Acta Final de la V Reunión Ordinaria del Consejo Asesor de Ministros de Hacienda o Finanzas, Bancos Centrales y Responsables de Planeación Económica de la Comunidad Andina
Caracas, 21 de junio de 2001

El Consejo Asesor de Ministros de Hacienda o Finanzas, Bancos Centrales y Responsables de Planeación Económica de la Comunidad Andina, reunido en la ciudad de Caracas, Venezuela, el 21 de junio de 2001.

Considerando:

  • Que, la estabilidad económica de cada País Miembro, es fundamental para que puedan prosperar las relaciones comerciales y económicas en la subregión y avanzar progresivamente a la meta de la conformación del mercado común andino para el año 2005, definida por el Consejo Presidencial Andino en Cartagena en 1999 y reiterada en Lima en 2000;

  • Que, es necesario capitalizar con mecanismos comunitarios, los esfuerzos que ha realizado cada país miembro individualmente durante los últimos años, para alcanzar y mantener tal estabilidad y encauzar sus economías en una senda de crecimiento sustentable;

  • Que, es importante profundizar y desarrollar las acciones de fortalecimiento e integración de los sistemas financieros en general y bancarios en particular, para asegurar que operen eficientemente y constituyan, en el mediano plazo, un mercado financiero andino integrado, en donde se optimice el proceso de ahorro-inversión a nivel comunitario.

Acuerda:

  1. Reconocer los logros que los países andinos han alcanzado en el cumplimiento del criterio de convergencia en materia de inflación desde que éste fue adoptado en mayo de 1999, que establece el compromiso de alcanzar y mantener la inflación en niveles de un dígito.

    El Consejo ve con satisfacción que la tasa de crecimiento de los índices de precios al consumidor - IPC - de Bolivia y Perú, que ya tenían niveles inferiores a un dígito desde antes de la adopción del criterio comunitario, se han mantenido relativamente estables a niveles inferiores al 4 % anual y anima a esos países a continuar desarrollando sus mayores esfuerzos para preservar la estabilidad de precios a bajos niveles .

    Asimismo valora altamente los avances sustanciales de Colombia, que alcanzó la meta de un dígito en el segundo trimestre de 1999. Desde entonces la tasa de crecimiento del IPC continúa reduciéndose paulatinamente habiendo alcanzado niveles que oscilan en alrededor de un 8%; dentro un escenario de recuperación económica.

    En el caso ecuatoriano el Consejo observa con complacencia, que luego del proceso de dolarización oficial adoptado por ese país a comienzos del año 2000, la tendencia inflacionaria se ha revertido desde el tercer trimestre de dicho año y está descendiendo rápidamente.

    Destaca positivamente la acelerada convergencia de la tasa de crecimiento del IPC de la República Bolivariana de Venezuela hacia la meta comunitaria; dicha variable prácticamente se ha reducido a la mitad desde la adopción del criterio comunitario hasta alcanzar el nivel actual del 12% anual.
     

  2. Fijar la fecha del 31 de diciembre de 2002, como meta para que todos los países miembros, que aún no lo han hecho, alcancen una inflación anual de un dígito, medida por sus propios índices de precios al consumidor.
     

  3. Asumir el compromiso de revisar el actual criterio de convergencia en materia de inflación en el cuarto trimestre de 2002, con el objetivo de reducir el nivel y la volatilidad de la inflación de cada país y reducir su dispersión en los Países Miembros y así ofrecer a los agentes económicos de la subregión un escenario estable, en el que puedan planificar adecuadamente sus decisiones, sobre un horizonte más amplio. Se toma nota del Acuerdo adoptado por los Gobernadores de los Bancos Centrales con ocasión de la LXXII Reunión de Presidentes de Bancos Centrales del Continente Americano y España (CEMLA), que se anexa.
     

  4. Adoptar como segundo criterio de convergencia las siguientes reglas en materia fiscal y a la vez se alienta a los países que tengan metas nacionales más estrictas a desplegar sus mejores esfuerzos para mantenerlas:

  • A partir del año 2002 el déficit del sector público no financiero de cada país miembro no excederá del 3% del PIB; transitoriamente durante el período 2002-2004 el indicado límite podrá alcanzar el 4% del PIB.

Para que dicha meta sea perfeccionada resulta necesario continuar realizando los análisis requeridos en esta materia. En particular, el criterio de convergencia en materia fiscal debería incluir metas relativas al promedio móvil del resultado económico global del sector público no financiero en un período que resulte apropiado; a su componente estructural, y a la relación deuda pública/PIB. Para perfeccionar esas metas, se desarrollará una agenda de trabajo con la participación de los Bancos Centrales, los Ministerios de Hacienda o Finanzas, la Secretaría General, el FLAR y la CAF, que comprenda como mínimo los siguientes temas:

  • La sostenibilidad de la deuda pública;

  • La estructura de los ingresos y de los gastos del sector público, tanto para el caso del gobierno central como para el Sector Público no Financiero (SPNF);

  • La evaluación de la incidencia de las reformas estructurales sobre el presupuesto fiscal;

  • La homogenización de la información para el SPNF.

  • El saldo de la deuda pública explícita (externa e interna) del sector público consolidado, no excederá del 50% del PIB al final de cada ejercicio económico. Cada país definirá de manera individual, el ejercicio económico a partir del cual se aplicará esta meta sin exceder el año 2015.

Para la aplicación de las reglas se entenderá que el resultado económico corresponde a la variación neta de la deuda fiscal del Sector Público No Financiero, excluyendo los ingresos de transacciones de capital provenientes de privatización de activos del Estado.

En años de recesión, definidos por la ocurrencia de la variación interanual negativa del PIB real en dos trimestres consecutivos, el país miembro podrá exceder los topes fijados en la primera regla, aunque deberá presentar un plan macroeconómico para regularizar su situación en los siguientes 12 meses, que de ser necesario incluirá medidas estructurales.

Los países miembros que tengan actualmente o desarrollen en el futuro metas macrofiscales propias vía normas constitucionales o de rango de ley, que sean más exigentes que las reglas comunitarias antes enunciadas, observarán sus propias metas pero quedarán sujetos al mecanismo de seguimiento que se establece en el siguiente numeral.

  1. Formalizar el Grupo Técnico Permanente (GTP), conformado por un delegado de cada institución partícipe del Consejo Asesor y por un delegado de la Secretaría General de la Comunidad Andina, el FLAR y la CAF, que reportará a éste y que tendrá el objetivo principal de realizar el seguimiento de las metas de convergencia en materias de inflación y fiscal. El GTP tomará como referencia para sus análisis los Programas de Acciones de Convergencia que los países presentarán en el tercer trimestre de cada año, en donde especificarán los supuestos macroeconómicos y las políticas económicas que planean ejecutar en el siguiente año. En el Anexo de la presente Acta, se establecen las funciones, atribuciones y apoyo que tendrá este grupo además del cronograma a corto plazo que deberá cumplir.
     

  2. Manifestar su satisfacción por lo progresos desarrollados por la CAF y la Secretaría General para el fortalecimiento de los sistemas financieros nacionales, tema que ha sido, y es, una reiterada preocupación del Consejo. Respecto a los recientes progresos desarrollados en materia de armonización de normas básicas en el área bancaria, donde se han presentado propuestas concretas en seis aspectos básicos, el Consejo recomienda efectuar una reunión de las Superintendencias de Bancos de la subregión con el fin de evaluar lo discutido a la fecha y analizar los lineamientos principales que armonicen las normas prudenciales de la subregion, en línea con las normas seguidas por países más avanzados del continente y con las dictadas por el Comité de Basilea. Se solicita a la CAF que operando como secretaría de la reunión prepare un informe sobre sus resultados a la Presidencia del Consejo antes del 30 de septiembre de 2001.
     

  3. Expresar su satisfacción por los criterios incorporados en el replanteamiento del Arancel Externo Común adelantados por la Secretaría General, puesto que guardan relación con las reflexiones que formuló el Consejo Asesor en su reunión extraordinaria en agosto de 1999 para crear un instrumento arancelario que tenga aplicación plena por los cincos países con regímenes armonizados que garanticen el funcionamiento de una unión aduanera. La reducción de la dispersión a los niveles arancelarios y la armonización de regímenes suspensivos y liberatorios, que permitan fomentar una mayor competitividad a las exportaciones andinas, asegurará una producción nacional eficiente y reducirá la evasión fiscal. En consecuencia, el Consejo Asesor compromete su apoyo a la Comisión para alcanzar el perfeccionamiento de la unión aduanera para lo cual deberá definir un cronograma de acciones que permita a los Países Miembros cumplir con el objetivo propuesto.
     

  4. Expresar su satisfacción por los avances que en materia de la fundamentación analítica de la importancia para el proceso de integración andina de la armonización macroeconómica está desarrollando el FLAR, en particular en las áreas de armonización fiscal y de inflación.
     

  5. Aceptar la propuesta de la CEPAL para participar en el Proyecto REDIMA que está auspiciando dicha institución, con el compromiso que la mencionada red, en el caso andino, estará dirigida específicamente a apoyar la agenda de trabajo del Consejo Asesor y en general a promover el proceso de armonización de políticas macroeconómicas de la subregión. En tal virtud se encarga a la Secretaría General transmitir esta respuesta al Secretario Ejecutivo de la CEPAL. Asimismo, se reafirma la importancia de la participación de la Secretaría General, CAF y FLAR en la REDIMA.

Los miembros del Consejo Asesor expresaron su especial reconocimiento al Doctor José A. Rojas Ramírez, Ministro de Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela y Presidente del Consejo, por la eficiente organización y conducción de la presente reunión, y la generosa hospitalidad brindada.

Por BOLIVIA

Licenciado Fernando Quiroga Ramírez
Viceministro de Presupuesto y Contaduría
Ministerio de Hacienda de Bolivia

Licenciado Armando Méndez Morales
Director del Banco Central de Bolivia

Por COLOMBIA

Doctora Catalina Crane
Viceministra Técnica
Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia

Doctora Cristina Fernández
Asesora de la Gerencia
Banco de la República de Colombia

Doctor Juan Carlos Echeverry
Director
Departamento Nacional de Planeación de Colombia 

Por ECUADOR

Ingeniero José Luis Ycaza
Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador

Por PERU

Doctor Javier Abugattás
Viceministro de Economía
Ministerio de Economía y Finanzas

Doctor Javier de la Rocha Marie
Gerente General
Banco Central de Reserva del Perú

Por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Doctor José Alejandro Rojas
Ministro de Finanzas de Venezuela

Doctor Diego Luis Castellanos
Presidente
Banco Central de Venezuela

Dr. Fernando Hernández
Viceministro de Planificación y Desarrollo
Ministerio de Planificación y Desarrollo