Declaración de San Francisco de Quito sobre
Establecimiento y Desarrollo de la Zona de Paz
Andina
Los Presidentes
de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y
Venezuela, reunidos en Quito, Ecuador, en el
marco del XV Consejo Presidencial Andino:
Inspirados en el
Acuerdo de Cartagena, que refleja la voluntad
compartida de hacer realidad el mandato
histórico de integrar a nuestros pueblos y en
los principios de las relaciones
internacionales consagrados en las Cartas de
la Organización de las Naciones Unidas y de la
Organización de Estados Americanos;
Persuadidos de
que el proceso andino de integración ha
realizado invalorables aportes al
mantenimiento de la paz en la subregión y al
desarrollo de nuestros pueblos, mediante el
fortalecimiento de las instituciones, el
progresivo incremento en los intercambios
económico-comerciales y la búsqueda compartida
de mejores términos de inserción en el
escenario internacional;
Convencidos de
que el fortalecimiento y la profundización de
la integración andina requieren de la
intensificación de la cooperación en todos los
ámbitos y del consiguiente desarrollo de la
institucionalidad comunitaria conduciendo a
estadios más avanzados de conocimiento,
confianza, solidaridad y hermandad entre
nuestros pueblos;
Reconociendo que
la paz y la seguridad son condiciones
indispensables para alcanzar mayores niveles
de desarrollo político, económico, social y
cultural de nuestros países, por lo que
constituyen objetivos consustanciales al
proceso andino de integración;
Fundados en la
certeza que la plena vigencia de la democracia
y el Estado de Derecho son la mejor garantía
de paz;
Teniendo en
cuenta que resulta inherente al
fortalecimiento y consolidación de la
democracia el logro de sociedades justas en
las que se promueva el desarrollo humano y se
superen las condiciones de pobreza, exclusión
social e inequidad;
Reconociendo que
la justicia y la cohesión social, el
desarrollo humano y la cooperación para el
desarrollo integral son necesarios para la
estabilidad de los Estados que conforman la
Comunidad Andina;
Recordando la
Declaración de Galápagos: Compromiso Andino de
Paz, Seguridad y Cooperación;
Teniendo en
cuenta asimismo el Compromiso de Lima: Carta
Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación
y Control de los gastos destinados a la
Defensa Externa, suscrito por los Ministros de
Relaciones Exteriores y de Defensa de los
Países Miembros de la Comunidad Andina;
Reafirmando el
contenido de la Carta Andina para la Promoción
y Protección de los Derechos Humanos;
Acogiendo con
satisfacción la adopción de los Lineamientos
de la Política de Seguridad Externa Común
Andina, la cual marca un hito en el desarrollo
de la cooperación política dentro del proceso
andino de integración;
Decididos a
profundizar en la Comunidad Andina el
trascendental paso realizado por los
Presidentes de América del Sur en la Cumbre de
Guayaquil, al declarar una Zona de Paz y
Cooperación Sudamericana;
Convencidos de
la urgencia de establecer una Zona de Paz en
la Comunidad Andina que fomente el
fortalecimiento de la institucionalidad
democrática, promueva la seguridad y la
confianza recíproca, así como el desarrollo
equilibrado y armónico de los Países Miembros,
con el fin de lograr el mejoramiento
persistente de la calidad de vida de los
habitantes de la subregión.
Acuerdan:
1. Establecer
una Zona de Paz en la Comunidad Andina, dentro
del espacio geográfico comprendido por los
territorios, el espacio aéreo y aguas bajo
soberanía y jurisdicción de Bolivia, Colombia,
Ecuador, Perú y Venezuela, como un área libre
de armas nucleares, químicas y biológicas, en
la que deberán desarrollarse las condiciones
que permitan que los conflictos, cualesquiera
sea su naturaleza, así como sus causas se
resuelvan de manera pacífica y concertada.
2. Declarar que
la Zona de Paz Andina se fundamenta en el
ejercicio responsable de la ciudadanía y la
plena vigencia de los valores, principios y
prácticas democráticas, el Estado de Derecho,
los derechos humanos, la justicia social, el
desarrollo humano, la soberanía nacional y la
no injerencia en asuntos internos. Se
sustenta, asimismo, en la identidad andina, en
el fomento de las relaciones de amistad y
cooperación para el desarrollo integral y en
la cultura de paz, así como en los esfuerzos
comunes para prevenir y combatir las amenazas
-convencionales y nuevas- a la seguridad, y en
la búsqueda compartida de un orden
internacional más justo y equitativo.
3. Expresar que
la Zona de Paz Andina constituye un esfuerzo
progresivo y participativo, orientado a
promover la convergencia de gobiernos, opinión
pública, partidos políticos y sociedad civil,
en torno a objetivos y valores, como los
señalados en la presente Declaración,
ampliamente compartidos.
Objetivos
1. Contribuir al desarrollo
y consolidación de los valores, principios y
prácticas democráticas y, dentro de ellos, al
de los sistemas políticos e institucionales de
los Países Miembros y de la región en su
conjunto, en condiciones de justicia, cohesión
y equidad social.
2. Garantizar el
cumplimiento de la prohibición del uso o de la
amenaza del uso de la fuerza entre los Países
Miembros.
3. Promover, al interior de
la Comunidad Andina, la prevención y solución
pacífica de los conflictos, cualesquiera sea
su naturaleza.
4. Contribuir al desarme
internacional y a la efectiva proscripción de
las armas de destrucción masiva -nucleares,
químicas, biológicas y toxínicas- y su
tránsito por la subregión, así como a la
erradicación definitiva de las minas
antipersonal, de conformidad con los
instrumentos internacionales vigentes.
5. Generar las condiciones
necesarias para superar los problemas que
inciden adversamente en el desarrollo integral
de nuestras sociedades.
6. Contribuir al
fortalecimiento de la paz internacional,
mediante el desarrollo de la Zona de Paz
Sudamericana, desde una concepción
democrática, cooperativa y no ofensiva de la
seguridad.
Directrices
1. Definir un
marco general de principios y opciones para
que las partes directamente concernidas en una
controversia, que no sea competencia de los
órganos jurisdiccionales del Sistema Andino de
Integración, encuentren solución a la misma.
2. Impulsar el
diseño y puesta en marcha de un Programa
Andino de Medidas de Fomento de la Confianza y
de la Seguridad, considerando los avances
registrados en el desarrollo de las relaciones
de vecindad entre los Países Miembros, en la
instrumentación de los parámetros establecidos
en el Compromiso de Lima, así como en las
Declaraciones de Santiago y de San Salvador, y
el Consenso de Miami;
3. Desarrollar
una metodología estandarizada para la
formulación de Libros Blancos en materia de
defensa, considerando el conocimiento y la
experiencia acumulada en la región;
4. Propiciar la
participación de los países andinos en
operaciones de mantenimiento de la paz, bajo
el mandato de la Organización de las Naciones
Unidas;
5. Instrumentar
los Lineamientos de Política de Seguridad
Externa Común Andina a través de la cabal
implementación de, entre otros, la Decisión
505 “Plan Andino de Cooperación para la Lucha
contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos”,
y la Decisión 552 “Plan Andino para la
Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico
Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos
sus aspectos”, así como de otros instrumentos
contemplados en su agenda.
6. Desarrollar y
profundizar la cooperación legal, policial y
judicial, con el objetivo de contribuir a la
conformación de un espacio común de seguridad
ciudadana y justicia.
7. Promover la
enseñanza de una Cultura de Paz, para lograr
la convivencia pacífica en la Comunidad
Andina.
8. Impulsar la
implementación de la Política Comunitaria de
Integración y Desarrollo Fronterizo, para
prevenir el surgimiento de tensiones
susceptibles de amenazar la paz y la seguridad
colectivas.
9. Propiciar la
convergencia y fortalecimiento de los avances
progresivos en el desarrollo de la Zona de Paz
Andina, a partir de la cabal instrumentación
de los Lineamientos de la Política Común de
Seguridad, con otras políticas y
emprendimientos comunitarios en los ámbitos
del Desarrollo Social, de la Gestión Ambiental
y de la Biodiversidad, así como de los
derechos humanos.
10. Impulsar
iniciativas para el desarrollo y consolidación
de la Zona de Paz y Cooperación Sudamericana,
así como de la arquitectura hemisférica y
mundial del sistema de seguridad colectiva.
Suscrita en la
ciudad de Quito, Ecuador, a los doce días del
mes de julio de dos mil cuatro.
CARLOS D. MESA
GISBERT
Presidente de la República de Bolivia
ÁLVARO URIBE
VÉLEZ
Presidente de la República de Colombia
LUCIO GUTIÉRREZ
BORBÚA
Presidente de la República del Ecuador
ALEJANDRO TOLEDO
MANRIQUE
Presidente de la República del Perú
HUGO R. CHÁVEZ
FRÍAS
Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela
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