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INVERSIONES
GUÍA
PARA
ESTABLECER
UNA
EMPRESA
MULTINACIONAL
ANDINA
(EMA)
Bolivia
El Organismo Nacional competente encargado
del registro y constitución de empresas de
sociedades anónimas, es la Fundación para el
Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), bajo la
tuición de la Superintendencia de Empresas.
FUNDEMPRESA, lleva el registro de las EMAs
conforme a Ley.
En el caso boliviano la constitución de una
sociedad anónima está sujeta a la presentación
de los siguientes requisitos:
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1. |
Balance de Apertura firmado por el
representante legal y por profesional
autorizado, acompañando la solvencia
profesional de éste último. |
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2.
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Original o copia
legalizada del testimonio de la escritura
pública de constitución con la inserción del
acta de fundación de la sociedad que contenga
la resolución de aprobación de estatutos y
designación del directorio provisional.
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3. |
Estatuto de la sociedad que puede o no formar
parte de la escritura de constitución. (tanto
la constitución como los estatutos deben
elaborarse en el marco de lo previsto por los
artículos 127 y 217 al 355 del Código de
Comercio Boliviano). |
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4. |
Original o copia
legalizada del testimonio de poder otorgado a
favor del representante legal, cuando
corresponda. Si el representante es
extranjero, debe presentar el documento que
acredite su radicatoria en el país (únicamente
para su verificación). |
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5. |
Formulario de solicitud
otorgado en Ventanilla de Atención al Cliente.
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6. |
Publicación de un resumen de la escritura de
constitución en un periódico de circulación
nacional, debiendo el resumen contener al
menos: La introducción notarial, trasncripción
de las cláusulas establecidas en los incisos 1
al 7 del artículo 127 del Código de Comercio y
la conclusión y concordancia de la
intervención del notario de fe pública. Debe
adjuntarse en página completa. |
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7. |
Certificado de
depósito bancario emitido por cualquier
entidad financiera del país, en el que se
consigne el capital pagado en efectivo. La
cuenta corriente deberá estar a nombre de la
sociedad en formación, conforme a la
Resolución 002/2004 de 26 de enero de 2004
emitida por la Superintendencia de Bancos y
Entidades Financieras. |
Todo estos documentos deben ser legalizados
por las autoridades del país de origen, por el
Consulado boliviano y después por el
Ministerio Boliviano de Relaciones Exteriores
y Culto.
Los Reglamentos y los documentos de la empresa
deben ser legalizados ante Notario y los
socios o los accionistas deben firmar el acto
público respectivo.
Una copia del acto público después será
publicado en el periódico oficial, y deberá
ser registrado ante FUNDEMPRESA. |