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La
Comunidad Andina y sus Países
Miembros tienen relaciones de larga
data con la Unión Europea y sus
Estados, las cuales se sustentan en
lazos históricos, intereses y
valores compartidos. En las últimas
décadas, los vínculos birregionales
se han profundizado no sólo en el
ámbito comercial, sino en lo
político y en la cooperación
también. Testimonio de ello son la
suscripción de un acuerdo de
cooperación de “tercera generación”
en 1992; la instauración del Diálogo
especializado sobre drogas en 1995,
del Diálogo político en 1996; y la
firma del Acuerdo de Diálogo
Político y Cooperación en 2003, así
como los cada vez más significativos
flujos de comercio e inversión entre
ambas regiones. |
Hechos clave en las relaciones CAN –
Unión Europea
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1993.
La Comunidad Europea y el entonces
Pacto Andino suscriben un Acuerdo de
Cooperación que se implementa en
1998. |
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1996.
La Comunidad Europea y el Pacto
Andino suscriben en Roma, una
Declaración Conjunta sobre el
Diálogo Político, brindando en
esta forma un marco institucional al
diálogo que hasta entonces se
mantenía de manera informal. De
acuerdo con esta Declaración, el
diálogo que se sostendría a través
de la celebración de reuniones de
alto nivel, giraría alrededor de
asuntos birregionales e
internaciones de interés común. |
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2002.
En el marco de la II Cumbre de Jefes
de Estado y de Gobierno de América
Latina y el Caribe y la Unión
Europea, la Comunidad Andina y la
Unión Europea celebran una reunión
de Jefes de Estado, en la que
acuerdan negociar un Acuerdo de
Diálogo Político y de Cooperación
como paso previo al inicio de las
negociaciones para un Acuerdo de
Asociación entre ambos bloques.
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2003.
Se suscribe el Acuerdo de Diálogo
Político y de Cooperación entre la
CAN y la Unión Europea. Este Acuerdo
ha sido ya ratificado por la parte
andina y se espera su pronta
ratificación por la totalidad de
estados europeos. |
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2004.
Mediante la
Decisión 595, el Consejo
Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores adopta el Acuerdo de
Diálogo Político y Cooperación. |
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2006.
Durante la IV Cumbre ALC – UE los
Jefes de Estado de la Comunidad
Andina y la Unión Europea toman la
decisión de entablar un proceso
conducente a la negociación de un
Acuerdo de Asociación con tres
pilares: diálogo político,
cooperación y un acuerdo comercial.
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2007 - 2008.
Mediante la
Decisión 667 se define el marco
general para las negociaciones del
Acuerdo de Asociación entre la
Comunidad Andina y la Unión Europea.
En este contexto, entre el 2007 y el
2008 se celebran tres rondas de
negociación para avanzar hacia un
Acuerdo de Asociación con tres
pilares: político, cooperación y
comercial. El acuerdo que incluye un
formato “ flexible” deja a cada uno
de los Países Miembros de la CAN la
posibilidad de entrar en la
negociación de diferentes temas a
diferentes velocidades y plazos, por
lo que a partir de la cuarta ronda
estas se desarrollan a nivel
bilateral. |
Diálogo
Político
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En
1996, con la suscripción de la
Declaración de Roma, se
instituyó el diálogo político y se
creó un mecanismo de diálogo a tres
niveles: en primer lugar, las
cumbres presidenciales; en segundo
lugar, encuentros periódicos de los
ministros de relaciones exteriores
y, en tercer lugar, reuniones
alrededor de un tema específico,
motivadas por las circunstancias.
Desde
entonces se han realizado numerosas
reuniones, especialmente en el marco
de los encuentros ministeriales
institucionalizados de la Unión
Europea y el Grupo de Río. En ellas,
además de intercambiar ideas sobre
la situación política y económica de
ambas regiones y las perspectivas de
las relaciones birregionales, se han
dado las grandes orientaciones sobre
los temas de interés común.
Listado de las últimas reuniones
políticas CAN – UE |
Cooperación
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En la
evolución del relacionamiento en
materia de cooperación pueden
distinguirse varias etapas
importantes: |
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1973 – 1982.
Cooperación de índole bilateral
dirigida principalmente al
desarrollo rural, la agricultura, la
salud y la educación, entre otros,
con base en las prioridades
identificadas por cada país
beneficiario a partir de su nivel de
desarrollo relativo. |
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1983 – 1992.
Se inició con la firma del acuerdo
de cooperación de "segunda
generación" suscrito en 1983, que
abordaba de manera más integral los
asuntos de la cooperación económica
y comercial. |
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1993 – 2006.
Se suscribe un acuerdo de
cooperación de "tercera generación"
que abordó por vez primera el tema
de la profundización y consolidación
del proceso andino de integración y
dio a la cooperación el carácter de birregional, que no afecta mas si
complementa las acciones de la Unión
Europea a nivel bilateral con los
Países Miembros de la CAN. |
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La
Cooperación técnica financiera de la
Unión Europea para los países
andinos se canaliza por cuatro vías,
una de las cuales es la birregional,
que se administra entre la Comisión
Europea y la Secretaría General y
tiene como beneficiarios finales a
los Países Miembros de la Comunidad
Andina.
En
mayo de 2002, la Comisión Europea
aprobó su primera Estrategia
Regional para la CAN que abarcaba
cinco años (2002-2006) en los
ámbitos de estadística, asistencia
técnica relativa al comercio,
sociedad civil andina y prevención
de catástrofes naturales.
En
abril de 2007, la UE aprobó el
Documento de Estrategia Regional (RSP)
para el período 2007-2013 y
destinó una asignación indicativa de
50 millones de euros para la
Comunidad Andina en dicho período.
El documento contempla el apoyo a
tres sectores fundamentales:
Integración económica regional,
cohesión económica y social y lucha
contra las drogas ilegales. |
Relaciones
Comerciales
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La
relación comercial entre ambos
bloques se fue enriqueciendo a lo
largo de cuatro décadas, como se
evidencia en el incremento del
flujo comercial y la creciente
importancia de la Unión Europea como
socio comercial.
Desde
1991 los países andinos se
beneficiaron del acceso preferencial
de sus productos a la Unión Europea
mediante el régimen especial SGP
Droga otorgado como una forma de
contribuir a la lucha contra el
problema mundial de las drogas en la
subregión andina bajo el principio
de responsabilidad compartida.
El SGP
Droga fue sometido a un proceso de
revisión y adecuación en atención a
los cuestionamientos surgidos en el
marco de la Organización Mundial del
Comercio; por ello, la Unión Europea
adoptó un nuevo Sistema Generalizado
de Preferencias para el período
2006-2015, cuyo Reglamento (CE)
980/2005 entró en vigencia el 1 de
julio de 2005.
Mediante este nuevo reglamento, los
países andinos se benefician de las
preferencias otorgadas mediante el
Régimen Especial de Estímulo del
Desarrollo Sostenible y la
Gobernabilidad (SGP “Plus”), el cual
incorpora dos criterios de
elegibilidad: la ratificación e
implementación de una serie de
instrumentos internacionales en
materia de derechos humanos,
derechos laborales, medio ambiente,
drogas y corrupción; y, la
calificación como economía
vulnerable con base en indicadores
previamente definidos.
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