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DEMOCRACIA
Y
DERECHOS
HUMANOS
La vocación democrática de los países
miembros de la Comunidad Andina se hizo
presente desde el acto fundacional del
proceso de integración, en 1969, a través
del Acuerdo de Cartagena, norma máxima que
se sustenta en "los principios de igualdad,
justicia, paz, solidaridad y democracia".
Esta vocación democrática fue reafirmada a
lo largo de los años mediante diversos
pronunciamientos, tales como la acción de
los países andinos para contribuir al
derrocamiento de la dictadura de Somoza, en
Nicaragua, y el rechazo al golpe de estado
que protagonizó en Bolivia el coronel Natush
Bush.
Vocación que también se puso en evidencia
con la acción de Colombia, Perú y Venezuela
en el marco de los Grupos de Contadora y de
Apoyo, respaldada por el Grupo Andino, a
favor de la paz y la democracia en
Centroamérica, que luego derivaría en la
creación del Mecanismo de Consulta y
Concertación Política, inicialmente conocido
como el Grupo de los Ocho y, a partir de su
ampliación, como el Grupo de Río.
Igualmente en 1980, cuando el estado de
derecho había sido restablecido en todos los
países andinos, los Presidentes suscribieron
en Riobamba, Ecuador, la Carta de Conducta
que estableció el carácter democrático que
debía regir el ordenamiento político de los
países de la Subregión, así como su
compromiso con el respeto a los derechos
humanos, políticos, económicos y sociales,
como norma fundamental de la conducta
interna de los países miembros.
Dentro de los hechos más recientes, cabe
destacar la Declaración del Consejo
Presidencial Andino sobre Democracia e
Integración, suscrita en Santafé de Bogotá
el 7 de agosto de 1998, con ocasión de la
toma de posesión del Mando del Presidente
Andrés Pastrana.
Dicha declaración reitera el compromiso de
la CAN con la democracia, mediante el cual
se establece que "la Comunidad Andina es una
comunidad de naciones democráticas" y que
"tiene entre sus objetivos principales el
desarrollo y consolidación de la democracia
y el Estado de Derecho, así como el respeto
de los derechos humanos y las libertades
fundamentales".
Un aspecto muy importante de la agenda de la
Política Exterior Común de la Comunidad
Andina, es el tema de la promoción y defensa
de la democracia. En efecto, la
Decisión 458 del Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, a través
de la cual se aprobaron los "Lineamientos de
la Política Exterior Común", tiene entre sus
principales principios el de la vigencia del
orden democrático fundado en la
participación ciudadana y en la justicia
social y, entre sus principales objetivos,
el del desarrollo y consolidación de la
democracia y del Estado de Derecho, así como
la promoción y el respeto de los derechos
humanos y las libertades fundamentales.
En esa dirección, una de las áreas de acción
de la Política Exterior Común, en lo
político, es la de afirmar la vigencia del
orden democrático como requisito para la
consolidación del proceso de integración
subregional y contribuir al fortalecimiento
de la democracia y los derechos humanos a
través del diálogo y cooperación que
desarrolle internacionalmente la Comunidad
Andina.
De la "cláusula democrática" a la Carta
Democrática Interamericana
Por encargo de los mandatarios andinos, el
Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores elaboró un proyecto de Protocolo
Adicional al Acuerdo de Cartagena
"Compromiso de la Comunidad Andina por la
democracia", el cual fue suscrito por cuatro
Países Miembros en Oporto, Portugal, el 17
de octubre de 1998 y finalmente por el
restante, en la reunión del XII Consejo
Presidencial Andino de Lima, el 9 y 10 de
junio del año 2000.
El Protocolo establece como condición
esencial para la cooperación política y la
integración "la plena vigencia de las
instituciones democráticas y el estado de
derecho" y señala los procedimientos que
deberán seguirse cuando se produzca la
ruptura del orden democrático en cualquiera
de los países miembros".
Tales medidas van desde la suspensión de la
participación de dicho país en alguno de los
órganos del Sistema Andino de Integración,
la "inhabilitación para acceder a
facilidades o préstamos por parte de las
instituciones financieras andinas", hasta la
"suspensión de derechos derivados del
Acuerdo de Cartagena y la concertación de
una acción externa en otros ámbitos".
Inspirados en este Protocolo y en el
Protocolo de Ushuaia del Mercado Común del
Sur de 1998, los presidentes de la Comunidad
Andina y del Mercosur aprobaron, en la
cumbre sudamericana, celebrada el 1 de
setiembre del 2000 en la ciudad de Brasilia,
la denominada "cláusula democrática"
contenida en el párrafo 23 del Comunicado en
donde se expresa que: "El mantenimiento del
estado de derecho y el pleno respeto al
régimen democrático en cada uno de los doce
países de la región constituyen un objetivo
y un compromiso compartidos, tornándose
desde hoy, condición para la participación
en futuros encuentros sudamericanos". Y los
presidentes agregaron que: "Respetando los
mecanismos de carácter regionales
existentes, acordaron, en ese sentido,
realizar consultas políticas en caso de
amenaza de ruptura del orden democrático en
América del Sur".
Esta "cláusula democrática sudamericana" es
pieza fundamental para instrumentar esta
comunidad de naciones democráticas en
Sudamérica y los compromete con la vigencia
de la democracia y el estado de derecho en
la región.
Asimismo, en una reunión celebrada en marzo
del 2001 en Lima, los Cancilleres de la
Comunidad Andina reiteraron la indeclinable
vocación democrática de sus naciones y
concordaron en la necesidad de reforzar aún
más las instituciones y promover el respeto
de los derechos humanos.
Tras resaltar la importancia de una vigencia
plena del "Compromiso de la Comunidad Andina
por la Democracia", reiteraron su respaldo a
la iniciativa del Perú para la adopción de
una "Carta Democrática Interamericana", lo
que se concretó el 11 de setiembre del 2001,
con ocasión de Asamblea General
Extraordinaria de la Organización de Estados
Americanos celebrada en Lima.
Por otro lado y con ocasión de la
realización del XIII Consejo Presidencial
Andino de Valencia, Venezuela, los días 23 y
24 de junio de 2001, nuestros mandatarios
reiteraron su firme propósito de continuar
fortaleciendo la democracia en los países
andinos.
Coincidieron en que la gobernabilidad
democrática de sus respectivos países es una
prioridad insoslayable y, en ese sentido,
reiteraron su compromiso de superar, a
través de los cauces constitucionales, las
dificultades transitorias que se puedan
presentar en la región andina.
Por su parte, en la Declaración de Machu
Picchu sobre la Democracia, los Derechos de
los Pueblos Indígenas y la Lucha contra la
pobreza, suscrita el 29 de julio del 2001
con ocasión de la toma de posesión del
Presidente del Perú, Alejandro Toledo, los
jefes de estado expresaron su firme
convencimiento que la democracia, el
desarrollo y el respeto a los derechos
humanos y las libertades fundamentales son
interdependientes y se refuerzan mutuamente.
En ese sentido, reiteraron su convicción de
fortalecer la democracia como un sistema de
gobierno y como un elemento insustituible de
nuestra identidad política, de promover sus
valores como forma de vida y de defender la
institucionalidad democrática y el estado de
derecho en América Latina y el Caribe.
Reiteraron, asimismo, que el ejercicio
efectivo de la democracia requiere
fortalecer su carácter participativo.
Derechos Humanos
Como se señaló precedentemente, un
antecedente inmediato a ser tomado en cuenta
es la Carta de Riobamba, suscrita el 11 de
septiembre de 1980 por los Presidentes de
Colombia, Ecuador y Venezuela y el
Representante Personal del Presidente del
Perú.
En ella, los países andinos reiteraron su
compromiso solemne de que el respeto de los
derechos humanos, políticos, económicos y
sociales constituye norma fundamental de la
conducta interna de los Estados del Grupo
Andino y que su defensa es una obligación
internacional a la que están sujetos los
Estados y que, por tanto la acción conjunta
ejercida en protección de esos derechos no
viola el principio de no intervención.
Hay que recordar que los países andinos han
sido promotores y signatarios de la mayoría
de instrumentos internacionales para la
protección y promoción de los derechos
humanos, tanto en el ámbito de las Naciones
Unidas como en el de la Organización de
Estados Americanos, lo que se ha constituido
en una base importante para el diseño de una
política comunitaria en esta materia.
De ese acervo internacional en que han
tenido importante participación los países
andinos, destaca la Declaración y Plan de
Acción de Viena de 1993, que entre sus
principios más importantes expresa la
responsabilidad de la comunidad
internacional en la promoción y defensa de
los derechos humanos, la concepción
holística de ellos y la vinculación entre
democracia, derechos humanos y desarrollo.
Este camino de pronunciamientos
internacionales ha sido proseguido por los
presidentes andinos en sus consecutivas
reuniones anuales, en el marco del Consejo
Presidencial Andino. En esa dirección, en el
XIII Consejo Presidencial Andino de
Valencia, Venezuela, que tuviera lugar el 23
y 24 de junio de 2001, nuestros mandatarios
expresaron su decisión de aprobar una carta
andina de Derechos Humanos que contribuya a
asegurar la vigencia de los derechos
humanos, fortalezca la democracia y el
Estado de Derecho y afiance una cultura de
paz en las naciones andinas.
En tal sentido, encargaron al Consejo Andino
de Ministros de Relaciones Exteriores la
formulación de esa carta que deberá contener
los principios y ejes temáticos sobre una
política comunitaria en esta materia y un
programa de cooperación para impulsar
acciones concretas encaminadas a garantizar
la observancia y respeto de tales derechos
en la región andina, en el marco de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos
y de la Carta de Conducta de Riobamba de
1980".
Esta Carta Andina deberá contribuir, entre
otros propósitos, a fortalecer el estado de
derecho y a mejorar la administración de
justicia; a promover una cultura de paz
mediante el diálogo, la tolerancia y la
concertación, como instrumentos generadores
de consensos sociales; afianzar el derecho
al desarrollo y fortalecer las instituciones
para la defensa y promoción de los derechos
humanos en los países miembros, en
particular las Defensorías del Pueblo.
A su vez, en la mencionada Declaración de
Machu Picchu sobre la Democracia, los
Derechos de los Pueblos Indígenas y la Lucha
contra la Pobreza, suscrita en julio del
2001, los presidentes renovaron el
compromiso de sus gobiernos con la vigencia
y respeto de los derechos humanos, así como
su voluntad de fortalecer el Sistema
Interamericano de Derechos Humanos,
incluyendo la posibilidad del progresivo
funcionamiento permanente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos y de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
así como propiciar la universalidad del
sistema interamericano de protección a los
derechos humanos.
Es importante destacar el apoyo que
brindaron a todos los esfuerzos encaminados
a la promoción y protección de los derechos
y libertades fundamentales de los pueblos
indígenas, entre ellos: el derecho a su
identidad y tradiciones en lo espiritual,
cultural, lingüístico; los derechos
sociales, políticos, culturales y
económicos; a no ser desplazados, como
pueblos, de su patrimonio cultural
histórico; a sus sistemas, conocimientos y
prácticas de medicina tradicional, incluido
el derecho a la protección de sus lugares
rituales y sagrados; a la educación en la
diversidad y a ser elegidos y desempeñar
cargos públicos.
Los jefes de estado expresaron también su
voluntad de resguardar estos derechos dentro
del orden público y en cumplimiento de sus
disposiciones constitucionales y legales
vigentes, entre otros significativos
acuerdos.
Por
su parte, es importante destacar que la
Decimosegunda Reunión Ordinaria del Consejo
Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores, realizada el 7 de mayo de 2004,
en Guayaquil, Ecuador, adoptó la
Decisión 586 “Programa
de Trabajo para la Difusión y Ejecución de
la Carta Andina para la Promoción y
Protección de los Derechos Humanos”,
estableciendo metas específicas tanto en
materia de Promoción de la Carta Andina; de
su implementación a nivel nacional e
internacional; de
seguimiento; y de su proyección en el
mediano y corto plazo. Además de establecer
el cronograma general y señalar caminos para
la búsqueda del financiamiento que permita
su instrumentación.
Como
resultado de dicho Programa se cuenta con
las ediciones de la
Carta Andina
en idiomas quichua y shuar
del
Ministerio de Relaciones Exteriores del
Ecuador, y en castellano del Consejo
Consultivo Laboral Andino.
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