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Los países de la
Comunidad Andina procuran desarrollar
mecanismos para actualizar la normativa
andina relativa al Marco General
para la Interconexión Subregional de
Sistemas Eléctricos e Intercambio
Comunitario de Electricidad
(Decisión 536), así como de desarrollar
acciones a nivel subregional para
abordar las iniciativas para impulsar
una integración energética en los países
andinos en
un marco de respeto y protección del
medio ambiente en los países andinos.
Para ello, se
coordina con el Comité Andino de
Organismos Normativos y Reguladores de
Servicios de Electricidad (CANREL), el
Grupo de Trabajo de Organismos
Reguladores (GTOR) y el Grupo Técnico de
Organismos Planificadores del Sector
Eléctrico (GOPLAN).
El GTOR es el encargado
de formular propuestas conducentes al
avance del proceso de armonización de
los marcos normativos necesarios para la
plena implementación de la interconexión
subregional de sistemas eléctricos e
intercambio intracomunitario de
electricidad; y el GOPLAN se encarga de
elaborar propuestas, realizar acciones
de coordinación con las entidades
energéticas y eléctricas de los países
andinos y lograr acuerdos para que se
cumplan los aspectos de acceso a la
información y planificación coordinada
de proyectos, con visión de integración
regional.
Interconexión eléctrica
En diciembre de 2002, se
aprobó la Decisión 536 “Marco General
para la Interconexión Subregional de
Sistemas Eléctricos e Intercambio
Intracomunitario de Electricidad”,
que brindó el marco jurídico comunitario
para impulsar el desarrollo del tema
eléctrico entre los Países Miembros.
En el contexto de esta
Decisión, en marzo de 2003 se inauguró
la interconexión eléctrica Colombia –
Ecuador, con importantes beneficios para
ambos Países Miembros. Y en julio de
2005, Bolivia anunció su decisión de
adherirse a dicha norma comunitaria.
Posteriormente, con la
Decisión 720 de noviembre de 2009, se
suspendió la aplicación de la Decisión
536 por un período de dos (2) años y se
instruyó efectuar una revisión integral
de la Decisión 536, con la finalidad de
establecer un nuevo marco general para
los intercambios de energía eléctrica
entre los países andinos. En vista que
la norma andina era el marco regulatorio
sobre el cual se basaban los
intercambios de electricidad entre
Colombia y Ecuador, la Decisión 720
estableció además, un régimen
transitorio para los intercambios
eléctricos entre Colombia y Ecuador
sobre los fundamentos establecidos en la
Decisión 536 que regirían para el
período en que estuviera suspendido el
marco general de estos intercambios.
Por otra parte, desde el
año 2004, en Perú existen instalaciones
para realizar la interconexión eléctrica
con Ecuador, sin embargo, en el esquema
de intercambio planteado en la Decisión
536 no resultaba viable para llevar a
cabo las operaciones entre Ecuador y
Perú. En este sentido, ambos países
solicitaron que en el marco andino se
les extendieran las facultades otorgadas
a Colombia y Ecuador para de esta manera
puedan suscribir acuerdos de intercambio
de electricidad, con un carácter de
régimen transitorio, de modo de incluir
un anexo similar al contenido en la
Decisión 720 entre Ecuador y Colombia.
Luego de un proceso de análisis por
parte de los organismos reguladores de
electricidad y de los ministerios de
energía de los Países Miembros, se han
acordado regímenes bilaterales
transitorios para Colombia y Ecuador y
para Ecuador y Perú.
Las instancias andinas
para tales efectos son el Grupo de
Trabajo de Organismos Reguladores (GTOR)
y el Comité Andino de Organismos
Normativos y Reguladores de Servicios de
Electricidad (CANREL). Estos foros
cuentan con la participación de Chile,
en su calidad de País Miembro Asociado.
Como resultado de estas
actividades, estas instancias acordaron
los términos de la Decisión 757,
que sustituye a la Decisión 720. La
norma incorpora un régimen temporal para
los intercambios eléctricos entre
Ecuador y Perú. Se espera, además, que
esta nueva Decisión sirva, en el corto
plazo, para contar con una norma
comunitaria que promueva la
interconexión eléctrica y facilite el
intercambio de energía eléctrica en la
región.
Es de mencionar que
estos esquemas son transitorios porque
el objetivo último para los Países
Miembros de la Comunidad Andina es
contar con un Marco General para la
interconexión subregional de sistemas
eléctricos en el que se establezcan los
principios y reglas generales para
realizar los intercambios
intracomunitarios de electricidad que
incluya a todos los países andinos.
La construcción de un
nuevo marco general es un proceso que se
está construyendo basándose tanto en el
marco regulatorio andino existente, en
las disposiciones de la legislación
nacional vigente en los países andinos,
así como en la adecuación de la
factibilidad de las interconexiones de
los sistemas eléctricos de los Países
Miembros que tome en cuenta la necesidad
de los agentes que participan en este
proceso.
Integración Energética
La Agenda Estratégica
Andina (AEA) ha identificado a la
Integración Energética como una de las
doce áreas estratégicas relevantes.
Hasta el presente, la
experiencia de la Comunidad Andina ha
estado orientada a la normativa en temas
de interconexión de los sistemas de
electricidad de los Países Miembros,
fundamentalmente y a una iniciativa
sobre temas de gas, desarrollada por un
Grupo Ad Hoc que no ha está activo desde
el año 2005.
La AEA y su Plan de
Implementación ampliaron el campo de
acción en materia de integración
energética en la Comunidad Andina. En
este sentido, el Plan de Implementación
de la AEA dispuso como lineamientos
estratégicos del sector lo siguiente:
-
Promover
el intercambio de información y
experiencias en cooperación
hidrocarburífera, minera e
hidroeléctrica de la Subregión en un
marco de respeto y protección del
medio ambiente.
-
Fortalecer la
institucionalidad en los temas
asociados a la integración
energética en general y a la
interconexión eléctrica y de gas
natural, en particular.
-
Propiciar en la
subregión la seguridad energética y
la preservación del medio ambiente.
-
Promover el
desarrollo y uso de energías
renovables.
-
Facilitar procesos
de integración energética (incluidos
intercambios de electricidad e
interconexión de sistemas de gas
natural)
-
Propiciar en la
subregión la seguridad energética,
el abastecimiento y el intercambio
energético subregional.
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