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Anexo I
Bases para un Proyecto sobre la Creación de
una Zona de Paz y de Cooperación Sudamericana
La Paz, 17 de julio de 2001
Los Gobiernos de
la República Argentina, de la República de
Bolivia, de la República Federativa del Brasil
de la República de Chile, de la República de
Colombia, de la República del Ecuador, de la
República Cooperativista de Guyana, de la
República del Paraguay, de la República del
Perú, de la República de Surinam, de la
República Oriental del Uruguay y de la
República Bolivariana de Venezuela.
Convencidos de
que la paz, la seguridad y la cooperación
deben ser preservadas y fortalecidas, en
beneficio de sus poblaciones, así como del
proyecto común de promover el desarrollo
nacional y la integración de la región;
Reafirmando el
compromiso y la adhesión a los propósitos y
principios de la Carta de la Organización de
las Naciones Unidas y de la Carta de la
Organización de los Estados Americanos;
Reiterando que
el amplio respeto a la democracia y la plena
vigencia del estado de derecho en cada uno de
nuestros países constituyen una condición
esencial para la cooperación y el diálogo
político, que la firme determinación en
proteger y respetar los derechos humanos, en
combatir las injusticias sociales y en
promover el crecimiento económico y el
bienestar del individuo son elementos
indispensables para la garantía de la paz,
mayor estabilidad y seguridad;
Considerando que
el respeto a los principios y normas del
Derecho Internacional son base jurídica de la
convivencia pacífica y seguridad de la región;
Teniendo en
cuenta que el avance de los procesos de
integración y la identificación de las
acciones convergentes, así como la cooperación
en el campo de la defensa y la seguridad,
contribuyen a la creación de un clima de
creciente confianza;
Considerando que
el progreso alcanzado en la identificación y
aplicación de medidas de fortalecimiento de la
confianza mutua y de la seguridad, tales como
las adoptadas en las Declaraciones de Santiago
y San Salvador, así como los resultados de las
Conferencias de los Ministros de Defensa, las
iniciativas destinadas a mejorar la
transparencia en la adquisición de armas y
otros factores que han contribuido al
incremento de la confianza mutua y promovido
mayor entendimiento y cooperación en las
cuestiones de seguridad y defensa;
Teniendo en
cuenta el compromiso de combatir las nuevas
amenazas a la seguridad de los Estados y la
necesidad de profundizar los esfuerzos de
cooperación, a fin de responder de forma más
coordinada y articulada a tales amenazas;
Reiterando el
pleno apoyo al Tratado para la Prohibición de
Armas Nucleares en América Latina y el Caribe
(Tratado de Tlatelolco), a la Declaración de
Ayacucho, a los esfuerzos de promoción del
desarme emprendidos en el marco de las
Naciones Unidas y en los otros foros
pertinentes y a la cooperación, como medios de
fortalecimiento de la confianza y de la
seguridad;
Reiterando que
la paz constituye condición esencial para el
desarrollo de las relaciones económicas y
comerciales entre el Mercosur y la Comunidad
Andina y para la promoción de una mayor
integración en la región;
Subrayando la
importancia del Compromiso Andino de Paz,
Seguridad y Cooperación, contenido en la
Declaración de Galápagos, de diciembre de
1989, y de la Declaración del Mercosur,
Bolivia y Chile como Zona de Paz y Libre de
las Armas de Destrucción Masiva, firmada en
Ushuaia, en julio de 1998.
Teniendo en
cuenta el Comunicado de Brasilia, emitido en
ocasión de la Reunión de los Presidentes de
América del Sur, del 1° de septiembre de 2000,
mediante el cual se crea una Zona de Paz
suramericana;
Acuerdan las
siguientes acciones:
1. Fortalecer
los mecanismos de consulta y cooperación en el
área de seguridad y defensa, así como examinar
la adopción de medidas adicionales de fomento
de la confianza que permitan niveles
crecientes de transparencia y entendimiento
para la consolidación de una zona de paz.
2. Emprender
esfuerzos conjuntos en los foros
internacionales pertinentes para promover la
plena vigencia e implementación de los
instrumentos de desarme y no-proliferación de
las armas nucleares, químicas y biológicas,
así como la continuidad del proceso de
negociaciones tendientes a librar al mundo de
armas de destrucción masiva.
3. Completar el
proceso hacia el establecimiento de América
del Sur como área libre de minas terrestres
antipersonales;
4. En el respeto
a la soberanía, la independencia política y la
integridad territorial en cada uno de los
Estados de la región, promover la cooperación,
el diálogo y otros mecanismos pacíficos de
solución de controversias.
5. Coordinar
acciones y concertar estrategias comunes en
los organismos competentes en el combate a las
nuevas amenazas a la seguridad de los Estados
y a la estabilidad de la región.
6. Para la
construcción de la Zona de Paz y Cooperación
en América del Sur, teniendo en cuenta las
realidades específicas que la caracterizan, se
hace necesario intensificar los mecanismos y
las acciones de cooperación en la lucha contra
el problema del narcotráfico y sus delitos
conexos, incluido el tráfico ilícito de armas
y otras actividades del crimen transnacional
organizado.
7. Apoyar las
tareas de la Comisión de Seguridad Hemisférica
de la Organización de los Estados Americanos,
particularmente a la luz del mandato acordado
en el Plan de Acción de la III Reunión de la
Cumbre de las Américas.
8. Adoptar
medidas que contribuyan a la transparencia y
limitación de los gastos en adquisición de
armamentos, ampliando y coordinando la
participación de los países en el Sistema de
Información sobre Adquisiciones de Armas
Convencionales de la OEA y en el Registro de
Armas Convencionales de las Naciones Unidas,
así como, la información periódica sobre sus
gastos militares, conforme a las Resoluciones
adoptadas oportunamente por la Organización de
las Naciones Unidas.
9. Concluir los
procedimientos de entrada en vigor de los
instrumentos vinculados con la paz y la
seguridad en el continente, en especial la
Convención Interamericana sobre la
Transparencia en las Adquisiciones de Armas
Convencionales y la Convención Interamericana
contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de
Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros
Materiales Relacionados, suscritas en el marco
de la OEA.
10. Estimular la
cooperación para el desarrollo y la
capacitación tecnológica en el área de las
aplicaciones pacíficas de energía nuclear,
observando el imperativo de la seguridad
nuclear.
11. Destacar el
compromiso de ampliar la participación en el
Registro de Armas Convencionales de la ONU, de
participar en el Relatorio de Gastos Militares
Padronizados de la OEA y de informar sobre sus
gastos militares conforme a los compromisos.
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