonización de la legislación migratoria para estudiantes,
personas de negocios, inversionistas, artistas y deportistas; y del régimen
uniforme sobre las características técnicas específicas del Pasaporte Andino;
Que el Comité Andino de
Autoridades de Migración (CAAM) en su VI Reunión Ordinaria, recomendó a la
Secretaría General elevar ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores el anteproyecto de Decisión sobre las características técnicas
específicas mínimas de nomenclatura y seguridad del Pasaporte Andino;
TOMANDO EN CUENTA: El contenido de
la parte B del Capítulo 3 del Anexo 9 al Convenio de Chicago relativo a las
normas y métodos recomendados sobre Facilitación, y el Documento 9303 de la
Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre Documentos de Viaje
de Lectura Mecánica;
DECIDE:
Artículo 1.- El Pasaporte Andino
expedido por cada uno de los Países Miembros será acorde con la normativa
recomendada por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en
materia de documentos de viaje y contendrá como mínimo las especificaciones
técnicas de nomenclatura y seguridad contenidas en el Anexo I de la presente
Decisión.
Artículo 2.- Queda bajo la
potestad soberana de los Países Miembros, la incorporación en el Pasaporte Andino
de nomenclatura y elementos de seguridad adicionales a los establecidos por la
presente Decisión, según sus respectivas legislaciones.
Artículo 3.- El Pasaporte Andino
deberá contener una zona de lectura mecánica, acorde con las recomendaciones de
la OACI.
Artículo 4.- Las características
de seguridad adicionales a las mencionadas en el Anexo I de esta Decisión, que
los Países Miembros decidan incorporar al Pasaporte Andino para evitar su
falsificación, imitación fraudulenta o uso por impostores, no deberán
interferir con la lectura mecánica.
Artículo 5.- Los Países Miembros
expedirán el Pasaporte Andino con una validez inicial de por lo menos cinco (5)
años.
Artículo 6.- Los Países Miembros
emitirán un Pasaporte Andino para cada titular, evitando la expedición de
pasaportes comunes a los cónyuges o la inclusión de menores de edad en los
pasaportes de los padres.
Artículo 7.- La presente Decisión
entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del
Acuerdo de Cartagena.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera.- El Comité Andino de
Autoridades de Migración (CAAM) realizará un seguimiento semestral sobre el
desarrollo alcanzado por cada País Miembro, en la puesta en práctica de lo
previsto en la presente Decisión, hasta la plena instrumentación del Pasaporte
Andino.
Segunda.- Los Pasaportes
Nacionales expedidos antes de la entrada en vigencia de la presente Decisión
mantendrán plena validez hasta la fecha de su caducidad.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes
de julio del año dos mil dos.
ANEXO
I
NORMAS BÁSICAS DE NOMENCLATURA Y SEGURIDAD DEL PASAPORTE ANDINO
1. Características físicas del
Pasaporte Andino:
1.1.- El
Pasaporte Andino será de tal naturaleza que cualquier deformación debida al uso
normal pueda alisarse con el dispositivo de lectura sin menoscabar el uso de
los mismos, ni el funcionamiento del dispositivo de lectura.
1.2.- El
Pasaporte Andino no presentará riesgos de toxicidad en caso de uso normal.
1.3.- El
Pasaporte Andino será resistente a los efectos químicos inherentes a una
manipulación y uso normales, salvo cuando se le haya dotado de sensibilidad
química por razones de seguridad.
1.4.- El
Pasaporte Andino se podrá leer mecánicamente a temperaturas que oscilen entre
-10ºC y +50ºC. No deberá perder su fiabilidad en caso de quedar almacenado a
temperaturas que oscilen entre -35ºC y +80ºC.
1.5.- El
Pasaporte Andino se podrá utilizar con una humedad relativa ambiente del 5% al
95%, a una temperatura máxima de bulbo húmedo de 25ºC. No deberá perder su
fiabilidad en caso de quedar almacenado a una humedad relativa ambiente del 0%
al 100%.
1.6.- El
Pasaporte Andino será resistente al deterioro provocado por la exposición a la
luz a que esté sometido durante el uso normal.
1.7.- El
Pasaporte Andino será, siempre que sea posible, elaborado con materiales
controlados que no puedan ser adquiridos sino para uso oficial.
2. Página de Datos del Pasaporte
Andino.
2.1.- La
página de datos del Pasaporte Andino medirá 88,00 mm x 125,00 mm, y su espesor
será de un mínimo de 0,25 mm y un máximo de 0,90 mm.
2.2.- La
página de datos del Pasaporte Andino estará en la primera o en la última hoja
del pasaporte. La Zona de Lectura Mecánica del Pasaporte Andino estará situada
adyacente al borde exterior de la libreta, en paralelo al lomo de la misma.
2.3.- La
página de datos del Pasaporte Andino contendrá, como mínimo, la siguiente
información:
Datos
|
Especificaciones
|
|
Estado expedidor
|
Nombre del País que expide el pasaporte
|
|
Nombre del Documento
|
Se colocará la palabra PASAPORTE
|
|
Tipo de Documento
|
Se colocará la letra P para designar un
pasaporte de lectura mecánica.
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|
País expedidor (en clave)
|
Se utilizará la clave de tres letras
(BOL-COL-ECU-PER-VEN)
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|
Número de pasaporte
|
Asignado por el País expedidor.
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|
Apellidos y nombres del titular.
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|
La nacionalidad del titular.
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Fecha de Nacimiento
|
Fecha de nacimiento del titular.
Se anotará según el formato dd/mm/aa
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|
Sexo
|
Femenino: F; Masculino: M.
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Fecha de expedición
|
Fecha
de expedición del pasaporte de lectura mecánica.
Se anotará según el formato dd/mm/aa
|
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|
Indicar la autoridad u oficina expedidora.
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|
El que asigne el país miembro expedidor para
identificar el documento.
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|
Lugar de nacimiento
|
Lugar de nacimiento del titular.
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|
Fecha de caducidad
|
Fecha de caducidad del pasaporte de lectura
mecánica.
Se anotará según el formato dd/mm/aa
|
|
Firma o marca habitual del titular
|
La firma del titular o su marca habitual.
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|
Retrato del titular
|
El retrato será en colores y cubrirá el área
de 45,0 mm x 35,0 mm que se le reserva. La representación de la cabeza desde
el mentón hasta la coronilla ocupará entre el 70 y el 80% de la dimensión vertical
de la zona del retrato. Si el Estado expedidor lo desea, esta casilla podrá
incorporar uno o más elementos de seguridad a condición de que no se ofusque
el retrato.
|
2.4.- Modelo
recomendado de ubicación de datos en la página de datos del Pasaporte Andino:
Este modelo, que no está a escala, es únicamente referencial y contiene
los datos mínimos obligatorios que debe contener el Pasaporte Andino. Cada País
Miembro podrá redimensionar las casillas de datos.

2.5.- Los
títulos de los datos que se consignarán en la página de datos serán colocados
en español e inglés.
3. Zona de Lectura Mecánica del
Pasaporte Andino.
3.1.- El
Pasaporte Andino incorporará una zona de lectura mecánica, cuya composición se
regirá por las especificaciones contenidas en el Documento 9303 de la OACI,
Parte I.
3.2.- En
la zona de lectura mecánica se anotarán los datos correspondientes en el tipo
de letra mayúscula OCR-B, tamaño 1, de anchura de letra constante y una
separación entre caracteres de 2,54 mm.
3.3.- En
la zona de lectura mecánica del Pasaporte Andino se utilizarán exclusivamente
los siguientes caracteres:
A B C D E F G H I J K
L M N O P Q R S T U V W X Y Z < 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
3.4.- La
Zona de Lectura Mecánica del Pasaporte Andino estará compuesta por dos (2)
líneas de cuarenta y cuatro caracteres cada una.
3.5.- La
primera línea de la zona de lectura mecánica del Pasaporte Andino estará
compuesta por los datos siguientes, que ocuparán la posición indicada:
|
Posición de caracteres
|
Elemento de datos
|
Especificaciones
|
|
1 y 2
|
Tipo de documento
|
Se colocará la letra mayúscula “P”, seguida
del carácter de relleno (<).
|
|
3 a 5
|
País expedidor
|
Se utilizará la clave de tres letras
(BOL-COL-ECU-PER-VEN).
|
|
6 a 44
|
Apellidos y nombres del titular
|
El primer y segundo apellido, así como el
primer y segundo nombre irán separados por un carácter de relleno (<). El
apellido y el nombre irán separados por dos caracteres de relleno (<<).
|
3.6.- La
segunda línea de la zona de lectura mecánica del Pasaporte Andino estará
compuesta por los datos siguientes, que ocuparán la posición indicada:
|
Posición de caracteres
|
Elemento de datos
|
Especificaciones
|
|
1 al 9
|
Número del pasaporte
|
El número que haya otorgado el País
expedidor. El carácter de relleno (<) seguirá al número y se repetirá
hasta la posición 9 como corresponda.
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|
10
|
Dígito de verificación del número del
pasaporte
|
Se calculará según método especificado en el
Documento 9303, Parte I, de la OACI.
|
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11 a 13
|
Nacionalidad
|
Se utilizara la clave de tres letras (BOL-COL-ECU-PER-VEN)
|
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14 a 19
|
Fecha de Nacimiento del titular
|
La disposición es AAMMDD
AA= año (2 espacios)
MM= mes (2 espacios)
DD= día (2 espacios)
|
|
20
|
Dígito de Verificación de la fecha de
nacimiento
|
Se calculará según método especificado en el
Documento 9303, Parte I, de la OACI.
|
|
21
|
|
F= femenino; M= masculino.
|
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22 a 27
|
Fecha de expiración del pasaporte
|
La disposición es AAMMDD
AA= año (2 espacios)
MM= mes (2 espacios)
DD= día (2 espacios)
|
|
28
|
Dígito de Verificación de la fecha de
expiración del pasaporte
|
Se calculará según método especificado en el
Documento 9303, Parte I, de la OACI
|
|
29 a 42
|
Número de documento de identificación
personal u otros datos discrecionales. La utilización o no de estas casillas
queda a discreción del País expedidor
|
Cuando no se utilice esta casilla, los
caracteres del 29 al 42 serán ocupados por el carácter de relleno <.
|
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43
|
Dígito de Verificación
|
Se calculará según método especificado en el
Documento 9303, Parte I, de la OACI .
|
|
44
|
Dígito de Verificación General
|
Se calculará según método especificado en el
Documento 9303, Parte I, de la OACI
|
4. Elementos mínimos de Seguridad del
Pasaporte Andino.
4.1.- La
portada del Pasaporte Andino será elaborada con materiales resistentes a la
manipulación.
4.2.- El
Pasaporte Andino será elaborado con un papel con un alto porcentaje de pasta de
trapo o pulpa de madera.
4.3.- El
hilo para realizar la costura de las páginas del Pasaporte Andino deberá ser
100% algodón, con fluorescente invisible de por lo menos un color.
4.4.- La
costura empleada en el Pasaporte Andino será en puntada recta con remate en los
extremos.
4.5.- El
papel utilizado para la elaboración del Pasaporte Andino contendrá una marca de
agua y reactivos de seguridad contra las manipulaciones de borrado químico.
4.6.- Los
datos personales, la fotografía y la firma del titular deberán incorporarse al
material básico de la página de datos del Pasaporte Andino, preferentemente
mediante impresión mecanizada o automatizada.
4.7.- La
página de datos del Pasaporte Andino será laminada.
4.8.- A
partir de la página número 3, todas las páginas del Pasaporte Andino contendrán
una numeración perforada.
4.9.-
Preferentemente las páginas del Pasaporte Andino estarán numeradas con
tinta fluorescente bajo luz ultravioleta.
* * * * *