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Marco general para las negociaciones de un
Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad
Andina y Panamá
Guayaquil, 4 de abril de 1998
Documento
suscrito el 4 de abril de 1998, en la ciudad
de Guayaquil, Ecuador.
I. OBJETIVOS
a. Conformar una
Zona de Libre Comercio entre las Partes
brindando nuevas oportunidades de comercio
para la oferta exportable actual y potencial,
tanto en el área de bienes, como en el área de
servicios.
b. Fortalecer
las relaciones entre las Partes, buscando
ampliar el espacio económico y el bienestar
conjunto mediante la suscripción de un Tratado
de Libre Comercio que responda a sus intereses
comerciales y al nuevo entorno económico
internacional, y que supere y sustituya los
actuales instrumentos que rigen su comercio
recíproco.
c. Buscar la
complementación económica entre las Partes y
el intercambio por sectores productivos.
d. Promover y
desarrollar las inversiones en los territorios
de las Partes.
e. Normar el
comercio de bienes y servicios mediante el
establecimiento de reglas claras,
transparentes y estables.
f. Establecer
mecanismos que eviten la aplicación de medidas
unilaterales y/o discrecionales, que puedan
obstaculizar los objetivos del Tratado de
Libre Comercio.
II.
PRINCIPIOS GENERALES
a. Respeto a las
Constituciones de los países.
b. Congruencia
con los principios, derechos y obligaciones de
la Organización Mundial del Comercio (OMC).
c. Congruencia
con la normativa andina y con la política de
comercio exterior de Panamá.
d.
Reconocimiento de los países de la Comunidad
Andina como una sola Parte Negociadora, sin
perjuicio de que las listas que presente
tengan en cuenta los intereses individuales de
cada país andino.
e. La
negociación es un todo único e
interdependiente. En consecuencia, nada está
acordado hasta que todo esté acordado.
f. Las Partes
suscribirán el Tratado de Libre Comercio
teniendo presente lo dispuesto en el Tratado
de Montevideo 1980.
III. BASES
PARA LA NEGOCIACION
a. El Tratado de
Libre Comercio procurará la máxima
liberalización del comercio entre las Partes.
b. La
desgravación arancelaria:
-
i. Se
realizará a partir de los gravámenes que se
apliquen a las importaciones procedentes de
terceros países miembros de la OMC y con los
cuales no se tengan suscritos acuerdos
preferenciales.
ii. Será
gradual y automática, con etapas y plazos a
acordar para llegar, en la medida de lo
posible, a un libre comercio entre las
Partes.
c. El programa
de liberalización comercial incluirá la
eliminación de las restricciones que incidan
en el comercio, sin perjuicio de que las
Partes puedan adoptar o aplicar luego de
suscrito el Tratado de Libre Comercio, medidas
tales como las destinadas a proteger la vida,
la salud, la moralidad y la seguridad, entre
otras.
d. Las Partes
promoverán la liberación, expansión y
diversificación progresiva del comercio de
servicios.
e. Durante la
negociación del Tratado de Libre Comercio, las
Partes suscribirán un Convenio de Cooperación,
Facilitación y Asistencia Mutua en materia
aduanera, que tendrá en consideración entre
otros, el Convenio de México. Ambos se pondrán
en vigor al mismo tiempo. Dicho Convenio
desarrollará métodos y sistemas para prevenir
y superar los aspectos aduaneros que inciden
negativamente en el intercambio comercial, así
como mecanismos de seguimiento regular de la
procedencia y destino de las mercancías entre
las Partes, entre otros.
IV. TEMAS DE
NEGOCIACION
- Liberación
Comercial: Desgravación arancelaria y
desmantelamiento de restricciones que inciden
en el comercio (período a decidirse durante la
negociación); tratamiento a las mercancías
usadas, saldos o segundas; tratamiento a las
mercancías cuya producción goce de los
beneficios de las zonas francas; y tratamiento
a las mercancías que gocen de subvenciones a
la exportación.
- Reglas para la
calificación, certificación y verificación del
origen de las mercancías.
- Procedimientos
aduaneros, incluyendo mecanismos especiales de
control en el ingreso de productos y
valoración aduanera.
- Política de
competencia, incluyendo prácticas restrictivas
de la libre competencia.
- Prácticas de
dumping y subvenciones.
- Salvaguardias.
- Normas y
Reglamentos Técnicos y Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias.
- Servicios.
- Inversiones y
doble tributación.
- Mecanismo de
Solución de Controversias ágil, eficaz y
vinculante.
- Administración
del Acuerdo, incluyendo lo relativo a
notificaciones.
V.
METODOLOGIA DE TRABAJO
A. Principios
básicos
1. La
negociación se desarrollará con base en las
propuestas a ser presentadas por las Partes.
2. Las
negociaciones para la conformación de la Zona
de Libre Comercio y para la suscripción del
Convenio de Cooperación, Facilitación y
Asistencia Mutua en materia aduanera, se
desarrollarán de manera simultánea.
3. Las Partes
tendrán flexibilidad para programar las fechas
y lugares de las reuniones de los distintos
grupos de negociación. Se alternarán las sedes
de negociación entre las Partes.
4. Las Partes
procurarán que en cada reunión que se realice,
los grupos de negociación logren avances
sustantivos.
B. Niveles de
negociación
1. Grupos de
negociación
En cada reunión
de negociación se establecerán los grupos de
negociación que sean necesarios.
2. Negociadores
técnicos
a. Aprobarán
inicialmente los acuerdos logrados por los
grupos de negociación.
b. Negociarán
los asuntos sobre los cuales los grupos de
negociación no lograron acuerdos.
c. De no lograr
acuerdos, los asuntos pendientes serán
trasladados a los negociadores de nivel
ministerial, así como los asuntos sobre los
que se lograron acuerdos.
3. Negociadores
de nivel ministerial /
a. Fijan los
objetivos y metas, y dan pautas. Aprueban la
negociación.
b. Negociarán
los asuntos que le sean trasladados por los
negociadores técnicos de los países.
c. Aprobarán los
resultados de la negociación.
C. Instancias de
consulta
La participación
de representantes de los sectores privados en
las reuniones técnicas de negociación, se dará
mediante la instalación del Cuarto de al Lado,
que haga viable las consultas necesarias.
D. Secretarías
Técnicas
La Secretaría
General de la Comunidad Andina actuará como
Secretaría Técnica de la Comunidad Andina en
todos los niveles de negociación, así como en
materia de organización y logística. El
Consejo de Comercio Exterior de la Presidencia
será la Secretaría Técnica por la República de
Panamá.
E. Cronograma
para las negociaciones y Vigencia
Las Partes
acuerdan celebrar la primera reunión de
negociación en la tercera semana del mes de
junio de 1998, en la ciudad de Lima.
Acuerdan
asimismo, que el Tratado de Libre Comercio y
el Convenio de Cooperación, Facilitación y
Asistencia Mutua en materia aduanera, entrarán
en vigencia antes del próximo Consejo
Presidencial Andino.
Suscrito en la
ciudad de Guayaquil, a los cuatro días del mes
de abril de mil novecientos noventa y ocho.
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Por la
Comunidad Andina
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Por Panamá
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(Fdo.)
Xavier Murillo de la Rocha
Ministro de Relaciones Exteriores de
Bolivia |
(Fdo.)
Miguel Heras Castro
Presidente del Consejo de Comercio
Exterior y Ministro de Hacienda y Tesoro |
(Fdo.)
Carlos Ronderos Torres
Ministro de Comercio Exterior de Colombia |
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(Fdo.)
Benigno Sotomayor Jaime
Ministro de Comercio Exterior
Industrialización y Pesca del Ecuador |
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(Fdo.)
Gustavo Caillaux Zazzali
Ministro de Industria, Turismo y
Negociaciones Comerciales Internacionales
del Perú |
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(Fdo.)
Héctor Maldonado Lira
Ministro de Comercio Exterior de Venezuela |
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