Antidrogas
Antidrogas
Los países de la CAN enfrentan en forma conjunta
el problema de las drogas ilícitas.
La CAN trabaja para profundizar la política andina
en materia de lucha contra el problema de drogas.
La CAN tiene la base legal para actuar en la lucha contra las drogas
(Decisiones 458, 505, 549, 587,602, 614)
La CAN dispone de información fiable y cuenta con metodologías comunes
para prevenir y controlar los posibles efectos de la oferta y demanda
de drogas sintéticas ilícitas, como resultado del proyecto DROSICAN financiado por la UE.

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Los Países Miembros de la Comunidad Andina se han comprometido a llevar adelante acciones necesarias para enfrentar el problema mundial de la droga, teniendo en cuenta los principios de corresponsabilidad, no condicionalidad y priorización del desarrollo alternativo, que exige un manejo integral y equilibrado tanto del control de la oferta como de la reducción de la demanda.

Esa lucha contra la producción, tráfico, distribución y uso indebido de sustancias sicotrópicas y sus delitos conexos, se realiza de conformidad con los principios del derecho internacional y en particular con el pleno respeto a la soberanía e integridad territorial de los Estados, la no intervención en los asuntos internos de los Estados, los derechos humanos, las libertades fundamentales y el rechazo a las acciones unilaterales que afectan el curso de las relaciones entre países.

En ese contexto, los Países Miembros de la Comunidad Andina han reiterado su compromiso de mantener una coordinación estrecha, con especial énfasis en la necesidad de concertar y evaluar multilateralmente las políticas para enfrentar dicho flagelo.

Participación internacional andina

Los países andinos conscientes de la grave amenaza que representa el fenómeno de la producción, el tráfico y el consumo de sustancias sicoactivas para la salud y el bienestar de los seres humanos, apoyaron el desarrollo, en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, denominada Convención de Viena de 1988, que establece el marco jurídico de referencia para los países cuyas bases culturales, económicas y sociales estaban siendo afectadas por este flagelo.

En ese marco, los Países Miembros han dado muestras evidentes de su aceptación y participación en el establecimiento de un sistema mundial de vigilancia de cultivos de coca, amapola y marihuana, incluidos los cultivos bajo techo. En tal sentido, están dando los pasos necesarios para la puesta en marcha de mecanismos nacionales de verificación de áreas cultivadas, a partir de los cuales se desarrollará una red internacional para su control y creación de una base mundial de datos administrada por el Programa de Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (PNUFID).

La estrategia de las relaciones con la UE en materia de drogas se desarrolla en el marco de los acuerdos tanto del “Diálogo Especializado de Alto Nivel en materia de Drogas entre la Unión Europea y la Comunidad Andina”, como del “Grupo Conjunto de Seguimiento de los Acuerdos sobre Precursores Químicos entre los Países Andinos y la Comunidad Europea”. En esta ámbito merece ser destacada tanto la regularidad de los diálogos anuales al más alto nivel político que permiten perfeccionar la cooperación birregional en la materia, como la vigencia del Acuerdo para el Control de Precursores Químicos entre la Comunidad Andina y la Unión Europea.

A nivel hemisférico, los países andinos apoyan además los esfuerzos realizados en el marco de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de Estados Americanos, particularmente la implementación del Mecanismo de Evaluación Multilateral, el cual debería constituirse en un proceso único y objetivo de evaluación gubernamental de carácter multilateral, dirigido al seguimiento de los esfuerzos individuales y colectivo de los países participantes en la Cumbre de las Américas, para enfrentar los diversos problemas de las drogas ilícitas.

Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos

Los países andinos decidieron poner en vigencia el 22 de junio del 2001, a través de la Decisión 505 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, el "Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos".

El Plan aborda la lucha contra el problema de las drogas ilícitas en forma integral, comprendiendo todos los aspectos involucrados tanto en la producción, tráfico, consumo y delitos conexos y se basa en los principios de la responsabilidad compartida, la solidaridad, el pleno respeto a las respectivas legislaciones, soberanía e integridad territoriales, así como en la estricta observancia del Derecho Internacional. Además reconoce que los esfuerzos que realizan actualmente los países andinos, a través de sus respectivos programas nacionales para la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos, pueden ser significativamente impulsados y complementados mediante una acción conjunta.

El Plan define como mecanismos para su instrumentación al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (que realizará el seguimiento del Plan y aprobará los Programa de Acción bianuales); al Comité Ejecutivo (integrado por funcionarios de alto nivel de las Cancillerías y de los organismos nacionales especializados, cuyo papel será establecer los Planes Operativos). También participarán en el desarrollo del Plan el Comité Andino de Autoridades de Desarrollo Alternativo y la Secretaría General de la Comunidad Andina.

El Plan contiene, además, un Programa de Acción para el fortalecimiento de las estrategias nacionales y binacionales, así como para el desarrollo de una estrategia comunitaria. La estructura del Programa de Acción, de conformidad con la temática contenida en la Convención de Viena de 1988, se refiere al control de la producción, contrabando y desvío de precursores químicos; a la erradicación técnica de cultivos para fines ilícitos; al desarrollo alternativo; al desmantelamiento de la infraestructura y organizaciones de producción y transporte; al lavado de activos y la reducción de la demanda.

La estrategia comunitaria incorpora acciones que se pueden desarrollar con mayor eficiencia de manera conjunta que individualmente, en temas tales como: el intercambio de información sobre acciones de interdicción y modalidades de tráfico; la suscripción de acuerdos de asistencia judicial en materia penal; el intercambio de experiencias en programas de desarrollo alternativo; el fortalecimiento de la cooperación para la prevención y control del lavado de activos; y, la captación de cooperación internacional para programas de prevención y mitigación del impacto ambiental, entre otras acciones.

En dicho marco, en la Decimosexta Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, realizada en diciembre de 2004, en la ciudad del Cusco, Perú, se adoptó la Decisión 602 “Norma Andina para el Control de Sustancias Químicas que se utilizan en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”, que busca contribuir al propósito común de proteger y blindar el territorio aduanero comunitario frente a la eventualidad del desvío de importaciones o exportaciones de ciertas sustancias químicas hacia la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y en particular de cocaína y heroína.

Adicionalmente, en la Decimoquinta Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, el 15 de julio de 2005, se adoptó la Decisión 614 “Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible” que busca contribuir a la reducción de la pobreza y a la cohesión social de los Países Miembros, en las áreas de intervención definidas en la Estrategia, mediante el establecimiento tanto de los lineamientos de política, como de los enfoques conceptuales y las metas e indicadores, que orienten las acciones y proyectos de desarrollo alternativo que se pongan en marcha, en el marco de las políticas nacionales y comunitarias sobre la materia, con un enfoque integral y sostenible. 

Actividades en marcha

  • Modificación de la Decisión 602: Norma Andina para el control de sustancias químicas que se utilizan en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
  • Coordinar programas regionales para facilitar la aplicación de la normativa andina en materia de lucha contra el problema de drogas,
  • Revisión del Plan Andino de Cooperación para la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos
  • Indicadores de oferta y demanda de drogas
  • Control y fiscalización de sustancias químicas susceptibles de emplearse en la elaboración de drogas sintéticas
  • Consulta abierta y participativa para evaluar la regulación andina respecto al uso de efedrina y pseudoefedrina para evitar su desvío a la producción de drogas sintéticas
  • Alcanzar un acuerdo colaboración voluntaria del sector privado andino para contribuir a la prevención y represión del trafico ilícito
  • Articulación de los mecanismos andinos de cooperación operativa y de intercambio de información de inteligencia con los existentes en el ámbito bilateral

Proyectos Conjuntos de Cooperación CAN-UE


PRADICAN
PRADICAN: Desarrollado de noviembre 2009 a abril 2013. Se espera que tenga como resultado el fortalecimiento de los Observatorios Nacionales y Andino de Drogas, facilitar el diálogo sobre el problema de las drogas, mejorar el control de precursores y mejorar la capacidad de análisis relacionado con las drogas.

DROSICAN: Desarrollado de Febrero 2007 a Mayo 2010, tuvo como resultado la elaboración de pidemiológico sobre el consumo de drogas sintéticas en universitarios; la toma de conciencia del problema y mejor coordinación regional, la capacitación de profesionales para actuar en la reducción de la demanda,  medidas de control e investigación y el intercambio de experiencias.

DROSICANPRECAN: Desarrollado de Septiembre 2004 a Diciembre 2006, contribuyó al desarrollo e implementación de la Política Andina de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas utilizadas en la producción de  Cocaína y la Heroína

 

 

Normas comunitarias

  • Decisión 614: Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible
  • Decisión 602: Norma Andina para el Control de Sustancias Químicas que se utilizan en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas
  • Decisión 587: Lineamientos de la Política de Seguridad Externa Común Andina
  • Decisión 549: Creación del Comité Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA)
  • Decisión 505: Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos
  • Decisión 458: Lineamientos de la Política Exterior Común

Publicaciones


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Estudio Epidemiológico Andino sobre Consumo de Drogas Sintéticas en la Población Universitaria . Informe Comparativo: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, 2009 Lecciones aprendidas del Proyecto de Drogas Sintéticas - DROSICAN

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