Las relaciones entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, bloques de integración que agrupan a nueve de los doce países de América del Sur, han conocido una rápida evolución en la perspectiva de iniciar un proceso de convergencia que beneficie a los 360 millones de habitantes de sus países miembros. Los avances realizados se reflejan en la creación de una zona de libre comercio y en el desarrollo del diálogo político, que han permitido lograr la asociación recíproca entre ambos bloques.
 
Más información sobre las negociaciones para la formación de una zona de libre comercio entre ambos bloques en la sección Comunidad Andina - Mercosur.

Diálogo político CAN, MERCOSUR y Chile

A partir de una concepción multidimensional de la integración, la Comunidad Andina y el MERCOSUR desarrollan agendas comprehensivas de cooperación política al interior de sus procesos, que complementan los avances logrados en el ámbito económico.

Los Jefes de Estado de ambos bloques reunidos en las Cumbres Sudamericanas de Brasilia -2000- y Guayaquil -2002- acordaron impulsar el tratamiento conjunto de los temas contemplados en las mencionadas agendas, con el ánimo de construir visiones comunes para las principales áreas de mutuo interés en el dinámico escenario regional y mundial.

En ese contexto, los Cancilleres de los países de la Comunidad Andina, MERCOSUR y Chile establecieron en La Paz, Bolivia, el día 17 de julio de 2001, un Mecanismo de Diálogo y Concertación Política, dirigido a facilitar la concertación de acciones conjuntas en las áreas de cooperación política, integración económica e infraestructura física, relaciones exteriores e intercambio de información, así como aspectos sociales y culturales, entre otros.

El desarrollo del diálogo y la concertación política se debe concebir como un proceso flexible, integral y progresivo que permita instrumentar en el corto, mediano y largo plazo las acciones que conduzcan hacia la convergencia entre ambos bloques. 

Asociación recíproca 

Los tratados constitutivos de la Comunidad Andina y del MERCOSUR establecen que la suscripción de un acuerdo de libre comercio es requisito indispensable para otorgar la calidad de miembro asociado a cualquier país que lo solicite. Los países andinos, en virtud de los Acuerdos de Complementación Económica Nº 36, 58 y 59, han obtenido la condición de Estados asociados del MERCOSUR. 

Por su parte, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en reunión ampliada con la Comisión, adoptó el 7 de julio de 2005 la Decisión 613, mediante la cual se otorgó la condición de Miembro Asociado a la República de Argentina, la República Federativa de Brasil, la República de Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y se definieron los términos de su participación en la Comunidad Andina, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136 y 137 del Acuerdo de Cartagena. 

La asociación recíproca así culminada permite profundizar el conocimiento mutuo e intensificar la concertación política entre ambos esquemas de integración, y sienta las bases para avanzar en el proceso de convergencia entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR con miras a la conformación de la Comunidad Sudamericana de Naciones.