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En el marco de las áreas de acción de la
Política Exterior Común, se han adoptado
normas comunitarias en las áreas política,
económica,
socio cultural y
medioambiente:
Área Política |
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Decisión 431, de 1988, autoriza
la participación de la Comunidad
Andina, en calidad de observador, en
la Asamblea General de las Naciones
Unidas. |
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Decisión 505, de 2001, aprueba
el Plan Andino de Cooperación para
la Lucha Contra las Drogas Ilícitas
y Delitos Conexos,
el cual contempla, entre otros,
actuaciones conjuntas con terceros
en materia de cooperación y
posiciones conjuntas en foros
internacionales. |
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Decisión 540, de 2003,
encarga a la Secretaría General de
la Comunidad Andina para que, en
coordinación con la Secretaría Pro
Tempore y los Ministerios de
Relaciones Exteriores de los Países
Miembros, establezca un Plan de
Trabajo para la difusión del proceso
andino de integración en la Unión
Europea y sus países asociados. |
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Decisión 542, de 2003,
dispone que el Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores
conduzca, a través de las Misiones
de los Países Miembros en Bruselas,
la negociación y suscripción de un
Acuerdo de Diálogo Político y
Cooperación con la Unión Europea,
con miras a un futuro Acuerdo de
Asociación. |
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Decisión 548, de 2003, tiene
como objetivos el coordinar acciones
de protección de los nacionales
andinos en materia de apoyo consular
recíproco, seguridad social y
garantías laborales y el intercambio
de información sobre asuntos
migratorios concernientes a los
nacionales andinos que se encuentren
fuera de su país de origen. |
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Decisión 552, de 2003, define el
Plan Andino para la Prevención,
Combate y Erradicación del Tráfico
Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras
en todos sus aspectos.
El Plan considera entre otros, la
posibilidad de concertar posiciones
conjuntas en los diversos foros
internacionales vinculados a la
materia e impulsar estrategias para
la universalización de mecanismos de
cooperación; contempla lay,
presentación y difusión del Plan
Andino, sus logros y avances, en las
Reuniones Bienales de Estados sobre
la Implementación del Programa de
Acción de las Naciones Unidas para
Prevenir, Combatir y Erradicar el
Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y
Ligeras. |
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Decisión 554, de 2003, crea el
Comité Andino de Titulares de
Organismos de Cooperación
Internacional con el objetivo de
intensificar la cooperación con
otros países, grupos de integración,
organismos internacionales y
entidades privadas. Entre las
acciones a promover se menciona la
coordinación de posiciones para la
suscripción de acuerdos con
donantes. |
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Decisión 587, de 2004, establece
los Lineamientos de la Política de
Seguridad Externa Común Andina.
Dispone que en
materia de seguridad, la PEC deberá
guiarse por
la Política de Seguridad Externa
Común Andina, el mantenimiento de la
paz y la seguridad regional e
internacional. En el marco de la
Decisión 587 se propone emprender
acciones coordinadas en las
negociaciones internacionales en
materia de desarme y seguridad. |
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Decisión 595, de 2004, adopta el
Acuerdo de Diálogo Político y
Cooperación CAN - Unión Europea. |
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Decisión 602, de 2004,
establece la Norma Andina para el
Control de Sustancias Químicas que
se utilizan en la fabricación
ilícita de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas; optimiza
el control y vigilancia de la
importación, exportación, transporte
y cualquier otro tipo de transacción
a nivel andino y desde terceros
países. |
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A/RES/59/54. La Asamblea General de
las Naciones Unidas en su 59°
período de sesiones en 2004, adopta
una resolución de reconocimiento de
la Zona Andina de Paz, establecida
mediante la Declaración de San
Francisco de Quito en el mismo año.
Mediante esta resolución las
Naciones Unidas exhorta a todos los
Estados a que apoyen a los Estados
miembros de la Comunidad Andina en
la promoción de los principios y
objetivos contemplados en la
referida Declaración. |
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Decisión 613,
de 2005, dispone la Asociación de
Argentina, Brasil, Paraguay y
Uruguay, Estados Parte del MERCOSUR,
a la Comunidad Andina. |
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Decisión 645,
de 2006, da el Otorgamiento de la
condición de País Miembro Asociado
de la Comunidad Andina a la
República de Chile. |
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Decisión 666, de 2007, establece
los órganos, mecanismos y medidas en
los que participará Chile en su
condición de Miembro Asociado de la
Comunidad Andina y la normativa que
se aplicará entre este país y la
CAN. |
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Decisión 322,
de 1992, establece un
carácter comunitario preferencial a
las
Relaciones Comerciales con países de
ALADI, Centroamérica y el Caribe. |
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Decisión 454,
de 1999, define los
lineamientos de los Países Miembros
para la negociación multilateral en
el marco de la OMC en materias
puntuales de la negociación en
agricultura. |
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Decisión
598,
de 2000, establece
la posibilidad de negociar con
terceros países,
prioritariamente de forma
comunitaria o conjunta y
excepcionalmente de manera
individual, el establecimiento de
áreas de libre comercio y otros
temas distintos a la liberalización
del comercio de mercancías.
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Decisión 667, de 2007, establece
el Marco General para las
negociaciones del Acuerdo de
Asociación entre la Comunidad Andina
y la Unión Europea,
reconociendo los niveles de
asimetría y las implicancias
comunitarias de los compromisos que
se asuman. |
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Decisión 588, de 2004, sustituye
la Decisión 460 sobre la protección
y recuperación de bienes del
patrimonio cultural de los Países
Miembros, con el
objetivo de promover políticas,
mecanismos y disposiciones legales
comunes para la identificación,
registro, protección, conservación,
vigilancia, restitución y
repatriación de los bienes que
integran el patrimonio cultural de
los Países Miembros, así como para
diseñar y ejecutar acciones
conjuntas que impidan la salida,
extracción, ingreso, tránsito
internacional o transferencia
ilícitos de dichos bienes entre los
Países Miembros y terceros países. |
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Decisión 523,
de 2002, adopta la
Estrategia Regional de Biodiversidad
para los Países del Trópico Andino
con el objetivo de
contribuir al fortalecimiento de la
identidad y cohesión de la Comunidad
Andina y de propiciar una mayor
presencia e influencia internacional
en materia ambiental. |
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Agenda Ambiental Andina aprobada
en 2005, considera, entre otros
temas, la identificación y adopción
de posiciones comunes y acciones en
el marco multilateral, a través
tanto del seguimiento de la Cumbre
de Medio Ambiente como del trabajo y
cooperación con otras instancias de
integración y foros multilaterales
de discusión de cuestiones
ambientales. Promueve además, la
creación de sinergias con
MERCOSUR, OTCA, CSN y los
compromisos adquiridos por los
países ante diferentes foros
internacionales. |
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