Anexo I
Bases para un Proyecto sobre la Creación de una Zona de Paz y de Cooperación Sudamericana

La Paz, 17 de julio de 2001

Los Gobiernos de la República Argentina, de la República de Bolivia, de la República Federativa del Brasil de la República de Chile, de la República de Colombia, de la República del Ecuador, de la República Cooperativista de Guyana, de la República del Paraguay, de la República del Perú, de la República de Surinam, de la República Oriental del Uruguay y de la República Bolivariana de Venezuela.

Convencidos de que la paz, la seguridad y la cooperación deben ser preservadas y fortalecidas, en beneficio de sus poblaciones, así como del proyecto común de promover el desarrollo nacional y la integración de la región;

Reafirmando el compromiso y la adhesión a los propósitos y principios de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas y de la Carta de la Organización de los Estados Americanos;

Reiterando que el amplio respeto a la democracia y la plena vigencia del estado de derecho en cada uno de nuestros países constituyen una condición esencial para la cooperación y el diálogo político, que la firme determinación en proteger y respetar los derechos humanos, en combatir las injusticias sociales y en promover el crecimiento económico y el bienestar del individuo son elementos indispensables para la garantía de la paz, mayor estabilidad y seguridad;

Considerando que el respeto a los principios y normas del Derecho Internacional son base jurídica de la convivencia pacífica y seguridad de la región;

Teniendo en cuenta que el avance de los procesos de integración y la identificación de las acciones convergentes, así como la cooperación en el campo de la defensa y la seguridad, contribuyen a la creación de un clima de creciente confianza;

Considerando que el progreso alcanzado en la identificación y aplicación de medidas de fortalecimiento de la confianza mutua y de la seguridad, tales como las adoptadas en las Declaraciones de Santiago y San Salvador, así como los resultados de las Conferencias de los Ministros de Defensa, las iniciativas destinadas a mejorar la transparencia en la adquisición de armas y otros factores que han contribuido al incremento de la confianza mutua y promovido mayor entendimiento y cooperación en las cuestiones de seguridad y defensa;

Teniendo en cuenta el compromiso de combatir las nuevas amenazas a la seguridad de los Estados y la necesidad de profundizar los esfuerzos de cooperación, a fin de responder de forma más coordinada y articulada a tales amenazas;

Reiterando el pleno apoyo al Tratado para la Prohibición de Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco), a la Declaración de Ayacucho, a los esfuerzos de promoción del desarme emprendidos en el marco de las Naciones Unidas y en los otros foros pertinentes y a la cooperación, como medios de fortalecimiento de la confianza y de la seguridad;

Reiterando que la paz constituye condición esencial para el desarrollo de las relaciones económicas y comerciales entre el Mercosur y la Comunidad Andina y para la promoción de una mayor integración en la región;

Subrayando la importancia del Compromiso Andino de Paz, Seguridad y Cooperación, contenido en la Declaración de Galápagos, de diciembre de 1989, y de la Declaración del Mercosur, Bolivia y Chile como Zona de Paz y Libre de las Armas de Destrucción Masiva, firmada en Ushuaia, en julio de 1998.

Teniendo en cuenta el Comunicado de Brasilia, emitido en ocasión de la Reunión de los Presidentes de América del Sur, del 1° de septiembre de 2000, mediante el cual se crea una Zona de Paz suramericana;

Acuerdan las siguientes acciones:

1. Fortalecer los mecanismos de consulta y cooperación en el área de seguridad y defensa, así como examinar la adopción de medidas adicionales de fomento de la confianza que permitan niveles crecientes de transparencia y entendimiento para la consolidación de una zona de paz.

2. Emprender esfuerzos conjuntos en los foros internacionales pertinentes para promover la plena vigencia e implementación de los instrumentos de desarme y no-proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como la continuidad del proceso de negociaciones tendientes a librar al mundo de armas de destrucción masiva.

3. Completar el proceso hacia el establecimiento de América del Sur como área libre de minas terrestres antipersonales;

4. En el respeto a la soberanía, la independencia política y la integridad territorial en cada uno de los Estados de la región, promover la cooperación, el diálogo y otros mecanismos pacíficos de solución de controversias.

5. Coordinar acciones y concertar estrategias comunes en los organismos competentes en el combate a las nuevas amenazas a la seguridad de los Estados y a la estabilidad de la región.

6. Para la construcción de la Zona de Paz y Cooperación en América del Sur, teniendo en cuenta las realidades específicas que la caracterizan, se hace necesario intensificar los mecanismos y las acciones de cooperación en la lucha contra el problema del narcotráfico y sus delitos conexos, incluido el tráfico ilícito de armas y otras actividades del crimen transnacional organizado.

7. Apoyar las tareas de la Comisión de Seguridad Hemisférica de la Organización de los Estados Americanos, particularmente a la luz del mandato acordado en el Plan de Acción de la III Reunión de la Cumbre de las Américas.

8. Adoptar medidas que contribuyan a la transparencia y limitación de los gastos en adquisición de armamentos, ampliando y coordinando la participación de los países en el Sistema de Información sobre Adquisiciones de Armas Convencionales de la OEA y en el Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas, así como, la información periódica sobre sus gastos militares, conforme a las Resoluciones adoptadas oportunamente por la Organización de las Naciones Unidas.

9. Concluir los procedimientos de entrada en vigor de los instrumentos vinculados con la paz y la seguridad en el continente, en especial la Convención Interamericana sobre la Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales y la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados, suscritas en el marco de la OEA.

10. Estimular la cooperación para el desarrollo y la capacitación tecnológica en el área de las aplicaciones pacíficas de energía nuclear, observando el imperativo de la seguridad nuclear.

11. Destacar el compromiso de ampliar la participación en el Registro de Armas Convencionales de la ONU, de participar en el Relatorio de Gastos Militares Padronizados de la OEA y de informar sobre sus gastos militares conforme a los compromisos.