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SEGURIDAD,
PAZ
Y
FOMENTO
DE
CONFIANZA
El Compromiso de Lima
El tema de la Seguridad y el Fomento de la
Confianza, se sustenta en el
"Compromiso de Lima: Carta Andina para la
Paz y la Seguridad, Limitación y Control de
los gastos destinados a la Defensa Externa",
emanado de la reunión del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores con los
Ministros de Defensa de la Comunidad Andina,
realizada en Lima (junio 2002).
Los acuerdos alcanzados en dicha
oportunidad, están dirigidos a definir una
Política de Seguridad Externa Común Andina;
caracterizar una Zona de Paz en la Comunidad
Andina; limitar el gasto militar a fin de
orientar estos recursos a la inversión
social; y profundizar la cooperación para la
lucha contra el terrorismo y el tráfico
ilícito de armas, entre otros.
El Grupo de Alto Nivel en materia de
Seguridad y Fomento de la Confianza
La I Reunión del Grupo de Alto Nivel
encargado de evaluar, semestralmente, los
avances en la implementación del Compromiso
de Lima, se realizó el día 28 de febrero de
2003 en Bogotá. En dicha ocasión se sentaron
las bases para desarrollar el diálogo y la
cooperación entre los Ministerios de
Relaciones Exteriores y de Defensa de los
países andinos.
Asimismo, se concertó la visión andina de
seguridad: “la situación en la que el Estado
y la sociedad se encuentran protegidos
frente a amenazas o riesgos susceptibles de
afectar el desarrollo integral y el
bienestar de sus ciudadanos, así como el
libre ejercicio de sus derechos y libertades
en un contexto de plena vigencia
democrática.”
Desde esta perspectiva, la seguridad tiene
un “carácter multidimensional y
comprehensivo” e incorpora “asuntos de
índole política, económica, social y
cultural, reflejados en las políticas en
ámbitos tan diversos como los del
fortalecimiento de la institucionalidad
democrática y el Estado de Derecho, la
defensa, la salud, el ambiente, la economía,
el desarrollo económico y la prevención de
desastres naturales, entre otros.”
Plan Andino para la Prevención, Combate y
Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas
Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos
En cumplimiento del Punto VIII del
Compromiso de Lima, los Países Miembros se
reunieron en Pretoria, Sudáfrica, los días 9
al 11 de abril de 2003, gracias al apoyo
técnico y financiero de la organización no
gubernamental SaferAfrica, con el propósito
de elaborar un plan de cooperación contra el
tráfico ilícito de armas. Este fue adoptado
como
Decisión 552: “Plan Andino para la
Prevención, Combate y Erradicación del
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras
en todos sus aspectos”, por el Consejo
Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores, en Quirama, Colombia, el 25 de
junio de 2003.
La Decisión 552 sustenta una estrategia
integral contra el tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras, teniendo en cuenta sus
vínculos con el terrorismo, la corrupción y
el problema mundial de las drogas. Para
ello, busca fortalecer la capacidad de los
Países Miembros para controlar la
fabricación, comercio, transporte, tenencia,
ocultamiento, usurpación, porte y uso de
dichas armas, así como su identificación,
confiscación y eventual destrucción.
El Plan contiene mecanismos y líneas de
acción concretas en los ámbitos nacional,
subregional e internacional. Se establece un
Comité Operativo, conformado por las
autoridades nacionales competentes,
encargado de coordinar el desarrollo de una
Agenda Coordinada de Acción en las áreas de
cooperación y coordinación; medidas
legislativas, operativas y de
fortalecimiento institucional; control,
confiscación, sanción, recolección y
destrucción; intercambio de información; y,
generación de conciencia ciudadana. El Plan
Operativo contempla las actividades y los
plazos necesarios para implementar la
mencionada Agenda Coordinada.
Cabe señalar que la Decisión 552 constituye
el primer instrumento vinculante a nivel
subregional derivado del Programa de Acción
de las Naciones Unidas para la Prevención,
Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito
de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus
aspectos. Fue presentada oficialmente a la
comunidad internacional en la I Reunión
Bienal de Estados sobre la Implementación de
dicho Programa de Acción, celebrada del 7 al
11 de julio de 2003 en Nueva York.
Los Lineamientos de la Política de Seguridad
Externa Común Andina
La XIV Reunión del Consejo Presidencial
Andino dio un nuevo impulso a los trabajos
en el ámbito de la seguridad al instruir al
Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores que presente una propuesta de
lineamientos de Política de Seguridad Común
Andina que desarrolle los parámetros del
Compromiso de Lima y contemple, entre otros,
planes de acción concretos en materia de
lucha contra el terrorismo y la corrupción.
Para ello, la Secretaría General realizó, a
través del Proyecto “Iniciativa de
Estabilización Regional Andina”, financiado
por la Comisión Europea, los
seminarios/talleres previstos en el
Compromiso de Lima en materia de seguridad
hemisférica, lucha contra el terrorismo,
medidas de fomento de la confianza y gasto
militar. Adicionalmente se celebraron dos
reuniones de reflexión sobre la Zona de Paz
Andina. En todos los mencionados encuentros
participaron delegados de los gobiernos y
representantes de amplios sectores de la
sociedad civil de los países andinos, que
desde sus distintas perspectivas
contribuyeron a enriquecer y profundizar la
visión andina de la seguridad.
Como resultado de este proceso de consultas
y del acuerdo logrado en la II Reunión del
Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad
y Fomento de la Confianza, el Consejo Andino
de Ministros de Relaciones Exteriores
adoptó, en julio de 2004, la
Decisión 587: “Lineamientos de la Política
de Seguridad Externa Común Andina”, que
establece los objetivos, principios,
fundamentos, criterios, mecanismos
institucionales, instrumentos operativos,
modalidades de acción y agenda, que habrán
de guiar su desarrollo.
La Política de Seguridad Externa Común
Andina, de conformidad con los principios
generales que sustentan el Acuerdo de
Cartagena y el derecho internacional,
constituye fundamentalmente una opción de
paz. Su propósito es prevenir y combatir de
manera cooperativa y coordinada las amenazas
a la seguridad, cualesquiera sea su
naturaleza, dentro de una concepción
democrática y no ofensiva de la seguridad
externa y promoviendo las condiciones
necesarias para que la población pueda gozar
libremente y en igualdad de oportunidades,
de un ambiente propicio para su realización
material y espiritual.
Presenta además un carácter
multidimensional, dado que abarca las
amenazas inherentes tanto al ámbito de la
defensa como al de la institucionalidad
democrática y de la seguridad ciudadana
-incluidas sus interrelaciones-, por lo que
plantea el desarrollo gradual y flexible de
una agenda temática comprehensiva.
Para ello, consolida y profundiza los
mecanismos institucionales establecidos en
el Compromiso de Lima, particularmente el
diálogo entre los sectores de relaciones
exteriores y defensa, que se desarrollará en
el marco del Comité Ejecutivo de la Política
de Seguridad Externa Común Andina, el cual
reemplaza al Grupo de Alto Nivel. Asimismo
incorpora al proceso de concertación a otros
actores públicos competentes en materia de
seguridad, y a la sociedad civil, la cual
participará a través de la Red Andina de
Seguridad.
La Zona de Paz Andina
Por su parte, el XV Consejo Presidencial
Andino adoptó la
“Declaración de San Francisco de Quito sobre
Establecimiento y Desarrollo de la Zona de
Paz Andina”, que define, en congruencia
con la concepción democrática, cooperativa y
no ofensiva de la seguridad andina, el
espacio geográfico, los fundamentos, los
criterios y los objetivos de la Zona de Paz
Andina; establece también las directrices
destinadas a promover su consolidación y su
proyección hacia el escenario internacional,
con el fin de contribuir, entre otros, al
desarrollo de la Zona de Paz Sudamericana,
al fortalecimiento de la paz internacional y
a la conformación de un orden internacional
más justo y equitativo.
En ese contexto, señala que uno de sus
principales objetivos es el de contribuir al
desarrollo y consolidación de los valores,
principios y prácticas democráticas y,
dentro de ellos, al de los sistemas
políticos e institucionales de los Países
Miembros. De hecho, la Zona de Paz Andina
está primordialmente orientada a desarrollar
las condiciones que permitan que los
conflictos, cualesquiera sea su naturaleza,
así como sus causas se resuelvan de manera
pacífica y concertada.
Adicionalmente, busca asegurar la efectiva
proscripción de las armas de destrucción
masiva -nucleares, químicas, biológicas y
toxínicas-, y su tránsito por la subregión,
así como la erradicación definitiva de las
minas antipersonal, de conformidad con los
instrumentos internacionales vigentes.
En sus directrices, los Jefes de Estado
señalan la necesidad de que los Países
Miembros definan un marco general de
principios y opciones para que las partes en
una controversia que no sea competencia de
los órganos jurisdiccionales del Sistema
Andino de Integración, encuentren solución a
la misma. Asimismo deciden impulsar el
diseño y puesta en marcha de un Programa
Andino de Medidas de Fomento de la Confianza
y de la Seguridad, incluido el desarrollo de
una metodología estandarizada para la
formulación de Libros Blancos en materia de
defensa; la implementación de la Política
Comunitaria de Integración y Desarrollo
Fronterizo; y la enseñanza de una Cultura de
Paz e Integración.
Todo ello deberá a su vez coadyuvar a la
cabal instrumentación de los Lineamientos de
la Política de Seguridad Externa Común
Andina y a su convergencia con otras
políticas y emprendimientos comunitarios en
los ámbitos del Desarrollo Social, de la
Gestión Ambiental y de la Biodiversidad, así
como de los derechos humanos.
Es importante destacar que la Asamblea
General de las Naciones Unidas, mediante
Resolución 59/54 del 2 de diciembre de 2004,
acogió con satisfacción la Declaración de
San Francisco de Quito sobre Establecimiento
y Desarrollo de la Zona de Paz Andina y
exhortó a todos los Estados a apoyar a los
Países Miembros de la Comunidad Andina en la
promoción de sus principios y objetivos.
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