INVERSIONES

GUÍA PARA ESTABLECER UNA EMPRESA MULTINACIONAL ANDINA (EMA)

Bolivia

El Organismo Nacional competente encargado del registro y constitución de empresas de sociedades anónimas, es la Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), bajo la tuición de la Superintendencia de Empresas.

FUNDEMPRESA, lleva el registro de las EMAs conforme a Ley.

En el caso boliviano la constitución de una sociedad anónima está sujeta a la presentación de los siguientes requisitos:
 
1.

Balance de Apertura firmado por el representante legal y por profesional autorizado, acompañando la solvencia profesional de éste último.

2.

Original o copia legalizada del testimonio de la escritura pública de constitución con la inserción del acta de fundación de la sociedad que contenga la resolución de aprobación de estatutos y designación del directorio provisional.

3.

Estatuto de la sociedad que puede o no formar parte de la escritura de constitución. (tanto la constitución como los estatutos deben elaborarse en el marco de lo previsto por los artículos 127 y 217 al 355 del Código de Comercio Boliviano).

4.

Original o copia legalizada del testimonio de poder otorgado a favor del representante legal, cuando corresponda. Si el representante es extranjero, debe presentar el documento que acredite su radicatoria en el país (únicamente para su verificación).

5. Formulario de solicitud otorgado en Ventanilla de Atención al Cliente.
6.

Publicación de un resumen de la escritura de constitución en un periódico de circulación nacional, debiendo el resumen contener al menos: La introducción notarial, trasncripción de las cláusulas establecidas en los incisos 1 al 7 del artículo 127 del Código de Comercio y la conclusión y concordancia de la intervención del notario de fe pública. Debe adjuntarse en página completa.

7.

Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, en el que se consigne el capital pagado en efectivo. La cuenta corriente deberá estar a nombre de la sociedad en formación, conforme a la Resolución 002/2004 de 26 de enero de 2004 emitida por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras.

Todo estos documentos deben ser legalizados por las autoridades del país de origen, por el Consulado boliviano y después por el Ministerio Boliviano de Relaciones Exteriores y Culto.

Los Reglamentos y los documentos de la empresa deben ser legalizados ante Notario y los socios o los accionistas deben firmar el acto público respectivo.

Una copia del acto público después será publicado en el periódico oficial, y deberá ser registrado ante FUNDEMPRESA.