Diálogo político
La Comunidad Andina y la Unión Europea
suscribieron el 30 de junio de 1996 en Roma
una
Declaración Conjunta sobre el Diálogo Político,
brindando en esta forma un marco institucional
al diálogo que mantenían en forma informal.
De acuerdo a la Declaración, el diálogo
giraría sobre asuntos birregionales e
internaciones de interés común, a través de la
celebración de reuniones, cuando sea
conveniente, entre el Presidente del Consejo
Presidencial Andino, la Presidencia de la UE y
el Presidente de la Comisión, así como
mediante encuentros entre los Ministros de
Relaciones Exteriores, otros ministros y
funcionarios.
Desde entonces se han realizado numerosas
reuniones, especialmente en el marco de los
encuentros ministeriales institucionalizados
de la Unión Europea y el Grupo de Río. En
ellas, además de intercambiar ideas sobre la
situación política y económica de ambas
regiones y las perspectivas de las relaciones
birregionales, se dan las grandes
orientaciones sobre los temas de interés
común. Cabe destacar que la iniciativa andina
de alcanzar un Acuerdo de Asociación entre
ambas regiones tomó forma, de manera
progresiva, a través de estos encuentros.
Durante la II Cumbre de Jefes de Estado y de
Gobierno de América Latina, Caribe y la Unión
Europea, realizada en Madrid (mayo 2002), la
CAN y la UE celebraron una
reunión de Jefes de Estado, en la que
acordaron negociar un Acuerdo de Diálogo
Político y de Cooperación como paso previo al
inicio de las negociaciones para un Acuerdo de
Asociación entre ambos bloques.
El Acuerdo de Diálogo Político y de
Cooperación entre la CAN y la UE fue suscrito el 15 de diciembre de
2003 en Roma, en el marco del Consejo Europeo.
La III
Cumbre ALC – UE, efectuada en Guadalajara, 28
y 29 de mayo de 2004, dio un mayor impulso al
diálogo birregional y destacó en la agenda
tratada el tema de la cohesión social.
Adicionalmente, señaló la importancia de la
pronta ratificación del Acuerdo de Diálogo
Político y Cooperación entre la Unión Europea
y la Comunidad Andina firmado el 15 de
diciembre de 2003 en Roma.
En la
reunión de diálogo político a nivel
Ministerial realizada en Luxemburgo en mayo de
2005, los Ministros de la Comunidad Andina
informaron a la UE que el Acuerdo de 2003 ya
había sido adoptado mediante la Decisión 595
del Consejo de Asuntos Exteriores del 11 de
julio de 2004.
En lo que
respecta al proceso de ratificación del
Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación de
2003 parte de los Países Miembros de la CAN,
Bolivia y Ecuador ya lo han ratificado y se
espera que lo hagan pronto Perú y Colombia.
Por la parte europea, quince Estados Miembros
de la Unión Europea ya lo han hecho.
Acceso al mercado único europeo: del SGP
Drogas al SGP “Plus”
La Unión Europea es el segundo socio comercial
de la Comunidad Andina. Su mercado, en el año
2004, fue destino del 12% de las exportaciones
totales de los países andinos y proveedor del
13% de sus importaciones.
Los Países Miembros de la Comunidad Andina se
benefician del acceso preferencial de sus
productos a la Unión Europea desde 1991, año
en que por primera vez se les concedió un
régimen especial de preferencias arancelarias
(SGP Drogas), como una forma de contribuir a
la lucha contra el problema mundial de las
drogas en la subregión andina bajo el
principio de responsabilidad compartida.
La casi totalidad de productos industriales y
una lista de bienes agrícolas y pesqueros
ingresan al mercado europeo exentos de
aranceles mediante dichas preferencias, lo que
ha promovido las exportaciones, el crecimiento
económico y la generación de empleo en la
Comunidad Andina.
Sin embargo, el esquema tiene una naturaleza
temporal y ha estado sujeto a una renovación
periódica.
Una modificación importante se produjo en
diciembre de 2001, con la aprobación del
Reglamento (CE) 2501/2001 relativo a la
aplicación de preferencias arancelarias
generalizadas para el período comprendido
entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de
diciembre de 2004, el cual fue posteriormente
prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2005.
En dicho régimen se incluyeron las
preferencias para esta subregión, como apoyo
de la Unión Europea a la lucha de los países
andinos contra las drogas ilícitas. Se
contempló, además, su eventual renovación para
el decenio 2005-2014, dependiendo de la
evaluación de sus resultados y,
particularmente, de la observancia de las
principales normas laborales de la OIT por
parte de los países beneficiarios, de su
desempeño en la lucha contra las drogas y del
aprovechamiento efectivo de las preferencias
durante el período 2002-2004.
El SGP Drogas fue sometido a un proceso de
revisión y adecuación en atención a los
cuestionamientos surgidos en el marco de la
Organización Mundial del Comercio. Por ello,
la Unión Europea adoptó un nuevo Sistema
Generalizado de Preferencias (SGP) para el
período 2006-2015, cuyo Reglamento (CE)
980/2005 entró en vigencia el 1 de julio de
2005.
Dicho Reglamento establece un Régimen General;
uno Especial de Estímulo del Desarrollo
Sostenible y la Gobernanza; y, otro Especial
en favor de los Países Menos Desarrollados.
Los países andinos se benefician de las
preferencias otorgadas mediante el Régimen
Especial de Estímulo del Desarrollo Sostenible
y la Gobernanza (SGP “Plus”), el cual
incorpora dos criterios de elegibilidad: la
ratificación e implementación de una serie de
instrumentos internacionales en materia de
derechos humanos, derechos laborales, medio
ambiente, drogas y corrupción; y la
calificación como economía vulnerable con base
en indicadores previamente definidos.
El Acuerdo de Cooperación
La cooperación andino-europea ha evolucionado
con el tiempo. En la década de los setenta, se
circunscribió al ámbito comercial; en los años
ochenta se puso énfasis en la cooperación para
el desarrollo; y, en los noventa, se apuntó a
construir un conjunto de mecanismos de
cooperación industrial, científico tecnológica
e interempresarial propios de la cooperación
económica avanzada.
El Acuerdo Marco de Cooperación CAN–UE,
aprobado mediante
Decisión 329 y aún vigente, fue suscrito
en 1992 y corresponde a los llamados Acuerdos
de Tercera Generación, que incluyen aspectos
como la cláusula evolutiva, la cooperación
avanzada y la diversificación de ámbitos e
instrumentos de cooperación.
Este acuerdo constituye la base jurídica de la
cooperación de la Unión Europea administrada
por la Comisión Europea y tiene como órgano de
concertación y coordinación a la Comisión
Mixta, entre cuyas funciones está la de velar
por el cumplimiento de las acciones de
cooperación previstas en el Acuerdo y de
recomendar proyectos regionales, entre otros.
Por recomendación de dicha Comisión y de las
subcomisiones de Ciencia y Tecnología y de
Comercio e Industria, se desarrollan
importantes proyectos regionales dentro del
marco de la cooperación CAN-UE, entre los
cuales destacan los de GRANADUA -exitosamente
concluido-, Calidad, Competencia,
Estadísticas, Prevención y Atención de
Desastres y la “Iniciativa de Estabilización
Regional Andina”.
Es necesario señalar que el Acuerdo Marco será
reemplazado por el
Acuerdo de
Diálogo Político y de Cooperación
cuando este último sea ratificado por ambas
partes.
El nuevo Acuerdo contempla un diálogo
estructurado en diversos frentes y amplía la
cooperación birregional a nuevos ámbitos de
vital importancia para la subregión andina,
como la paz y la seguridad, la gobernabilidad
democrática, la participación de la sociedad
civil, la agenda social, el medio ambiente y
las migraciones.
Diálogo especializado en materia de lucha
contra las drogas
En 1995, la Unión Europea y la Comunidad
Andina decidieron instaurar un diálogo
especial sobre el tráfico de drogas,
consistente en la celebración de reuniones
periódicas de responsables técnicos de alto
nivel.
Como resultado de ese diálogo, el 18 de
diciembre de 1995 se firmaron cinco convenios
bilaterales entre los Países Miembros de la
CAN y la UE sobre el control del comercio de
sustancias químicos que puedan ser desviadas
para la producción de drogas ilícitas.
Hasta la fecha se han celebrado ocho
encuentros de diálogo especializado sobre
drogas y seis en materia de control de
precursores químicos, los cuales han permitido
realizar el seguimiento de la cooperación en
este área y desarrollar un fructífero
intercambio de información y de puntos de
vista, en aplicación del principio de la
responsabilidad compartida.
Cabe destacar que en la VI Reunión de Diálogo
Especializado sobre Drogas entre la Comunidad
Andina y la Unión Europea, realizada en
Cartagena de Indias, Colombia, el 28 de mayo
de 2003, los países andinos emitieron una
Declaración Política a través de la cual
hicieron un llamado a fortalecer la
cooperación en la materia y propusieron el
desarrollo de proyectos concretos de lucha
contra las drogas en diversas áreas.
En ese contexto, la VIII Reunión de Diálogo
Especializado, llevada a cabo en Lima los días
31 de mayo y 1 de junio de 2005,
enfatizó la necesidad de examinar las
posibilidades de una cooperación técnica y
financiera adicional para ayudar a la
Comunidad Andina en su difícil lucha contra
las drogas, así como para asegurar un enfoque
coordinado.
Hacia un acuerdo de asociación
En las reuniones sostenidas en el marco del
diálogo político, la Comunidad Andina y la
Unión Europea han analizado, a iniciativa de
los andinos, la posibilidad de negociar un
Acuerdo de Asociación que permita reforzar los
lazos políticos, económicos, sociales y
culturales entre ambas regiones.
Este paso resultaría particularmente
trascendental con miras a proporcionar a las
exportaciones andinas un acceso seguro y
estable al mercado europeo, y a incrementar
los flujos de inversión europea hacia la
subregión.
Los importantes compromisos alcanzados en las
Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno
América Latina, el Caribe y la Unión Europea
de Madrid (2002) y de Guadalajara (2004), en
el marco de la asociación estratégica entre
ambas regiones, han permitido poner en marcha
el proceso hacia la suscripción de un Acuerdo
de Asociación que incluya un tratado de libre
comercio.
En la II
Cumbre Unión Europea-América Latina y el
Caribe, realizada en Madrid en mayo de 2002,
los jefes de Estado de la Comunidad Andina y
la Unión Europea plantearon la posibilidad de
negociar un Acuerdo de Asociación que
incluyera una Zona de Libre Comercio.
Con ocasión
de la III Cumbre ALC – UE, efectuada en
Guadalajara, 28 y 29 de mayo de 2004, los
Jefes de Estado de la Comunidad Andina y la
Troika de la Unión Europea acordaron poner en
marcha un proceso hacia un acuerdo de
asociación, que incluirá un área de libre
comercio, y dispusieron, a través de un
comunicado conjunto, que dicho proceso empiece
con una fase de valoración conjunta de la
integración andina, la cual sería seguida de
negociaciones sobre el acuerdo de asociación y
libre comercio.
Con ocasión
de la IV Cumbre Unión Europea - América Latina
y El Caribe, celebrada en Viena el 12 de mayo
de 2006, la Comunidad Andina y la Unión
Europea decidieron entablar, en el transcurso
de 2006, un proceso conducente a la
negociación de un Acuerdo de Asociación que
incluya el diálogo político, programas de
cooperación y un acuerdo comercial.
El 13 de julio
de 2006, concluyó exitosamente en Bruselas, en
el marco de una reunión de alto nivel entre la
Comunidad Andina y la Unión Europea, el
proceso de "valoración conjunta" de la
integración andina y se abrió el camino para
el pronto lanzamiento de las negociaciones del
Acuerdo de Asociación.
Se espera que el
Consejo de Ministros de la Unión Europea dé la
autorización correspondiente de modo que las
negociaciones para el Acuerdo de Asociación se
puedan iniciar antes de finalizar el 2006, con
miras a concluirlas en ocasión de la próxima
Cumbre Birregional UE-América Latina que se
realizará en el Perú, en mayo del 2008.